Boletines/Bahia Blanca
Decreto Nº 1001
Publicado en versión extractada
Bahia Blanca, 11/05/2021
Visto el presente expediente, mediante el cual tramita el pago de la redeterminación de precios correspondiente a los Certificados N.º 1, 2 y 3, de la obra “NEXO Y EXTENSIÓN DE LA RED DE DESAGÜES CLOACALES (ETAPA I) – 32 CUADRAS Y EXTENSIÓN DE LA RED DE AGUA POTABLE – 13 CUADRAS EN CALLES DEL BARRIO “LOS HORNEROS” " ejecutada por la empresa GEOMAC S.A. y
CONSIDERANDO:
Que a fojas 2 y 3 el Departamento Vialidad informa por expte. N°410-5997-2002 (HCD-855-2000), Decreto n°823/2002, la Municipalidad de Bahía Blanca adhiere al Decreto 2113 del Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, que establece la posibilidad de redeterminar precios en contratos de obras públicas.
Que se elevan planillas de análisis de precios redeterminados de los certificados Nº 1, 2 y 3, para la obra a cargo de la Empresa GEOMAC S.A., cuya fecha de licitación: 06/03/2019, Fecha de Contrato: 28/05/2019, Acta de Replanteo: 06/06/2019, Plazo de obra: 3 meses.
Que de acuerdo a lo analizado por parte del Departamento Vialidad se informa que:
“…De la revisión de la redeterminación de precio presentada por la empresa GEOMAC S.A., surgen algunas diferencias aritméticas y de adopción de coeficientes, en referencia a la realizada por el departamento técnico .
Certificado Nº 1: (mes d ejecución de los trabajos: Julio – 19)
(Se produce una variación de precio superior al 5% entre los precios unitarios presentados en la Licitación (Mar-19) y los precios redeterminados al mes de medición de los trabajos pertenecientes al Certificado N.º 1 (Julio-19), por lo cual corresponde actualizar el certificado, a los precios redeterminados al mes de Julio-2019).
Monto Redeterminado Certificado N.º 1: $ 220.237,04 (Actualizado a Jul-19)
Certificado Nº 2: (mes de ejecución de los trabajos: Agosto – 19)
(Se produce una variación de precio superior al 5% entre los precios unitarios presentados (Julio-19) y los precios redeterminados al mes de medición de los trabajos pertenecientes al Certificado N.º 2 (Agosto -19), por lo cual corresponde actualizar el certificado, a los precios redeterminados al mes de Agosto -2019).
Monto Redeterminado Certificado N.º 2: $ 194.184,95 (Actualizado a Agosto-19)
Certificado Nº 3: (mes de ejecución de los trabajos: Septiembre – 19)
(No se produce una variación de precio superior al 5% entre los precios unitarios presentados (Agosto-19) y los precios redeterminados al mes de medición de los trabajos pertenecientes al Certificado N.º 3 (Septiembre -19), por lo cual corresponde actualizar el certificado, a los precios redeterminados al mes de Agosto -2019).
Monto Redeterminado Certificado N.º 3: $ 205.236,07 (Actualizado a Agosto-19)
IMPORTE TOTAL DE LAS REDETERMINACIONES: $619.658,06 (PESOS SEISCIENTOS DIECINUEVE MIL SEISCIENTOS CINCUENTA Y OCHO CON SEIS CENTAVOS).
Que a fojas 162 el informe de la abogada del Municipio deja constancia que el análisis deberá ajustarse a lo establecido por el Art. 92° inc. b del Pliego de Bases y Condiciones Generales, respecto a los plazos previstos, en caso que exista extemporaneidad en la presentación de los pedidos de redeterminacion, dejando aclarado que la misma deberá rechazarse. Agrega en su dictamen que en el presente caso no hay impedimento legal alguno para la aprobación del pedido de redeterminacion conforme a los términos del informe técnico, por lo cual el mismo debe prosperar en los términos y condiciones establecido por el Pliego de Base y Condiciones de la obra.
Por lo expuesto, teniendo en cuenta los antecedentes obrantes en el presente expediente, de los que surge que corresponde aprobar la redeterminación, el INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus facultades,
D E C R E T A
Artículo 1º: Aprúebase la redeterminación de precios correspondiente a la empresa GEOMAC S.A. por los Certificados N.º 1, 2 y 3 de la obra “NEXO Y EXTENSIÓN DE LA RED DE DESAGÜES CLOACALES (ETAPA I) – 32 CUADRAS Y EXTENSIÓN DE LA RED DE AGUA POTABLE – 13 CUADRAS EN CALLES DEL BARRIO "LOS HORNEROS” ", por la suma de PESOS SEISCIENTOS DIECINUEVE MIL SEISCIENTOS CINCUENTA Y OCHO CON SEIS CENTAVOS ($ 619.658,06), en un todo de acuerdo con los antecedentes obrantes en el Expte. 417R-2162-2021.-
Artículo 2º: El gasto precedente deberá imputarse a la Partida Fuente 132, Jurisdicción 1110105000, Cat. Progr. 01.68.00, Gasto 4.2.2.0 del Presupuesto de Gastos vigente. El pago de la presente redeterminación se realizará por expedientillo.-
Artículo 3º: Cúmplase; dése al RO.; notifíquese a la firma GEOMAC S.A por intermedio del Departamento Vialidad, tome conocimiento el citado Departamento y pase al Departamento Compras. Cumplido ARCHÍVESE.-