Boletines/Chascomús
Decreto Nº 385/21
Chascomús, 11/06/2021
RATIFICACIÓN
Visto
El Expediente Administrativo Nro. 4030-152715/M “SITUACION AGENTE Mendoza, Pablo"; y
Considerando
Que fs. 3, el Sr. Director de Mantenimiento de Edificios M.M.O Cristian García, de la Secretaria de Obras y Servicios Públicos, hace saber del descargo formulado por el Agente Mendoza Pablo, Legajo 9662, ante la Sanción Disciplinaria impuesta al mismo, refiriendo no hacer lugar al descargo, ratificando la sanción y poniendo la presente en actos para conocimiento y consideración.
Que a fs. 2, obra formulario de fecha 18/03/2021 del cual se desprende la Sanción impuesta, a saber llamado de atención al agente por Inconducta notoria justificada basándose en el art. 107 inc. 3 de la Ley 14.656, debido a que el mismo se saca el calzado y se acuesta en el espacio público, hecho ocurrido el día 12 de Marzo de 2021 en la Plaza del barrio Los Sauces,
Que con fecha 22/03/2021, el Sr. Mendoza Pablo formula descargo expresando en su escrito “Cumplo en informar que el día 12 de Marzo me encontraba trabajando en el Barrio Los Sauces realizando el trabajo encomendado por el capataz Mario Cholfo que consistía en pintar dos bancos de la plaza lo cual fue cumplido y al finalizar mi labor me quede sentado esperando a que me retire mi capataz ya que tengo pautado esperar en el lugar donde me designan el trabajo. Niego haber estado acostado en cuanto al tema del calzado me lo saque para poder sacarme las medias ya que era un día caluroso”.
Que el día 28 de Abril de 2021 previamente citado en el marco del expediente 403015715/M se presentó ante esta Dirección el Agente Cholfo Mario Cesar Legajo 10213 a prestar declaración testimonial.
Que el mismo declara, conforme luce a fs. 7, como Capataz Interino del Área de Obras Menores y Pintura " que desde hacía unos días atrás compañeros del agente le expresaron que Mendoza se tiraba en el banco y se acostaba a dormir, elegía los trabajos para realizar. Que esto paso en varias oportunidades y que ya tenía problemas con el grupo del sector".
Que no observo el de manera directa los hechos refiriendo al respecto " comunico lo que le expresaron los otros agentes que trabajaban con Mendoza ese día".
Que culmina dicha declaración expresando "hable con el agente y el pidió disculpas".
Que visto el presente y conforme las propias declaraciones del Agente Mendoza surge que el mismo niega haberse recostado en la vía pública, pero sí reconoce que procedió, luego de llevar a cabo la tarea asignada y a la espera de su Capataz, a sacarse los zapatos para retirar las medias argumentando un día caluroso.
Que de lo manifestado por el Sr. Cholfo Mario Cesar, Capataz del Agente Mendoza, surge que el hecho ocurrió conforme lo informo a su superior manifestando además que era un accionar cotidiano por parte del Agente Mendoza Pablo.
Que el hecho sancionable es el reconocido por propio Agente Mendoza Pablo en su descargo obrante a fs. 1.
Que estamos ante una " falta " que a la que bien puede aplicarse el Principio de Insignificancia, afecta a la imagen del Estado Municipal ya que los Agentes deben realizar sus tareas con capacidad, dedicación y contracción al trabajo.
Que así lo establece el artículo 103 inciso a de la Ley 14656 que indica: " Prestar los servicios en forma regular y continua, dentro del horario general, especial o extraordinario que, de acuerdo a la naturaleza y necesidades de ellos se determine, con toda su capacidad, dedicación, contracción al trabajo y diligencia, conducentes a su mejor desempeño y a la eficiencia de la Administración Municipal".
Que la sanción impuesta por el Director de Mantenimiento MMO Cristian García, llamado de atención, resulta ser de carácter correctiva para evitar la reiteración de conductas no deseadas, conforme ello al procedimiento normado en la Ley 14656.
Que la Dirección de Asuntos Legales ha dictaminado que corresponde ratificar la sanción disciplinaria de Llamado de Atención dispuesta por el Director de Mantenimiento de Edificios MMO Cristian García para con el Agente Mendoza Pablo DNI 36.699.878 Legajo Nro. 9662, por inconducta notoria justificada conforme art 107 inc. 3 de la Ley 14656.
Por ello, el Señor Intendente municipal que suscribe, en uso de sus atribuciones
DECRETA
ARTICULO 1º.- Ratificar la sanción disciplinaria de Llamado de Atención dispuesta por el Director de Mantenimiento de Edificios MMO Cristian Garcia para con el agente Mendoza Pablo, DNI 36.699.878 Legajo N° 9662, por inconducta notoria justificada conforme art. 107 inc. 3 de la Ley 14656 conforme las consideraciones expuestas en el exordio.-
ARTICULO 2°.- Notifíquese en forma digital a Secretaria Privada, Secretaria de Obras y Servicios, Capital Humano y agente.-
ARTICULO 3°.- El presente Decreto será refrendado por el señor Secretario de Gobierno (Cipriano Pérez del Cerro).-
ARTICULO 4º.- Cúmplase, publíquese, dese al Registro Municipal y archívese.-