Boletines/Lobería

Decreto Nº281-21

Decreto Nº 281-21

Lobería, 17/02/2021

REGISTRASE Ad Referendum del Honorable Concejo Deliberante el BOLETO DE COMPRAVENTA, celebrado oportunamente entre la Municipalidad de Lobería

Visto

Lo dispuesto en los artículos 107, 108 y 156 inciso 10º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, los artículos 157, 161 y 194 del Reglamento de Contabilidad y Disposiciones de la Administración del Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires, el Expediente Nº 4066-492/20; y

Considerando

QUE, la Municipalidad de Lobería celebró con fecha 29 de noviembre de 2010 un boleto de compraventa con el objeto de adquirir ciento un (101) inmuebles inscriptos con relación a las matrículas 792, 793 y 823 del Registro de la Propiedad Inmueble del Partido de Lobería (061), propiedad de los Sres. Corina Celia Yaffar, Silvina Marisa Mandile, Oscar Alberto Mandile, Nicolás Alfredo Martínez, Julieta Anahí Martínez y Ana Paula Martínez;

QUE, según consta en la copia del segundo testimonio de la escritura N° 47 y del informe de dominio agregado en el expediente citado, el titular de dichos inmuebles es el Sr. Oscar Antonio Mandile, fallecido el 17 de junio de 1992 y sus únicos y universales herederos son sus hijos Viviana Alicia, Oscar Alberto y Silvina Marisa Mandile y su esposa Corina Celia Yaffar;

QUE, debido a la demora de los herederos en culminar los trámites sucesorios, la Municipalidad intimó a los mismos por medio de carta documento, estando en la actualidad completa la documentación para hacer escriturar;

QUE, debido a la necesidad de escriturar el inmueble identificado catastralmente como Circunscripción I, Sección C, Quinta 95, Manzana 95d, Parcela 6, Matrícula 061-623 del Registro de la Propiedad Inmueble del Partido de Lobería, resulta pertinente registrar el instrumento legal celebrado, situación omitida en tiempo y forma;

QUE, a su vez es menester solicitar la intervención de la Escribanía General de Gobierno para gestionar la pertinente escrituración, previa convalidación de la compra por parte del Honorable Concejo Deliberante;

POR ELLO, EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE LOBERIA, en uso de las atribuciones que le son propias, dicta el siguiente:

D  E  C  R  E  T  O

ARTICULO 1.- REGISTRASE Ad Referendum del Honorable Concejo Deliberante el BOLETO DE COMPRAVENTA, celebrado oportunamente entre la Municipalidad de Lobería con fecha 29 de noviembre de 2010, para adquirir ciento un (101) inmuebles inscriptos con relación a las matrículas 792, 793 y 823 del Registro de la Propiedad Inmueble del Partido de Lobería (061), propiedad de los Sres. Corina Celia Yaffar, Silvina Marisa Mandile, Oscar Alberto Mandile, Nicolás Alfredo Martínez, Julieta Anahí Martínez y Ana Paula Martínez.

ARTICULO 2.- La escritura y diligencias notariales se realizarán con la intervención de la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires o el notario que ésta designe en ejercicio de sus facultades y competencias.

ARTÍCULO 3.- El referido instrumento legal consta en el Libro de Contratos Año 2021 bajo el número 118.

ARTICULO 4.- Impútese a la Partida: “1110101000 Unidad Intendente 01.01. Conducción Política del Municipio – 4.1.1.0. Tierras y Terrenos”.

ARTICULO 5.- Tomen conocimiento Asesoría Letrada, Contaduría y Honorable Concejo Deliberante. Dése al Registro de Decretos, cumplido, ARCHIVESE.

PALO J. BARRENA                                             JUAN JOSÉ FIORAMONTI

SECRETARIO DE GOBIERNO                              INTENDENTE MUNICIPAL

DECRETO Nº 281-21