Boletines/Bahia Blanca
Ordenanza Nº 20235
Bahia Blanca, 10/02/2021
VISTO
El proyecto de Ordenanza por el cual se solicita se dicte una nueva declaración de emergencia en el transporte público de pasajeros en el Partido de Bahía Blanca; teniendo en cuenta la situación epidemiológica actual de la enfermedad COVID-19 (nuevo coronarivirus) la cual dio origen a la adopción de distintas medidas de prevención y aislamiento en el ámbito Nacional y Provincial, a la Resolución 2020-178 – APN – ME y DECNU – 2020 -260 – APN – PTE -CORONARVIRUS; y el último informe técnico de fecha 20 de enero de 2021 que referencia la situación actual del transporte público, y la ordenanza 20.101; y
CONSIDERANDO
Que con fecha 11 de marzo de 2020, la ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA SALUD (O.M.S), declaró el brote del nuevo coronavirus como una pandemia.
Que, en primer término, se fueron tomando gradualmente determinadas medidas tendientes a disminuir la circulación de la población, mediante la reducción de concurrencia a espacios públicos (bares, restaurantes, etc.) así como también a espacios públicos de nuestra ciudad se efectivizó como medida sanitaria la prohibición de ascenso a los colectivos de más de 15 personas, para luego dictarse en el ámbito nacional la cuarentena obligatoria en todo el territorio de nuestro país. Posteriormente, se fueron tomando medidas tendientes a evitar la movilidad a través del uso del transporte público por parte de toda la población, lo que conllevó a una disminución drástica de la cantidad de viajes en colectivo en nuestra ciudad.
Que durante la segunda quincena de marzo – donde se establece la cuarentena total de la población – la caída es del 83% de los viales en transporte público, aumentando esa caída al 93% - que en igual periodo del año 2019 – en los primeros diez días del mes de abril.
Que todos estos hechos han provocado una enorme disminución en la recaudación de las empresas prestatarias del servicio, recortando fuertemente sus ingresos de las mismas, pero no así sus costos operativos.
Que en virtud de dicha situación, en fecha 23 de abril de 2020, se sanciona la Ordenanza Nº 20010, donde se declara la emergencia en el servicio de transporte público de pasajeros durante el plazo de noventa (90) días, con la posibilidad de prorrogarse por treinta (30) días más, bajo resolución debidamente fundada por parte del Departamento Ejecutivo.
Que con fecha 15 de noviembre de 2020 se sancionó la Ordenanza 20.101 que prorroga la Emergencia hasta el 31 de diciembre del 2020.
Que con fecha 20 de enero de 2021, el Director General de Movilidad Urbana -Lic. Ramiro Frapiccini – presentó un informe pormenorizado, describiendo la situación actual del transporte público de pasajeros, manifestando que “...la situación del transporte público no ha vuelto al punto previo a la pandemia...”, y que si se mantiene la situación de emergencia se permite seguir manteniendo la restricción de kilómetros del sistema, prestando el servicio justo y necesario para la demanda actual, pero también culminar un estudio conjunto con universidades y colegios técnicos necesarios para poder determinar un nuevo punto de equilibrio. Cabe mencionar que la lenta dinámica en la salida de las ASPO no ha permitido aún tener certeza sobre este punto, por lo que no se puedo proponer un esquema de nueva prestación sobre un escenario incierto como el presente, lo que determina las condiciones para mantener la emergencia.
Por todo lo expuesto, se considera indispensable mantener por lo menos hasta abril del 2021, en coincidencia con los subsidios extraordinarios que el municipio aporta, la situación de emergencia en el Transporte Público de Bahía Blanca.
El H.Concejo Deliberante en uso de sus facultades sanciona con fuerza de,
ORDENANZA
Artículo 1º – Declárase la prórroga de la emergencia en el servicio de transporte público de pasajeros en el partido de Bahía Blanca, hasta el día 30 de abril del 2021, con el fin de lograr nuevamente el equilibrio económico financiero del sistema y la prestación del servicio de manera eficiente, regular y sostenible en el tiempo, adecuando a la nueva realidad que se vive en virtud de las disposiciones que declararon la emergencia en nuestro Partido, y la enorme merma en el uso de transporte público de pasajeros de parte de la población, con el exclusivo alcance de lo descripto en la presente.
Artículo 2º – Facultase al Departamento Ejecutivo a realizar las adecuaciones presupuestarias que correspondan al programa de emergencia referido en el Artículo 1º de la presente.
Artículo 3º – Comuníquese al Departamento Ejecutivo para su cumplimiento.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA EN SESION EXTRAORDINARIA, A LOS CUATRO DIAS DEL MES DE FEBRERO DE DOS MIL VEINTIUNO.