Boletines/General Belgrano

Decreto Nº0788/2021

Decreto Nº 0788/2021

General Belgrano, 19/04/2021

Visto

el expediente administrativo 4041-D-8845/2021, el pliego de bases y condiciones, el acta de apertura de ofertas, las ofertas presentadas, el dictamen de la Comisión de pre adjudicación, y;

Considerando

Que del acta de apertura de fecha 31/03/2021 surge la presentación de cuatro ofertas correspondientes a las firmas HORMIGONERAS CHIVILCOY S.R.L., SALBACO S.R.L., ESCA CONSTRUCCIONES S.R.L. y J.C.M. INGENIERÍA S.R.L.

Que las ofertas de las firmas HORMIGONERAS CHIVILCOY S.A. ($18.978.869,61) y SALBACO S.A. ($11.921.297,32), se encuentran muy por encima de las dos restantes presentadas por las firmas ESCA CONSTRUCCIONES S.R.L. y J.C.M. INGENIERÍA S.R.L, no siendo en consecuencia beneficiosas para los intereses municipales.

Que desde el punto de vista formal, ambas firmas han cumplido en su totalidad con la documentación solicitada.

Que la firma ESCA CONSTRUCCIONES S.R.L. ofertó la suma de PESOS ONCE MILLONES OCHENTA Y TRES MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA Y DOS CON 16/100 ($11.083.452,16) y la firma JCM INGENIERÍA S.R.L. la suma de PESOS ONCE MILLONES DOSCIENTOS CUARENTA Y OCHO MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y UNO CON 70/100 ($11.248.491,70) lo que representa una diferencia de solo un 1,47%.-

Que la exigua diferencia económica en las ofertas hace centralizar el análisis de la oferta más conveniente en el resto de los puntos expresados en el pliego de bases y condiciones.-

Que en relación a la capacidad técnica y los antecedentes, la Comisión de Pre Adjudicación entendió que la firma JCM INGENIERÍA S.R.L. se encuentra mejor equipada y con mayores antecedentes en obras de arquitectura.

Que desde el punto de vista económico, financiero y patrimonial, la firma JCM INGENIERÍA S.R.L. muestra en sus estados contables una mayor solvencia, expone un mejor resultado del ejercicio, mayor volumen de Bienes y un incremento financiero de fondos importante en relación a la firma ESCA CONSTRUCCIONES S.R.L.-

Que en base a lo expuesto en los puntos anteriores la Comisión de Pre Adjudicación mediante dictamen de fecha 06 de abril de 2021 recomendó adjudicar la presente licitación a la firma J.C.M INGENIERÍA S.R.L.-

Que el artículo 156 bis de la Ley Orgánica Municipal establece que “En todos los procedimientos de contratación -Licitación Pública, Licitación Privada, Concurso de precios o Contratación Directa- se podrá aplicar el principio de prioridad de contratación a favor de personas físicas o jurídicas con domicilio y/o establecimiento comercial en el Partido en que se realice la contratación, siempre que se configuren similares condiciones en cuanto a precio y calidad con respecto a ofertas realizadas por personas físicas y/o jurídicas con domicilio comercial y/o establecimientos comerciales en otros Partidos o jurisdicciones territoriales. La prioridad establecida no podrá superar en un cinco (5) por ciento en precios o valores a las ofertas presentadas por sujetos no beneficiarios del principio referenciado.”Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS ATRIBUCIONES

DECRETA

Artículo 1º: Adjudicar a la empresa JCM INGENIERIA S.R.L.-CUIT: 33-70974199-9  la Licitación Pública Nº 02/21, referente a la obra “REFACCIONES VARIAS EN ESCUELA PRIMARIA N°1” por la suma de pesos ONCE MILLONES DOSCIENTOS CUARENTA Y OCHO MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y UNO CON 70/100 ($11.248.491,70); todo ello en el marco de la Ley Orgánica de las Municipalidades.

Artículo 2º: Encomendar a la Dirección de Compras de la Municipalidad, la confección de la documentación correspondiente a la adjudicación, debiendo hacerse presente en la sede de esta municipalidad el Sr. titular de la firma adjudicada a los fines de suscribir la misma, ello dentro del plazo de 10 días de notificado el presente.

Artículo 3º: Notificar a todos los oferentes del presente Decreto, haciéndoles saber que podrán retirar en la Dirección de Compras las garantías de ofertas presentadas.

Artículo 4°: Establecer que el presente Decreto será refrendado por el Secretario de Gobierno Lic. Roman Della Vedova.-

Artículo 5°: Cumplir, comunicar a quienes corresponda, tomar razón Compras, Asesoría Legal y Técnica, Contaduría, Presupuesto, Obras Públicas, dar al Registro Oficial del Municipio, publicar, archivar.--