Boletines/Quilmes
Decreto Nº 863/2021
Quilmes, 06/04/2021
Visto
la Ley N° 27.541, Ley Organica de las Municipalidades (Decreto-Ley N°
6.769/58 con modificaciones vigentes), la Ordenanza N° 13.318, el Decreto
N°260/2020 del Poder Ejecutivo Nacional, el Decreto N° 132/2020 del Gobierno
Provincial, las Recomendaciones de la Organizacion Mundial de Ia Salud y la
Resolucion Interna N° 4/2020; y
Considerando
Que en nuestro pais, el Poder Ejecutivo Nacional a traves del
Decreto N° 260/2020 ha ordenado ampliar la emergencia en materia sanitaria
establecida por Ley N° 27.541, por el plazo de un (1) año;
Que por Decreto N° 132/2020, se declar6 la emergencia
sanitaria en todo el territorio provincial por el termino de ciento ochenta (180)
dias;
Que en nuestro distrito se encuentra vigente desde el 30 de
diciembre del pasado arm la emergencia sanitaria, declarada por la Ordenanza
N°13.318;
Que debido a los alertas epidemiologicos reportados por la
Organizacion Mundial de la Salud, sumado a los emitidos por el Ministerio de
Salud de la Nacion y el Ministerio de Salud de la Provincia de Buenos Aires, en
referencia al COVID-19, Dengue y Sarampion, de los que el Municipio de Quilmes
no es ajeno;
Que, atento el riesgo que supone lo mencionado para la salud
publica, es fundamental que durante esta etapa de contencion se adopten las
medidas de prevencion y atencion necesarias para evitar la propagacion del virus
COVID-19;
Que mediante Resolucion Interna N° 4/2020, el Secretario de
Salud suspende temporalmente a partir del 12 de marzo de 2020, todo tipo de
licencias y permisos para todo el personal de la Secretaria de Salud;
Que es deseo de la Intendenta Municipal reconocer la labor
desarrollada por el personal que cumple la funcion de atencion medica abocado
al manejo de casos relacionados con Ia pandemia de COVID-19
Que el Departamento Ejecutivo considera necesario la
creacion de un "Bono Especial de Emergencia Sanitaria 2021";
Que el presente Decreto se dicta en use de las atribuciones
conferidas por el articulo 107 y concordantes de la Ley Organica de las
Municipalidades (Decreto-Ley N° 6.769/58 con modificaciones vigentes); y
Por todo lo expuesto;
LA INTENDENTA MUNICIPAL
DECRETA:
ARTiCULO 1°: CREASE un "Bono Especial de Emergencia Sanitaria 2021" con
caracter no remunerativo y no bonificable, a liquidarse en el mes de marzo de
2021, para el personal mensualizado perteneciente a la planta transitoria que
cumple funcion de atencion medica, abocado al manejo de casos relacionados
con la pandemia de COVID-19 por la suma de pesos catorce mil ($14.000).-
ARTICULO 2°: DISPONESE que a los efectos de determinar las y los
trabajadores beneficiados, Ia Secretaria de Salud debera informar a Ia Secretaria
de Hacienda Ia nomina de profesionales medicos que encuadren en lo
establecido en el artIculo precedente para su liquidacion, segun Ia planilla
proforma que como Anexo Unico forma parte del presente.-
ARTICULO 3°: AUTORIZASE a Ia Secretaria de Hacienda, conforme al articulo
14 de Ia Ordenanza N° 13398/20 a realizar las transferencias y creaciones de
credit° necesarias para cumplimentar lo establecido en el presente Decreto.-
ARTiCULO 4°: Los gastos que demande el cumplimiento del presente, se
atenderan con Ia Partida correspondiente 1-2-6-0 "Complementos" de Ia
Jurisdicci6n 1 — Fuentes de Financiamiento 110, y 132 segun corresponda, del
Presupuesto de Gastos en vigor.-
ARTICULO 5°: El presente sera refrendado por el Sr. Jefe de Gabinete.-
ARTICULO 6°: COMUNIQUESE a quien corresponda, dese al Registro General
y ARCHIVESE.-
LIC. ALEJANDRO E. GANDULFO MAYRA S. MENDOZA
Jefe de Gabinete Intendenta
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DECRETO 863/2021