Boletines/Tapalqué
Decreto Nº 1461/17
Tapalqué, 29/12/2017
Visto
La Ley Orgánica Municipal, Ordenanza de Presupuesto y Ordenanza Complementaria que prescribe que “Todo el personal Municipal excluido del Estatuto para el Personal de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires, Art. 2º de la Ley 11.757………….podrán percibir bonificaciones contempladas para el personal de Planta Permanente” y demás normativa aplicable, y
Considerando
1) Que resulta necesario adecuar la situación actual del Sub- Director del Hospital Municipal con la realidad del municipio, 2) Que el desempeño de dicho cargo implica dedicarse exclusivamente al ámbito municipal, al efecto de no menoscabar esta función, 3) Que por error administrativo involuntario se omitió la emisión del presente acto administrativo en la fecha correspondiente,
Por ello el Intendente Municipal, en uso de sus facultades decreta.
ARTICULO 1º: Establécese que transitoriamente el cargo de Sub-Director del Hospital Municipal de Tapalqué percibirá una bonificación mensual del 50% del básico correspondiente por actividad exclusiva, retroactivo al día 01 de Mayo de 2017 y hasta el día 30 de Abril de 2018.-
ARTÍCULO 2º: Cúmplase, comuníquese a quien corresponda, regístrese y archívese.-