Boletines/Lobería
Ordenanza Nº 2517-21
Lobería, 28/05/2021
VISTO:
Lo dispuesto en los artículos 77 primer párrafo, 107 y 108 de la Ley Orgánica de las Municipalidades, el artículo 38 de la Ley 15225 de la Provincia de Buenos Aires, los artículos 230 y 231 del Reglamento de Contabilidad y Disposiciones de Administración para las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires; y
CONSIDERANDO:
QUE, los estados contables exteriorizan partidas presupuestarias con excesos;
QUE, los excesos: $ 1.257.437,08 perteneciente a fondos de origen nacional, rubro 222.01.14 90 Viviendas “Techo Digno”, categoría programática 27.71.00 y $ 5.551.016,19 perteneciente a fondos de origen nacional, rubro 222.01.01 Argentina Hace - II “Construcción de Desagües Pluviales Cuadrante Noroeste Escuela 7”, categoría programática 37.76.00; provienen de gastos financiados con fondos afectados, que al cierre del Ejercicio 2020, no se materializaron, y dichos fondos ingresaran en el Ejercicio 2021,
QUE, los excesos correspondientes a $ 13.633,76 perteneciente a la fuente de financiamiento provincial, rubro 225.01.03 P.F.M. Agua Potable, y $ 109.168,75 rubro 225.01.04 I.V.B.A Infraestructura, categoría programática 37.80.00; ambas corresponden a diferencias expuestas que provienen de ejercicios anteriores al ejercicio 2002; luego de enviar en reiteradas oportunidades, la documentación respaldatoria que consta en nuestras dependencias, no siendo sustento para la relatoría, se procede a realizar los ajustes necesarios para exponer correctamente los saldos disponibles en cada cuenta
QUE, de acuerdo a los procedimientos indicados por el Honorable Tribunal de Cuentas, se realiza la transferencia de crédito con recursos ordinarios sin afectación, los cuales quedan reflejados en el modelo 44,
QUE, de acuerdo a las facultades otorgadas por la Ley Orgánica de las Municipalidades, el Departamento Ejecutivo puede solicitar al Honorable Concejo Deliberante la convalidación de las partidas excedidas,
POR ELLO, el H. CONCEJO DELIBERANTE DE LOBERIA, de acuerdo a sus facultades, aprueba la siguiente:
ORDENANZA
ARTICULO 1.- CONVALIDANSE los excesos producidos en las Partidas del Presupuesto de Gastos Año 2020, en la suma de PESOS SEIS MILLONES NOVECIENTOS TREINTA Y UN MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y CINCO CON SETENTA Y OCHO CENTAVOS ($ 6.931.255,78.-) de acuerdo a lo dispuesto en el detalle siguiente:
|
Fuente de Financiamiento |
Apertura Programática |
Jurisdicción |
Exceso |
|
|
1110104000 - Secretaría de Infr. Obras y Servicios Públicos |
||||
|
133 |
27.71.00 - Construcción 90 Viviendas "Techo Digno" |
|||
|
5.2.1.0 - Transferencias a personas |
1.257.437,08 |
|||
|
133 |
37.76.00 - Desagüe Pluvial Moreno Barragán |
|||
|
2.1.5.0 - Madera, corcho y sus manufacturas |
71.525,00 |
|||
|
2.2.2.0 - Prendas de vestir |
5.472,00 |
|||
|
2.5.5.0 - Tintas, pinturas y colorantes |
12.360,00 |
|||
|
2.5.6.0 - Combustibles y lubricantes |
87.454,23 |
|||
|
2.6.1.0 - Productos de arcilla y cerámica |
248.320,00 |
|||
|
2.6.2.0 - Productos de vidrio |
960,00 |
|||
|
2.6.4.0 - Productos de cemento, asbesto y yeso |
33.530,00 |
|||
|
2.6.5.0 - Cemento, cal y yeso |
516.996,75 |
|||
|
2.6.9.0 - Otros |
3.000,00 |
|||
|
2.7.1.0 - Productos ferrosos |
833.752,00 |
|||
|
2.7.2.0 - Productos no ferrosos |
25.890,00 |
|||
|
2.7.5.0 - Herramientas menores |
8.434,00 |
|||
|
2.8.4.0 - Piedra, arcilla y arena |
138.128,00 |
|||
|
2.9.3.0 - Útiles y materiales eléctricos |
2.955,00 |
|||
|
2.9.9.0 - Otros |
800,00 |
|||
|
3.1.1.0 - Energía eléctrica |
1.493,27 |
|||
|
3.2.2.0 - Alquiler de maquinaria, equipo y medios de transporte |
60.000,00 |
|||
|
3.4.9.0 - Otros |
3.405.645,94 |
|||
|
3.5.9.0 - Otros |
19.500,00 |
|||
|
3.7.2.0 - Viáticos y Movilidad |
34.800,00 |
|||
|
4.3.7.0 - Equipo de oficina y muebles |
40.000,00 |
|||
|
132 |
37.80.00 - Ampliación Red Agua y Desagües Cloacales |
|||
|
1.2.1.0 - Retribuciones del cargo |
97.472,10 |
|||
|
1.2.5.0 - Contribuciones patronales |
11.696,65 |
|||
|
2.5.8.0 - Productos de material plástico |
13.633,76 |
|||
ARTICULO 2°.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro de Ordenanzas, cumplido, ARCHIVESE.
DADA EN SESION VIRTUAL POR ZOOM DE FECHA VEINTISIETE DE MAYO DEL AÑO DOS MIL VEINTIUNO, SANCIONADA POR UNANIMIDAD.-
MARIA GABRIELA PUCCI HECTOR MARIO HARDOY
SECRETARIA HCD PRESIDENTE HCD
ORDENANZA Nº 2517-21