Boletines/Quilmes
Decreto Nº 944/2021
Quilmes, 09/04/2021
Visto
el Expediente Nº 4091-1826-0-2021 iniciado por la Secretaría de Desarrollo Urbano y Obra Pública de la Municipalidad de Quilmes, cuyo objeto es la contratación de trabajos a realizar en relación a la obra "Proyecto de Obras Tempranas (POT) - Barrio Kilómetro 13", mediante la modalidad establecida en el inc. c) del art. 132 de la L.O.M. en el marco del Convenio entre la Secretaria de Integración Socio-Urbana del Ministerio de Desarrollo Social de la Nación y la Municipalidad de Quilmes registrado bajo Nº 0042/2021; y
Considerando
Que el artículo 132 inc. c) del Decreto-Ley Nº 6769/58 (LOM), establece que '11]a ejecución de las obras públicas corresponde al Departamento Ejecutivo. En las realizaciones mediante consorcios, convenios y demás modalidades, su intervención será obligatoria.
Las obras públicas que se realicen por contrato con terceros, aún aquellas, respecto de las cuales se impone la percepción de su costo a /os beneficiarios, sólo podrán ser adjudicadas cumplido el requisito previo de la licitación. Sin embargo podrán contratarse directamente, sin tal requisito, cuando:( ... )
c) Se trate de obras de infraestructura realizadas por cooperativas o asociaciones de vecinos."
Que la excepción legal, aplicable al caso, no deja por ello de atender los detalles de transparencia, seguridad jurídica y responsabilidad que debe imperar en la gestión de los bienes públicos;
Que el recurso utilizado será proveniente de la Fuente de Financiamiento 133 (origen nacional);
Que en autos obran la Solicitud de Pedido Nº 619/2021, la solicitud de gastos, el Proyecto de Obras Tempranas (POT) - Barrio Kilómetro 13, el pliego de bases y condiciones legales para la eJeéüción del proyecto y la copia del Convenio Nº 0042/2021 registrado en fecha 1O de febrero del 2021;
Que lucen agregadas la nota suscripta por la Sra. Secretaria de Desarrollo Urbano y Obra Pública, por la que recomienda que se adjudique los trabajos solicitados en el marco del convenio citado, a la Cooperativa de Trabajo La Unión de Azul Ltda., dado que "posee una amplia experiencia en la realización de obras de similares características (...)" · y el presupuesto presentado por la misma cooperativa;
Que en los actuados obra el Dictamen de la Subsecretaria de Asesoría Letrada de la Municipalidad de Quilmes en el cual se concluye en que no se encuentran objeciones jurídicas para ejecutar en la contratación directa en cuestión, entendiendo viable la aplicación del art. 132 inc. c) de la Ley Orgánica de las Municipalidades;
Que as1m1smo, se encuentra prorrogada mediante DECRE-2020-1176-GDEBA-GPBA, la emergencia en materia de infraestructura, hábitat vivienda y servicios públicos, que fuera declarada mediante Ley Provincial Nº 15.165;
Que por razones de oportunidad, mérito y conveniencia, resulta necesario y razonable efectuar el presente acto administrativo de adjudicación directa consistente en la ejecución del "Proyecto de Obras
Tempranas (POT) - Barrio Kilómetro 13" a favor de Cooperativa de Trabajo La Unión de Azul Ltda. ;
Que el presente Decreto se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 107, 132 inc. c), subsiguientes y concordantes de la Ley Orgánica de las Municipalidades (Decreto-Ley Nº 6.769/58 y modificaciones vigentes); y
Por todo lo expuesto;
LA INTENDENTA MUNICIPAL
DECRETA:
ARTÍCULO 1º: ADJUDÍCASE al proveedor "Cooperativa de Trabajo La Unión de Azul Limitada" C.U.I.T. Nº 30-70877883-0, el objeto de contratación directa consistente en la ejecución del "Proyecto de Obras Tempranas (POT) - Barrio Kilómetro 13", de acuerdo a la Solicitud de Pedido Nº 619/2021, por un monto total de pesos cuarenta millones ocho mil novecientos uno con once centavos ($ 40.008.901,11) IVA incluido, de conformidad a los valores cotizados, en el marco del artículo 132 inc. c), subsiguientes y concordantes de la Ley Orgánica de las Municipalidades (Decreto-Ley Nº 6.769/58 y modificaciones vigentes).-
ARTÍCULO 2º: DISPÓNESE que el presente gasto se imputará en el Presupuesto de Gastos de la Administración Central 111.00.00.000 Departamento Ejecutivo 111.01.73.00 en la Subjurisdicción "Secretaría de Desarrollo Urbano y Obra Pública"; Categoría Programática 83.75.00, Fuente de Financiamiento 133; correspondiendo a la Partida 4.2.2.0.-
ARTÍCULO 3º: DISPÓNESE que el presente Decreto será refrendado por el Sr. Jefe de Gabinete.-
ARTÍCULO 4º: COMUNÍQUESE a quienes corresponda, dése al registro General y ARCHÍVESE.-
JEFE DE GABINETE INTENDENTA
MUNICIPALIDAD DE QUILMES MUNICIPALIDAD DE QUILMES
Dr. CLAUDIO H. CARBONE
Secretario Legal y Técnico
MUNICIPALIDAD DE QUILMES
ALEJANDRA S. PRIETO
Secretaria de Hacienda
MUNICIPALIDAD DE QUILMES
Arq. CECILIA SOLER
Secretaría de Desarrollo
Urbano y Obra Pública
MUNICIPALIDAD DE QUILMES
DECRETO 944/2021