Boletines/Tres de Febrero
Decreto Nº 65/17
Tres de Febrero, 27/01/2017
Visto
La Ley Orgánica de las Municipalidades aprobada por Decreto Ley Nº 6769/1958, el Reglamento de Contabilidad y Disposiciones de Administración para las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires, el Decreto Provincial Nº 2980/2000 Reglamentario de la Ley Orgánica de las Municipalidades, y
Considerando
Que por el plexo normativo citado en el Visto se regula el procedimiento de adquisiciones de bienes y servicios que rige en la Municipalidad de Tres de Febrero;
Que por el presente actuado tramita la “Contratación de Servicios de Construcción de Viviendas en el Barrio Derqui”;
Que la Secretaría de Desarrollo Urbano ha dado inicio al presente actuado, detallando los servicios de construcción cuya contratación se propicia;
Que la referida instancia ha elaborado los Pliego de Bases y Condiciones Generales, el Pliego de Bases y Condiciones Particulares, el Anexo I, Anexo II (Planilla de Cotización), Anexo III (Certificación de Avance de Obra), y el Pliego de Especificaciones Técnicas, que regirá la presente, todo de conformidad con la Ley Orgánica de las Municipalidades y el Reglamento de Contabilidad para las Municipalidades;
Que en virtud de las conclusiones técnico presupuestarias, el presupuesto oficial para la contratación de servicios de construcción descriptos en los Pliegos de aplicación, asciende a la suma de Pesos Nueve Millones Ochocientos Dieciocho Mil Seiscientos Cinco con 68/100 ($9.818.605,68.-);
Que en virtud de todo lo expuesto, corresponde el dictado del acto administrativo que apruebe los Pliegos de aplicación y llame a la Licitación Pública Nº 08/2017 con el objeto de la “Contratación de Servicios de Construcción de Viviendas en el Barrio Derqui”;
Que el presente procedimiento cuenta con el correspondiente compromiso y respaldo presupuestario a fin de hacer frente a las erogaciones propiciadas;
Que ha tomado intervención la Subsecretaría de Legal y Técnica de la Municipalidad de Tres de Febrero;
Por ello, en virtud de las facultades otorgadas por la Ley Orgánica de las Municipalidades, aprobadas por Decreto Ley Nº 6769/58, el Reglamento de Contabilidad para las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires y el Decreto Nº 2980/00,
EL INTENDENTE DE TRES DE FEBRERO DECRETA
ARTICULO 1º.- Apruébese el Pliego de Bases y Condiciones Generales, el Pliego de Bases y Condiciones Particulares, el Anexo I, Anexo II (Planilla de Cotización), Anexo III (Certificación de Avance de Obra), y el Pliego de Especificaciones Técnicas, que regirán la Licitación Pública Nº 08/20017, los que forman parte integrante del presente.
ARTICULO 2º.- Llámese a la Licitación Pública Nº 08/2017 para la “Contratación de Servicios de Construcción de Viviendas en el Barrio Derqui” para el día Jueves 2 de Marzo de 2017 a las 12:00 horass, con un presupuesto oficial de Pesos Nueve Millones Ochocientos Dieciocho Mil Seiscientos Cinco con 68/100 ($9.818.605,68.-). Las ofertas se recibirán en sobre cerrado en la Dirección de Contrataciones de la Municipalidad de Tres de Febrero hasta el día y hora indicado en el presente artículo, de acuerdo a los Pliegos aprobados por el Artículo 1º del presente.
ARTICULO 3º.- Autorízase a la Dirección de Contrataciones dependiente de la Secretaría de Hacienda a emitir Circulares aclaratorias y/o ampliatorias sobre la documentación aprobada en el Artículo 1º del presente, siempre que no implique la modificación del Pliego de Bases y Condiciones Generales ni del Pliego de Bases y Condiciones Particulares de aplicación.
ARTICULO 4º.- La erogación que demande la presente gestión será imputada a la correspondiente partida presupuestaria del Ejercicio en vigor.
ARTICULO 5º.- El presento Decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Hacienda y Sr. Secretario de Desarrollo Urbano.
ARTICULO 6º.- Remítese las invitaciones de rigor y dese cumplimiento a las publicaciones correspondientes de conformidad con lo establecido por la Ley Orgánica de las Municipalidades y el Reglamento de Contabilidad para las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires, por el término de dos (2) días con quince (15) días hábiles de anticipación a la fecha prevista para la apertura de ofertas en el Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires y en el Boletín Oficial de la Municipalidad de Tres de Febrero, dos (2) días en un diario de distribución masiva del Municipio de Tres de Febrero y en la página de Internet de la Municipalidad.
ARTICULO 7º.- Regístrese. Para su conocimiento y demás efectos pase a la Dirección de Contrataciones.