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Decreto Nº0953/21

Decreto Nº 0953/21

General Pueyrredon, 02/06/2021

Visto

el Expediente Nº 856-0-21 Cuerpos 1 y  2 por el que se tramita la Licitación Pública Nº 04/21 para la “Contratación de la provisión de frutas y verduras con destino Secretaría de Desarrollo Social”; y

 

Considerando

Que se ha cumplido con las formalidades de licitación pública según da cuenta la documentación obrante a fojas 51 a 245 inclusive.

 

Que se efectuaron publicaciones, conforme lo establecido en el artículo 153° de la Ley Orgánica de las Municipalidades y 166° del Reglamento de Contabilidad y Disposiciones de Administración, en el Boletín Oficial (fs. 97 y 99) y en el diario La Capital (fs. 98 y 100) de la ciudad de Mar del Plata.

 

Que se remitieron invitaciones a cuatro (4) firmas inscriptas en el Registro de Proveedores de la Municipalidad conforme constancias obrantes a fojas 107/110.

 

Que con fecha 29 de Marzo de 2021 se efectuó la apertura de sobres, recibiéndose tres (3) propuestas correspondientes a las firmas PODRECCA CARLOS ANTONIO, CAPUTO HUGO HUMBERTO y GOLDEN FRUIT S.A.

 

Que con fecha 05 de Abril de 2021 (fs. 279/280), la firma GOLDEN FRUIT S.A. presenta impugnación a la propuesta presentada por la firma PODRECCA CARLOS ANTONIO.

 

Que a fojas 281 se corre traslado a la firma PODRECCA CARLOS ANTONIO de la impugnación recibida, a fojas 282/288 y 291/193 la mencionada firma presenta documentación.

 

Que el Departamento de Bromatología con fecha 16 de Abril de 2021 (fojas 295), informa que la documentación presentada por el proveedor PODRECCA CARLOS ANTONIO es incompleta y no cumple con lo solicitado.

 

Que con fecha 21 de Abril de 2021 se reúne la Comisión Asesora de Adjudicación (fojas 296/299) a fin de analizar las propuestas presentadas y se expide sobre la impugnación presentada por la firma GOLDEN FRUIT S.A., informando que no se hace lugar a la misma atento que con la documental presentada por el oferente en esa instancia cumple con los requisitos solicitados en el Pliego de Bases y Condiciones.

 

Que a fs. 301 la Secretaría de Desarrollo Social autoriza el reajuste de los ítems 3, 7, 18, 21, 25, 36, 39, 43, 54, 60, 71, 74, 78 y 89, justificados en el proceso inflacionario imperante en el país, la estacionalidad de los productos a adquirir, así como variaciones habituales del mercado.

 

Que teniendo en cuenta lo informado por el Departamento de Bromatología y luego de analizar la impugnación, la Comisión Asesora de Adjudicación examina las propuestas y aconseja:

 

1.- Rechazar la impugnación presentada por la firma GOLDEN FRUIT S.A. atento que la documental presentada por el oferente en esa instancia cumple con los requisitos solicitados en el Pliego de Bases y Condiciones.

2.- Desestimar la propuesta presentada por la firma PODRECCA CARLOS ANTONIO, por incumplimiento de los requisitos exigidos en los artículos 11.9 y 11.10 del Pliego de Bases y Condiciones

3.- Declarar válidas las propuestas presentadas por las firmas CAPUTO HUGO HUMBERTO y GOLDEN FRUIT S.A.

4.- Adjudicar conforme artículo 13º de las Cláusulas Legales Particulares, por menor precio y ajustarse a lo requerido en el Pliego de Bases y Condiciones.

5.- No adjudicar los ítems 2, 4, 11, 12, 13 y 15 por superar ampliamente el presupuesto oficial.

6.- Dejar sin efecto los ítems mencionados en el punto anterior.

 

Que la Dirección General de Contrataciones a fs. 302/303 emite su correspondiente informe y remite las presentes actuaciones a la Contaduría General para que efectúe el control de legalidad de su competencia y el reajuste de algunos ítems.

 

Que la Contaduría General a fojas 307/309 realiza el control de legalidad de su competencia y los reajustes solicitados.

 

Por todo ello y en uso de las facultades que le son propias,

 

EL INTENDENTE MUNICIPAL

 

D E C R E T A

 

 

ARTÍCULO 1°.- Apruébase la Licitación Pública N° 04/21 para la "Contratación de la provisión de frutas y verduras con destino Secretaría de Desarrollo Social", cuya apertura de sobres fuera efectuada el día 29 de Marzo de 2021 a las 09:08 horas.

 

ARTÍCULO 2°.- Apruébase lo actuado por la Comisión Asesora de Adjudicación mediante acta de fecha 21 de Abril de 2021.

 

ARTÍCULO 3°.- Rechazase la impugnación presentada por la firma GOLDEN FRUIT S.A contra la firma PODRECCA CARLOS ANTONIO por los motivos expuestos en los considerandos del presente.

 

ARTÍCULO 4°.- Desestímase la propuesta presentada por la firma PODRECCA CARLOS ANTONIO, por los motivos expuestos en los considerandos del presente.

 

ARTÍCULO 5°.- Decláranse válidas las propuestas presentadas por las firmas CAPUTO HUGO HUMBERTO y GOLDEN FRUIT S.A.

 

ARTÍCULO 6º.- Adjudícase por ajustarse al Pliego de Bases y Condiciones y por menor precio en forma global, conforme artículo 13º de las Cláusulas Legales Particulares del Pliego de Bases y Condiciones, a la firma y por el monto que a continuación se detalla:

 

GOLDEN FRUIT S.A.

 

Ítem

Cantidad

Unidad de Medida

Descripción

Precio Unitario

Costo Total

1

3150

UN

ACELGA - PRESENTACION ATADO - ESTADO

EN HOJAS FRESCAS

$ 86.-

$ 270.900.-

3

350

UN

APIO - TIPO FRESCO - ESTADO NATURAL -

PRESENTACION ATADO X 350 GRS.

$ 125.-

$ 43.750.-

5

3900

KG

BATATA - PRESENTACION TAMAÑO PAREJO,

SIN BROTES - POR KILOGRAMO.

$ 164.-

$ 639.600.-

6

8850

KG

CEBOLLA - TIPO COMUN, TAMAÑO PAREJO, SIN BROTES - ESTADO NATURAL - PRESENTACION POR KILO - PESO DE 120 A

150 GRS. POR UNIDAD

$ 96.-

$ 849.600.-

7

650

UN

CEBOLLA - TIPO DE VERDEO - ESTADO NATURAL - PRESENTACION ATADO - PESO

350 GRS.

$ 164.-

$ 106.600.-

8

1200

KG

LIMON - TIPO NATURAL - PRESENTACION

CAJON - PESO POR KILO

$ 173.-

$ 207.600.-

9

9600

KG

MANDARINA - TIPO CRIOLLA - TAMAÑO

MEDIANA - PRESENTACION X KILO

$ 144.-

$ 1.382.400.-

10

10650

KG

MANZANA - PRESENTACION POR KILO, TAMAÑO PAREJO DE PESO APROX. 200 GR.

POR UNIDAD

$ 173.-

$ 1.842.450.-

 

14

350

UN

PUERRO - TIPO NATURAL - PRESENTACION

ATADO - PESO 550 GRS.

$ 154.-

$53.900.-

16

10800

KG

ZANAHORIA – ESTADO NATURAL – TIPO ENTERA, SIN BROTES – PRESENTACIÓN POR KILO – TAMAÑO PAREJO DE PESO 120 GRS. POR UNIDAD

$ 73.-

$ 788.400.-

17

8700

KG

ZAPALLO – TIPO ANCO – PRESENTACIÓN POR KILO

$ 125.-

$ 1.087.500.-

18

5050

KG

ZAPALLITO – TIPO VERDE – VARIEDAD REDONDA – TAMAÑO PAREJO – PRESENTACIÓN POR KILO

$ 105.-

$ 530.250.-

 

Período de la contratación: desde la fecha de adjudicación y hasta agotar las cantidades solicitadas. Consumo aproximado para seis (6) meses.

 

MONTO TOTAL ADJUDICADO EN LICITACIÓN PÚBLICA: PESOS SIETE MILLONES OCHOCIENTOS DOS MIL NOVECIENTOS CINCUENTA ($7.802.950).

 

ARTÍCULO 7º- El egreso autorizado en los artículos precedentes se imputará a la partida "Alimentos para personas" del presupuesto de gastos, conforme se detalla:

 

FIN./FUN

PROG.

INC.

P.P.

P.p.

P.Sp.

F.Fin.

INSTITUCIONAL

UER

IMPORTE

3-2-0

30.00.00

2

1

1

0

132

1-1-1-01-09-000

9

$1.951.950

3-2-0

31.00.00

2

1

1

0

132

1-1-1-01-09-000

9

$3.141.350

3-2-0

32.00.00

2

1

1

0

132

1-1-1-01-09-000

9

$ 130.450

3-2-0

61.00.00

2

1

1

0

132

1-1-1-01-09-000

9

$1.691.650

3-2-0

41.00.00

2

1

1

0

132

1-1-1-01-09-000

9

$ 887.550

 

ARTÍCULO 8º.- No adjudicar los Ítems Nº 2, 4, 11, 12, 13 y 15 por los motivos expuestos en los considerandos del presente.

 

ARTÍCULO 9º.- Déjese sin efecto los ítems mencionados en el artículo anterior.

 

ARTÍCULO 10°.- Fíjase el monto de la garantía de cumplimiento de contrato que deberá depositar la firma adjudicataria, conforme el artículo 18º de las Cláusulas Legales Particulares del Pliego de Bases y Condiciones, según el siguiente detalle:

 

 

 

  • GOLDEN FRUIT S.A.: por la suma de PESOS SETECIENTOS OCHENTA MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y CINCO ($780.295).

ARTÍCULO 11º.- Autorizase la devolución, a su pedido, de la garantía de oferta una vez depositada la garantía de contrato detallada en el artículo 9° del presente Decreto según el siguiente detalle:

 

- GOLDEN FRUIT S.A.: recibo Nº 10985 resguardo Nº 10985

 

ARTÍCULO 12º.- Autorízase la devolución a su pedido, del depósito de garantía de oferta a las firmas que no resultaran adjudicatarias, conforme el siguiente detalle:

 

 

 

  • CAPUTO HUGO HUMBERTO: recibo Nº 10977 resguardo Nº 10977

 

ARTÍCULO 13º.- Autorízase a pedido de parte, la devolución de la garantía de contrato estipulada en el artículo 27.2º de las Cláusulas Generales del Pliego de Bases y Condiciones, una vez cumplidas todas las obligaciones emergentes de la presente licitación, conforme el artículo 29.2º de las Cláusulas Generales del Pliego de Bases y Condiciones.

 

ARTÍCULO 14°.- El presente Decreto será refrendado por el señor Secretario de Economía y Hacienda.

 

ARTÍCULO 15º- Regístrese, dése al Boletín Municipal, comuníquese y para las notificaciones y demás efectos que correspondan, intervengan la Dirección General de Contrataciones, la Contaduría General y la Tesorería Municipal.

AVC/AVCH/nsd

 

 

                                     BLANCO                                      MONTENEGRO

REGISTRADO BAJO Nº 0953