Boletines/Lobería

Decreto Nº339-21

Decreto Nº 339-21

Lobería, 01/03/2021

ASÍGNANSE tareas al personal destajista.

Visto

Las atribuciones conferidas por los artículos 107 y 108 Inciso 17 de la Ley Orgánica de las Municipalidades, la Ley Provincial 14.656, el artículo 49 de la Ordenanza Nº 1.973/15 y su Decreto Reglamentario Nº 1.167/16 -Régimen de Empleo de la Municipalidad de Lobería-, la Ordenanza Nº 2.383/19, el Decreto Nº 74/21; y

 

Considerando

QUE, el Secretario de Infraestructura, Obras y Servicios Públicos ARQ. DANIEL MASÓN, solicita la asignación de tareas al personal destajista designado mediante Decreto Nº 74/21, que realizará trabajos de pintura en aulas de la Escuela N° 1 de esta ciudad, a partir del 26 de febrero de 2021;

POR ELLO, EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE LOBERÍA, en uso de las facultades que le son propias, dicta el siguiente:

D  E  C  R  E  T  O

 

ARTÍCULO 1.- ASÍGNANSE tareas al personal destajista, SR. GABRIEL MORALES, D.N.I. 36.387.690, designado mediante Decreto Nº 74/21, que realizará trabajos de pintura en aulas de la Escuela N° 1 del partido de Lobería, a partir del 26 de febrero de 2021.

ARTÍCULO 2.- Las tareas específicas a realizar y los montos a percibir por las mismas, se detallan a continuación:

TAREAS

  • Colocar 60 ml de zócalos de madera y pintar. Monto: $17.096                                                                        

ARTÍCULO 3.- El monto total a abonar será de PESOS DIECISIETE MIL NOVENTA Y SEIS   ($ 17.096.-), resultando luego de aplicar los descuentos correspondientes, una suma efectiva de PESOS CATORCE MIL SETECIENTOS DOS CON CINCUENTA SEIS CENTAVOS    ($  14.702,56.-) correspondiendo al Municipio, además, efectuar aportes patronales por I.P.S. $ 2.051,52. La certificación se realizará en forma mensual, previa verificación del área correspondiente.

ARTÍCULO 4.- El presente gasto se imputará a la Partida: “1110104000 Secretaría de Infraestructura, Obras y Servicios Públicos - 37.Dirección de Obras de Infraestructura -03 Programa Especial de Emergencia Educativa – 5.2.2.0 Transferencias a Instituciones de enseñanza – F.F.132 De origen provincial.

ARTÍCULO 5.- Tomen conocimiento Secretaría de Infraestructura, Obras y Servicios Públicos, Oficina de Personal, Contaduría Municipal, Oficina de Seguros y Honorable Concejo Deliberante. Dése al Registro de Decretos, cumplido ARCHÍVESE.

DECRETO Nº 339/21