Boletines/Adolfo Gonzales Chaves

Decreto Nº44/2021

Decreto Nº 44/2021

Adolfo Gonzales Chaves, 12/01/2021

Visto

La nota remitida por la ASOCIACION CIVIL ESCUELA EQUINOTERAPIA DE  ADOLFO GONZALES CHAVES agregada a fojas 33 del Expediente 4055-100-2018, solicitando un Subsidio destinado a solventar gastos generales de la citada Institución; y

Considerando

Que existen recursos provenientes del Fondo de Financiamiento Educativo – Ley 26075;               

Que a fojas 36/37 se agregó informe de Contaduría Municipal;

Que es necesario dictar el acto administrativo correspondiente;

Por ello;

   

el INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de las facultades que le son propias

D E C R E T A:

ARTICULO 1º.- Otórgase a la ASOCIACION CIVIL ESCUELA EQUINOTERAPIA DE ADOLFO GONZALES CHAVES, un Subsidio de PESOS UN MILLÓN TRESCIENTOS DIECISISETE MIL SEISCIENTOS SESENTA con 60/100 ($ 1.317.660,60) que será abonado en doce (12) cuotas mensuales, de la siguiente manera:

  • Pesos Cincuenta y Cinco Mil Quinientos ($ 55.500) cada una, en los meses de Enero y Febrero de 2021;

  • Pesos Ciento Veinte Mil Seiscientos Sesenta y Seis con 06/100 ($ 120.666,06) cada una, desde el mes de Marzo hasta Diciembre de 2021, inclusive.-

                               El monto mencionado será destinado a afrontar gastos que hacen al funcionamiento de la mencionada Institución y brindar una mejor calidad de vida a los niños que concurren a realizar actividades a la misma.-

 

ARTICULO 2º.- La Entidad beneficiaria deberá rendir cuentas mensualmente ante la Contaduría Municipal, con documentación fehaciente que acredite la correcta utilización de los fondos recibidos, de conformidad a lo establecido en el Artículo 276° de la Ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires.-

 

ARTICULO 3º.- El Subsidio acordado por el artículo 1° deberá efectuarse con cargo a la siguiente partida del Presupuesto de Gastos vigente:

 

Jurisdicción: 1110101000 Unidad Intendente

Programa 01.01.00 Administración y Conducción Unidad Intendente

Fuente de Financiamiento: 132 De Origen Provincial

5.0.0.0 Transferencias

5.1.0.0 Transferencias al sector privado para financiar gastos corrientes

5.1.8.0 Transferencias para el aprendizaje, enseñanza e investigación

 

ARTICULO 4º.- Tome razón Contaduría y Tesorería; cúmplase, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-