Boletines/Quilmes

Decreto Nº590/2021

Decreto Nº 590/2021

Quilmes, 09/03/2021

Visto

El expediente N°4091-1926-D-2021, iniciado por Jefatura de Gabinete de la Municipalidad de Quilmes, cuyo objeto es la contratación del servicio mensual de puesta en valor y embellecimiento de diversas plazas del Distrito a través de Cooperativas de Trabajo, en el marco del artículo 156 inciso 11º de la Ley Orgánica de las Municipalidades (Decreto-Ley N°6.769/58 con modificaciones vigentes); y

Considerando

Que por expediente referenciado en el visto, la Jefatura de Gabinete solicita la contratación del servicio mensual de puesta en valor y embellecimiento de la Plaza de la Cruz, Plaza del Bicentenario, Plaza del Maestro, Plaza Suiza, Plaza José Eduardo Pardo, Plaza Aristóbulo del Valle, Plaza Villa Armonía y Plaza de la Paz, a favor de la Cooperativa de Trabjao La Estrella Limitada, bajo la modalidad de compra excepcional del artículo 156 inciso 11° de la Ley Orgánica de las Municipalidades (Decreto-Ley N°6.769/58);

Que luce agregada la solicitud de pedido N° 645 de fecha 04/03/2021;

Que la Emergencia Ambiental y Sanitaria fue declarada por Ordenanza Nº 13.318/19 de fecha 30/12/2019, la cual se encuentra prorrogada por Decreto Nº 2975 de fecha 29/12/2020; 

Que la mencionada norma en su artículo 3º autoriza al Departamento Ejecutivo, conforme el artículo 52º de la L.O.M., a reasignar partidas y efectuar, con carácter excepcional y durante el plazo que dure la Emergencia, contrataciones directas que tengan por objeto “brindar solución a las necesidades sanitarias y ambientales locales”;

Que el Reglamento de Contabilidad y Disposiciones de Administración para las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires en su artículo 194 establece que: “la Compra Directa es procedente hasta el monto que fija la Ley Orgánica Municipal o para los casos de excepción previstos en la misma (artículos 151 y 156). La autoridad contratante procurará asegurarse por los medios a su alcance, que el precio cotizado sea el más conveniente de plaza a la fecha de la contratación.”;

Que el Decreto-Ley 6.769/58 establece en su artículo 156 excepciones a las previsiones determinadas respecto a licitaciones y concursos, admitiendo compras y contrataciones directas en los casos de ““[l] “La compra de bienes y/o contratación de servicios producido por Talleres Protegidos y toda otra instancia protegida de producción debidamente habilitada, registrada y supervisada por el Ministerio de Acción Social o aquél que haga sus veces.”, (cfme. inc. 11° del artículo citado);

Que las excepciones establecidas para las licitaciones y concursos de precio en este tipo de adquisiciones, no implica descuidar los detalles de transparencia, seguridad jurídica y responsabilidad que debe imperar en la gestión de los bienes públicos;

Que el artículo 88 del Reglamento Municipal de Compras y Suministros, hace referencia al procedimiento de contratación directa, sin límite de monto, cuando el caso encuadre dentro de las excepciones establecidas en el artículo 156 de la (LOM);

Que el artículo 89 del mismo reglamento, establece los requisitos, los cuales se encuentran cumplidos en los presentes;

Que el Reglamento de Contrataciones Compras y Suministros de la Municipalidad de Quilmes, faculta a la Intendenta Municipal para adjudicar o rechazar las contrataciones efectuadas por el Departamento Ejecutivo;

Que en los actuados obra el Dictamen de la Subsecretaria de Asesoría Letrada de la Municipalidad de Quilmes en el cual se concluye que no encuentra objeciones técnico jurídicas para ejecutar la contratación directa solicitada;

Que el recurso utilizado será proveniente de la Fuente de Financiamiento 110 (Tesoro Municipal);

Que por razones de oportunidad, mérito y conveniencia, resulta necesario y razonable efectuar el presente acto administrativo de adjudicación directa a favor del “Cooperativa de Trabajo La Estrella Limitada” respecto de la contratación del servicio mensual de puesta en valor y embellecimiento de diversas plazas del Distrito;

Que el presente Decreto se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 107 y 156 inciso 11° de la Ley Orgánica de las Municipalidades (Decreto-Ley N°6.769/58 con modificaciones vigentes); y

Por todo lo expuesto; 

LA INTENDENTA MUNICIPAL

DECRETA:

ARTÍCULO 1°: ADJUDÍCASE al proveedor “COOPERATIVA DE TRABAJO LA ESTRELLA LIMITADA” CUIT N° 30-70891984-1, el objeto de contratación directa consistente en el servicio mensual de puesta en valor y embellecimiento de la Plaza de la Cruz, Plaza del Bicentenario, Plaza del Maestro, Plaza Suiza, Plaza José Eduardo Pardo, Plaza Aristóbulo del Valle, Plaza Villa Armonía y Plaza de la Paz, de acuerdo a la Solicitud de Pedido N° 645/2021, por un monto total de pesos veinte millones cien mil ($ 20.100.000,00.-), IVA incluido, de conformidad a los valores cotizados.- 

ARTÍCULO 2°: DISPÓNESE que el presente gasto se imputará en el Presupuesto de Gastos de la Administración Central 111.00.00.000 Departamento Ejecutivo 111.01.75.00 en la Subjurisdicción “Jefatura de Gabinete”, Categoría Programática 01.00.00, Fuente de Financiamiento 110; correspondiendo a la Partida 3.3.9.0.- 

ARTÍCULO 3°: DISPÓNESE que el presente Decreto será refrendado por el Sr. Jefe de Gabinete.-

ARTÍCULO 4°: COMUNÍQUESE a quienes corresponda, dése al registro General y ARCHÍVESE.-

LIC. ALEJANDRO E. GANDULFO                                 MAYRA S. MENDOZA

JEFE DE GABINETE                                                        INTENDENTA

MUNICIPALIDAD DE  QUILMES                             MUNICIPALIDAD DE QUILMES

 

                    Dr. CLAUDIO H. CARBONE

                      Secretario Legal y Técnico

               MUNICIPALIDAD DE QUILMES                      

 

 

ALEJANDRA S. PRIETO

   Secretaria de Hacienda

MUNICIPALIDAD DE QUILMES

 

DECRETO 590/2021