Boletines/Lobería
Decreto Nº 241-21
Lobería, 05/02/2021
ASÍGNANSE tareas al personal destajista
Visto
Las atribuciones conferidas por los artículos 107 y 108 Inciso 17 de la Ley Orgánica de las Municipalidades, la Ley Provincial 14.656, el artículo 49 de la Ordenanza Nº 1.973/15 y su Decreto Reglamentario Nº 1.167/16 -Régimen de Empleo de la Municipalidad de Lobería-, la Ordenanza Nº 2470/20, la Nota Nº 11.261/21, los Decretos Nº 74/21 y N° 132/21, el Expediente Nº 4066-043/20; y
Considerando
QUE, por Nota Nº 11.261/21, Expediente Nº 4066-043/20, el Secretario de Infraestructura, Obras y Servicios Públicos ARQ. DANIEL MASÓN, solicita la asignación de tareas al personal destajista designado mediante los Decretos Nº 74/21 y N° 132/21, que realizarán estructuras de hormigón armado en el Centro Universitario, a partir del 20 de enero de 2021;
POR ELLO, EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE LOBERÍA, en uso de las facultades que le son propias, dicta el siguiente:
D E C R E T O
ARTÍCULO 1.- ASÍGNANSE tareas al personal destajista que se detalla, designado por Decretos Nº 74/21 y N° 132/21, en los porcentajes especificados, que realizarán estructuras de hormigón armado en el Centro Universitario, a partir del 20 de enero de 2021:
APELLIDO Y NOMBRE DOCUMENTO PORCENTAJE
CHAPPET GONZÁLEZ, ADRIAN EDUARDO 28.140.767 25%
AMARILLA SOTO, DEMETRIO FABIAN 94.121.451 25%
ORTIZ GODOY, RAFAEL 92.661.601 25%
CHAPPET, ORLANDO EDUARDO 11.845.613 25%
ARTÍCULO 2.- Las tareas específicas a realizar y los montos a percibir por las mismas, se detallan a continuación:
TAREAS
Hacer estructura de hormigón armado: Bases, columnas, vigas y losa. Monto: $ 2.093,400
ARTÍCULO 3.- El monto total a abonar será de PESOS DOS MILLONES NOVENTA Y TRES MIL CON CUATROCIENTOS ($ 2.093,400-), resultando luego de aplicar los descuentos correspondientes, una suma efectiva de PESOS UN MILLON OCHOCIENTOS MIL TRESCIENTOS VEINTICUATRO ($ 1.800,324.-) correspondiendo al Municipio, además, efectuar aportes patronales por I.P.S. $ 251.208 La certificación se realizará en forma quincenal, previa verificación del área correspondiente.
ARTÍCULO 4.- El presente gasto se imputará a la Partida: “1110104000 Secretaría de Infraestructura Obras y Servicios Públicos – 37 Dirección de Obras de Infraestructura – 53 Universidad 1ra. Etapa – 1.2.1.0. Retribuciones del Cargo – F.F. 132 De origen provincial” del Presupuesto de Gastos vigente.
ARTÍCULO 5.- Tomen conocimiento Secretaría de Infraestructura, Obras y Servicios Públicos, Oficina de Personal, Contaduría Municipal, Oficina de Seguros y Honorable Concejo Deliberante. Dése al Registro de Decretos, cumplido ARCHÍVESE.
PABLO J. BARRENA JUAN JOSÉ FIORAMONTI
SECRETARIO DE GOBIERNO INTENDENTE MUNICIPAL
DECRETO Nº 241/21