Boletines/Tandil

Decreto Nº1691/2021

Decreto Nº 1691/2021

Tandil, 31/05/2021

Visto

La ordenanza N° 17031 y el dto. ley Nº 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires).

Considerando

Que el Decreto 2875/05, reglamentario de la Ley 12.569 prevé en su artículo 20, la conformación de la Mesa Intersectorial provincial contra la violencia familiar, así como la de las mesas locales intersectoriales en cada uno de los municipios, como espacios de articulación y coordinación en el ámbito local, regional y provincial de todas las políticas públicas dirigidas a la prevención y atención de la violencia familiar y de género.

Que la Dirección de Políticas de Género y Diversidad Sexual (DPGyDS) en particular y la Secretaria de Desarrollo Humano y Hábitat en general, de este municipio realizaron la primer convocatoria a la creación de la mesa intersectorial contra la violencia de género, entendiendo que son un espacio donde se reúnen representantes de las distintas instituciones que abordan la cuestión de género, con el objetivo de articular acciones que permitan un mejoramiento de las políticas públicas destinadas a la problemática.

Que siempre fue uno de los objetivos de la DPGyDS promover la participación de mujeres y colectivo LGTBI+ tanto en organizaciones, instituciones como cualquier otro espacio de debate, expresión y construcción.

Que en el marco de las actuaciones promovidas y sostenidas por la Mesa contra la Violencia, este municipio siempre se ha prestado al dialogo, intercambio y articulación con sus participantes.

Que en junio del año 2020 estemunicipio ha firmado un convenio marco de colaboración mutua con el Ministerio Provincial de las mujeres, políticas de género y diversidad sexual, en el marco de la creación del Fono de Emergencia Provincial para Víctimas de Violencia por Razones de Genero, detallando en su Clausula Segunda, Inciso B, lo siguiente: “La contribución para el fortalecimiento o en su caso la conformación de la Mesa Local Intersectorial y la constituciónde redes locales, regionales y provinciales a fin de optimizar la utilización de los recursos necesarios para el abordaje de las problemáticas de violencias por razones de género”; compromiso asumido y cumplimentado por estemunicipio.Que el departamento ejecutivo, forma parte de éste espacio intersectorial.

Que fue sancionada la ordenanza municipal que crea la Mesa Intersectorial de Prevención y Abordaje de la Violencia Familiar y por razones de Género, por unanimidad.

Que en dicha ordenanza, en su artículo 5to, se otorga la posibilidad de hacer uso de fondos enmarcados en la Promoción y Prevención de las violencias por razones de género, previa evaluación de la DPGyDS.

Que es necesario establecer formas claras de uso y rendición de dichos fondos.

Que se encuentra en vigencia la ordenanza N° 15.931 cuyo fin es garantizar el efectivo ejercicio del derecho de acceso a la información pública, promover la participación y la transparencia de la gestión pública en el partido de Tandil.

Por todo ello

EL INTENDENTE MUNICIPAL de TANDIL

D E C R E T A

Artículo 1º: Establecese como autoridad de aplicación de la ordenanza Nro. 17031 a la Dirección de Políticas de Género y Diversidad Sexual, dependiente de la Secretaría de Desarrollo Humano y Hábitat.

Artículo 2°: Apruébese el reglamento de la ordenanza N° 17031 que forma parte del presente decreto como anexo I.

Artículo 3º: Apruébese el “Formulario Modelo de nómina de autoridades de la mesa Intersectorial de Prevención y Abordaje de la Violencia Familiar y por razones de Género, que como anexo II forma parte del presente decreto.

Artículo 4º: El presente decreto será refrendado por el Sr. Jefe de Gabinete de Secretarios.

Artículo 5º: Regístrese, comuníquese y tomen nota la Secretaría de Gobierno, Secretaría de Economía y Administración, Secretaría de Protección Ciudadana, Secretaría Legal y Técnica, Secretaría de Desarrollo Productivo y Relaciones internacionales, Secretaría de Planeamiento y Obras Públicas, Sistema Integrado de Salud Pública Ente Descentralizado, Secretaría de Desarrollo Humano y Hábitat y oportunamente archívese.

Anexo I. Reglamentación de la ordenanza N° 17031

Artículo 1º: Sin reglamentar.

Artículo 2º: Sin reglamentar.

Artículo 3º: Sin reglamentar.

Artículo 4º: Sin reglamentar.

Artículo 5º: a) La Mesa Intersectorial de Prevención y Abordaje de la Violencia Familiar y por razones de Género, luego de cada elección de sus autoridades (la cual se estipula por Reglamento Interno realizarse en Diciembre), deberá remitir nota a la Dirección de Políticas de Género y Diversidad Sexual (DPGyDS) informando quienes son las mismas, presentando el formulario que como Anexo II forma parte del presente acto administrativo, conjuntamente con el acta de designación correspondiente.

Los fondos que la DPGDS destine serán entregados a las autoridades de la Mesa debidamente acreditadas y serán éstas, las responsables de la rendición.

b) Los fondos podrán ser utilizados para actividades que realice la Mesa, deberán estar enmarcadas en el objetivo de la misma, descripto en el artículo 2, de la ordenanza municipal de su creación, el cual se transcribe a continuación: “...articulado entre las diferentes instancias institucionales que la integran con el objeto de monitorear e incidir en la formulación de políticas públicas eficaces para la prevención, sanción y erradicación de la violencia de género en el ámbito local. Así como diseñar, planear e implementar acciones y estrategias específicas para la prevención y el abordaje integral de las violencias por razones de género en el marco de la ruta crítica.

-Se definen los siguientes objetivos: Recopilar, sistematizar y analizar información confiable y veraz en materia de violencia de género. Realizar recomendaciones de política pública a los organismos correspondientes. Planificar acciones en pos del trabajo en los diferentes ámbitos públicos para la visibilización, problematización y transformación de prácticas sociales que reproduzcan violencias por motivo de género. Articular con la Dirección de Mesas Locales Intersectoriales para el abordaje de las violencias por razones de género o la que corresponda en el ámbito del Sistema Integrado Provincial para el Abordaje de la Violencia Familiar y de Género (SIP) en el marco del Ministerio de las Mujeres, Políticas de Género y Diversidad Sexual. Articulación de políticas y lineamientos a nivel local que emanen de distintas instancias ministeriales tanto en el ámbito provincial como nacional”.

c) Durante el mes de Febrero de cada año, la DPGyDS, recepcionará las propuestas de actividades a ser financiadas. Dicha propuesta deberá ser remitida con la firma de las autoridades de la Mesa y deberá contener:

1- Título y Objetivo de la actividad: deberá marcar a cuál de los objetivos de los aquí mencionados, responde la actividad.

2- Responsables de su desarrollo: quienes deberán permanecer a disposición de evacuar dudas y propuestas como a su vez, deberán acompañar con su firma la rendición de los gastos.

3- Gastos totales de la actividad: Deberá presentar una planilla donde se describa el valor total estimado de la actividad, con detalles y valores parciales.

4- Gastos a cubrir por la DPGyDS.

5- Población destinataria directa e indirecta.

6- Tiempos de ejecución.

d) En el mes de marzo, la DPGyDS deberá informar a la Mesa y a la Secretaría de Economía y Administración, cuales son las actividades que financiará y si lo hará en la totalidad de cada una de las propuestas o en algún porcentaje.

e) Las autoridades de la mesa tendrán hasta el mes de Noviembre de cada año para rendir los gastos realizados, los cuales serán presentados en una planilla que brinde detalles de los mismos. Cada gasto incurrido deberá ser rendido con el formato que proponga la Secretaría de Economía y Administración del Municipio y acorde a las normas y leyes contables existentes. Dicha rendición será presentada en la DPGyDS la cual evaluará si ésta responde a las acciones acordadas y luego remitirá a la Secretaría correspondiente.

El Anexo II (Formulario Modelo Nómina de Autoridades) se encuentra en archivos de trabajo del presente.

Firma Digital: Oscar Alberto Teruggi (Jefe de Gabinete)    -    Miguel Ángel Lunghi (Intendente)

                            Jefatura de Gabinete de Secretarios             -                     Intendencia

Anexos

ANEXO II

DESCARGAR