Boletines/Daireaux
Ordenanza Nº 2404/2021
Daireaux, 12/04/2021
La ley N° 27.592, Ley Yolanda de Formación Integral en Ambiente con Perspectiva de Desarrollo Sostenible. Y;
CONSIDERANDO:
Que la referida ley, lleva el nombre de Yolanda Ortiz, un justo y necesario homenaje a esta mujer que se abocó a incorporar la perspectiva ambiental en la Industria y tratar la complejidad de la temática de manera integral. Fue además la primera titular de la Secretaria en Recursos Naturales y Ambiente Humano de la Argentina, creada por Juan Domingo Perón en 1973, y se convirtió así en la primera mujer en ejercer un cargo de esas características en América Latina.
Que la mencionada ley establece la capacitación ambiental obligatoria con perspectiva de desarrollo sostenible y con particular énfasis en el cambio climático, a todos los empleados de la función pública, en todos sus niveles y jerarquías en los tres Poderes del Estado.
Que con la intención de “llevar la Educación Ambiental a todos los Funcionarios Públicos”, la ley basa sus objetivos en la relevancia de la educación ambiental, como herramienta necesaria para construir permanentemente actitudes que redunden en beneficio de la naturaleza.
Que además la comunidad científica nacional e internacional, advierte sobre los efectos nocivos que provoca la mano del hombre en el Ambiente, por lo que se hace necesario implementar Políticas Públicas, tendientes a lograr un Ambiente ecológicamente equilibrado y sostenible.
Que en este sentido la Ley Yolanda establece lineamientos generales para la capacitación que contemplen ejes temáticos como GRSU (Gestión de Residuos Sólidos Urbanos), Cambio Climático, derecho Ambiental, Economía Circular, Eficiencia energética, Impacto ambiental de las Políticas Públicas, Recursos Naturales y Biodiversidad.
Que se considera de suma importancia garantizar la integración de la sustentabilidad en los ´planes nacionales de recuperación post-COVID 19, instando a los líderes políticos a estar capacitados en estas temáticas para poder tomar decisiones sólidas, argumentadas y apoyadas en valores sustentables y ambientales, que sean beneficiosas para todos los habitantes del territorio argentino, como lo establece el Art. 41 de la Constitución Nacional.
Por ello:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE DAIREAUX, EN USO DE SUS ATRIBUCIONES ACUERDA Y SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
ORDENANZA
ARTICULO 1°: Declárese la adhesión del HCD de Daireaux, a la ley N° 27.592, Ley Yolanda de Formación Integral en Ambiente con Perspectiva de Desarrollo Sostenible, para los funcionarios públicos, en todos sus niveles y jerarquías, en los tres Poderes del Estado.
ARTÍCULO 2°: Facúltese al Departamento Ejecutivo Municipal, a arbitrar los medios que considere necesarios, para dar cumplimiento a la misma.---
ARTICULO 3º: CUMPLASE, COMUNIQUESE, REGISTRESE Y ARCHIVESE.-