Boletines/Bahia Blanca
Resolución Nº 270
Publicado en versión extractada
Bahia Blanca, 31/05/2021
Visto la nota elevada por el Director del Instituto Cultural y la Directora de Acción Cultural a fs. 1, por la cual comunican que los señores Javier Mendigochea y Julián Mansilla, músicos y gestores culturales, se encuentran abocados a la organización del ciclo “Che Bandoneón 2021” que se llevará a cabo en nuestra ciudad de manera virtual y presencial entre los meses de julio, agosto y septiembre del corriente; y
Considerando
Que el desarrollo del mencionado evento forma parte del cronograma cultural de nuestra ciudad, por lo que se encuentra incluido en el marco de la Ordenanza Nº 19.038 (sancionada el 29 de junio de 2017) que crea el Fondo Municipal de Financiación de Eventos Artísticos y Culturales de Organización Regular y Continuidad en el Tiempo con el Instituto Cultural de Bahía Blanca como autoridad de aplicación, como consta en el artículo 4.-
Que el evento “Che Bandoneón” se viene realizando en nuestra ciudad desde el año 2008, centrado en celebrar y homenajear al bandoneón y a sus intérpretes, reuniendo a artistas y músicos de la comunidad “fueyera” y del tango de nuestra ciudad y alrededores.
Que el encuentro se realiza a beneficio del Taller de Bandoneón actualmente dictado en 2Museos (y originalmente en el Teatro Municipal) y se caracteriza por la presentación de músicos solistas, en formato dúo, trío y orquesta típica, en muchos casos con el acompañamiento de bailarines, así como el gran cierre a cargo de los alumnos del taller; quiénes comparten el escenario con más de 30 bandoneones en escena.
Que se trata de un valioso espacio de formación para toda la comunidad, que año a año suma cada vez más inscriptos y estudiantes de todas las edades.
Que en el contexto de pandemia de COVID-19, el encuentro podrá llevarse a cabo tanto de manera virtual como de manera presencial, para adaptarlo a las condiciones de protocolos actuales.
Que se ha solicitado un subsidio destinado a solventar gastos de producción y organización, tales como cachet de artistas, honorarios profesionales, prensa y difusión, registro audiovisual, gastos de conectividad y demás gastos que demanden la puesta en escena.
Considerando que ha sido previsto en el Presupuesto de Gastos del corriente ejercicio el otorgamiento de una ayuda destinada a tal fin y atento a la imputación de los Departamentos de Planeamiento Presupuestario y la Contaduría General a fs. 1 vta.; el INTENDENTE MUNICIPAL en uso de sus facultades,
- R E S U E L V E -
PRIMERO: Otórgase un subsidio a nombre de Mariano Javier MENDIGOCHEA, C.U.I.L.: 23-38012297-9; por la suma de $ 76.000 (pesos setenta y seis mil) a fin de solventar gastos de producción y organización, tales como cachet de artistas, honorarios profesionales, prensa y difusión, registro audiovisual, gastos de conectividad y demás gastos que demanden la puesta en escena del ciclo "Che Bandoneón" entre otros que se pudieran ocasionar, en un todo de acuerdo al considerando de la presente Resolución.-
SEGUNDO: Autorízase a Contaduría General a abonar al señor Mariano Javier MENDIGOCHEA, C.U.I.L.: 23-38012297-9; la suma de $ 76.000 (pesos setenta y seis mil) atento a lo indicado en el artículo Primero.-
TERCERO: El presente gasto deberá imputarse a la Partida del Presupuesto de Gastos vigente: Fuente: 110, Jurisdicción: 1110108000, Cat. Prog.: 84. 00. 00, Hechos Artísticos Culturales No Eventuales - Gasto. 5.1.4.0.-
CUARTO: Notifíquese a la persona beneficiaria que, una vez recibidos los fondos, deberá rendir cuentas ante el Departamento Contaduría General, en el plazo de seis (6) meses, respetando los lineamientos establecidos en los artículos 131° al 134° del Reglamento de la Contabilidad y cumplimentando el Balance de Inversión; bajo apercibimiento de lo dispuesto en el artículo 52° de las Disposiciones anexas al Decreto 2980/00- RAFAM.-
QUINTO: Encomendar al Instituto Cultural el seguimiento del trámite de rendición de fondos por parte de la persona beneficiaria dispuesto en el artículo 4° del presente acto administrativo.-
SEXTO: Cúmplase, notifíquese al beneficiario mediante entrega de copia certificada de la presente, tome nota Contaduría General y Departamento Tesorería, dése al R.O. y ARCHÍVESE.