Boletines/San Andrés de Giles
Resolución Nº 007/21
San Andrés de Giles, 09/02/2021
Visto
La presentación formulada por el señor Ricardo Spalla en su carácter de la explotación comercial, cuyo nombre de fantasía es: Bar La Bartola Lounge Bar ;y
Considerando
Que a través de la misma, requiere la pertinente autorización para llevar a cabo en el local comercial cuyo nombre de fantasía es Bar “La Bartola Lounge Bar”, la presentación de un show acústico musical, con la actuación del grupo musical “Bajame un Tono” de la localidad de Mercedes, el día sábado 20 de febrero de 2021, en el horario comprendido entre la hora 22:00 a 01:00 aproximadamente.
Que solicita asimismo, el corte de la calle 25 de Mayo esquina Urquiza.
Que el presentante detalla en su misiva las características del evento y se compromete a cumplir las medidas de seguridad y protección requeridas al efecto.
Que no existe impedimento alguno para dar curso favorable a la petición.
Por el Intendente Municipal en uso de las facultades legales que le son propias:
R E S U E L V E
Artículo 1º; Autorizar la realización de la actividad solicitada por el señor Ricardo Spalla en su (presentación acústica, no bailable), debiendo para ello, seguir el “Protocolo General para la Actividad Teatral y Música en Vivo con Público” aprobado por Resolución de Firma Conjunta N° 136-MJGM-2020, del Ministerio de Producción, Ciencia e Innovación Tecnológica y la jefatura de Gabinete de Ministros de la Provincia, como asimismo, por lo establecido en la Decisión Administrativa N° 2045/2020 del Jefe de Gabinete de Ministros de la Nación, que se adjuntan a la presente para su estricto cumplimiento.
Artículo 2º: La actividad autorizada, podrá realizarse solamente al aire libre y la cantidad de mesas no podrá superar el máximo ya autorizado previamente mediante decreto municipal N° 0342/21, garantizando en todo momento (de manera previa, durante y post evento) el distanciamiento social mínimo establecido entre los concurrentes, siendo responsabilidad del titular del establecimiento y/o comercio, garantizar el fiel cumplimiento de las medidas dispuestas en los referidos actos administrativos y protocolos establecidos.
ARTICULO 3º: Registrar, dar intervención a las áreas correspondientes, publicar y archivar.