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Decreto Nº527-21

Decreto Nº 527-21

Lobería, 07/04/2021

ASÍGNANSE tareas al personal destajista.

Visto

Las atribuciones conferidas por los artículos 107 y 108 Inciso 17 de la Ley Orgánica de las Municipalidades, la Ley Provincial 14.656, el artículo 49 de la Ordenanza Nº 1.973/15 y su Decreto Reglamentario Nº 1.167/16 -Régimen de Empleo de la Municipalidad de Lobería-, la Ordenanza Nº 2.470/20, el Decreto Nº 74/21; y

 

Considerando

QUE, el Secretario de Infraestructura, Obras y Servicios Públicos ARQ. DANIEL MASÓN, solicita la asignación de tareas al personal destajista designado mediante Decreto Nº 74/21, que realizará trabajos de pintura en la sala de elaboración de alimentos de esta ciudad, a partir del 26 de marzo de 2021;

POR ELLO, EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE LOBERÍA, en uso de las facultades que le son propias, dicta el siguiente:

D  E  C  R  E  T  O

 

ARTÍCULO 1.- ASÍGNANSE tareas al personal destajista, SR. GABRIEL MORALES, D.N.I. 36.387.690, designado mediante Decreto Nº 74/21, que realizará trabajos de pintura en la sala de elaboración de alimentos de esta ciudad, a partir del 26 de marzo de 2021.

ARTÍCULO 2.- Las tareas específicas a realizar y los montos a percibir por las mismas, se detallan a continuación:

TAREAS

  • Lijar paredes de interiores, masillar, pintar pared de interior de sala con dos manos de pintura epoxi, pintar con fijador y con dos manos de pintura. Pasar fratacho de piedra a piso de cemento alisado, pintar piso. Hidrolavar el frente, lijar alero de galería, pintar con dos manos. Lijar y pintar dos puertas placa. Limpiar cielorraso de PVC. Pintar con fijador y dar dos o tres manos de pintura e muros exteriores. Monto: $148.864                                                                                

ARTÍCULO 3.- El monto total a abonar será de PESOS CIENTO CUARENTA Y OCHO MIL OCHOCIENTOS SESENTA Y CUATRO ($ 148.864.-), resultando luego de aplicar los descuentos correspondientes, una suma efectiva de PESOS CIENTO VEINTIOCHO MIL VEINTITRÉS CON CUATRO CENTAVOS ($ 128.023,04.-) correspondiendo al Municipio, además, efectuar aportes patronales por I.P.S. $ 17.863,68. La certificación se realizará en forma mensual, previa verificación del área correspondiente.

ARTÍCULO 4.- El presente gasto se imputará a la Partida: “1110101000 Unidad Intendente – 16 Dirección de Desarrollo Local -63 Sala de Elaboración de Alimentos  – 1.2.1.0 Retribuciones del cargo” del Presupuesto de Gastos vigente.

ARTÍCULO 5.- Tomen conocimiento Secretaría de Infraestructura, Obras y Servicios Públicos, Oficina de Personal, Contaduría Municipal, Oficina de Seguros y Honorable Concejo Deliberante. Dése al Registro de Decretos, cumplido ARCHÍVESE.

DECRETO Nº 527/21