Boletines/Quilmes

Ordenanza Nº12811/17

Ordenanza Nº 12811/17

Quilmes, 05/12/2017

VISTO que el Honorable Concejo Deliberante, en actuaciones tramitadas bajo el Nº de Expediente HCD-O-2-26709-17 ha sancionado la Ordenanza Nº 12811/17 en la Sesión Ordinaria del día 28 de Noviembre de 2017, que dice:

VISTO

El Expte. Nº 2-26709-HCD-17, presentado por el Concejal GASTON FRAGUEIRO. Ref.: La Ley de Tránsito Nº 24.449, y la preocupación por parte del plantel docente, vecinos, padres y Autoridades del  Instituto María Auxiliadora  sobre la seguridad de los alumnos que concurren al mismo, sito en la Calle Pringles 604 intersección con la Calle Ameghino de la Localidad de Bernal, y

CONSIDERANDO

                                  Que se entiende necesario actualizar la señalización que indique el emplazamiento de la Institución Educativa a la cual concurren más de 500 alumnos entre todos los ciclos.                               

                                  Que la Institución se encuentra sobre una Calle en la cual desembocan la gran mayoría de vehículos que salen del Bajo Vías Bernal con retome hacia el Sur, sumándole el paso de la Línea de Colectivos 159 sobre la misma provocando embotellamiento y peligro para el alumnado.

                            Que la reducción de velocidad en sus proximidades, los cruces peatonales, los espacios reservados para ascenso y descenso de pasajeros, es extremadamente necesaria para la seguridad de los menores y de las personas actuantes.

                                  Que la presencia de cartelera que indique “Despacio Escuela” y “Señalización con pintura refractaria del cordón de la vereda”, redundara en mayores garantías y un mayor cumplimiento de las Normas viales, tanto para conductores como transeúntes y aún más en el caso de los educandos.

                                       Que la colocación de reductores de velocidad, minimizaran la velocidad, favorecerán la prevención de accidentes de tránsito.

ORDENANZA

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, SANCIONA:

ARTICULO   1°:   AUTORIZASE al Departamento Ejecutivo  Municipal, a través del área que corresponda, arbitre los medios necesarios a fin de efectuar la señalización en las inmediaciones del Instituto María Auxiliadora, ubicado sobre la Calle Pringles 604 de la Localidad de Bernal que se detalla a continuación:

  1. Instalar carteles indicadores con la leyenda DESPACIO ESCUELA – VELOCIDAD MAXIMA 20 KM.
  2. Señalización horizontal de las sendas peatonales en las esquinas adyacentes a la Institución Educativa.
  3. Señalización vertical de PARE y/o con la leyenda “CEDA EL PASO” en las esquinas de las calles inmediatas a la Institución.
  4. Señalización de senda peatonal.
  1. Deberá delimitar sobre el frente del establecimiento, el área destinada al ascenso y descenso de los alumnos, mediante la señalización horizontal y vertical de “PROHIBIDO ESTACIONAR EN HORARIO ESCOLAR”, EN LOS HORARIOS DE INGRESO Y EGRESO ESCOLAR”.

ARTICULO   2°:   DISPONGASE que los gastos que demanden el cumplimiento de la presente Ordenanza serán imputados a las Partidas Municipales, asignadas para tal fin.

ARTICULO   3º: COMUNIQUESE a quienes corresponda, dése al    Registro General y ARCHIVESE.

 

Fdo.: Cdor. JUAN M. BERNASCONI, Presidente del H.C.D.

         Dr. DANIEL A. MARCHI, Secretario Legislativo del H.C.D.

Por ello;

EL INTENDENTE MUNICIPAL

DECRETA:

ARTICULO   1º:   PROMULGASE la Ordenanza N° 12811/17  sancionada por el Honorable Concejo Deliberante, en la Sesión Ordinaria del día 28 de Noviembre de 2017.-

ARTICULO   2º:   DESE al Registro General, Publíquese y  ARCHIVESE.-

 

DR. IGNACIO C. ALBERTO                                     MARITNIANO MOLINA

SECRETARIO LEGAL Y TECNICO                              INTENDENTE

DECRETO Nº 5512/2017.-