Boletines/Quilmes
Decreto Nº 646/2021
Quilmes, 15/03/2021
Visto
el CCC, la Ley N° 14.656, el Decreto Nacional N° 1343/74 modificado
por Decreto N° 2712/91, Ia Ley Organica de las Municipalidades (Decreto-Ley N°
6.769/58 con modificaciones vigentes) y el Expediente N° 4091-1259-M-2021; y
Considerando
Que mediante el Expediente mencionado en el visto, se
presenta Ia Sra. Morinigo, Yesica Tamara (D.N.I. N° 34.505.546), por su propio
derecho y en representacion de su hijo menor de edad Sr. Caceres Morinigo,
Jerernias Luis (D.N.I. N° 52.590.505), en calidad de esposa e hijo
respectivamente del Ex Agente municipal fallecido Caceres, Luis Andres (Leg.
35.556), solicitando el pago del subsidio por fallecimiento y de los haberes que
puedan corresponderles por el fallecimiento del mismo;
Que a fs. 2 adjunta copia certificada del Recibo de
Haberes emitido por la Municipalidad de Quilmes;
Que a fs. 3 obra copia certificada del Acta de Defuncion
del ex-agente mencionado, emitida por el Registro Provincial de las
Personas;
Que a fs. 4 adjunta copia certificada del documento de
identidad de la Solicitante (DNI N° 34.505.546);
Que a fs. 5 obra Declaracion Jurada de la Sra.
Morinigo, Yesica Tamara, Ia cual declara que convivia con el causante al
momento de su fallecimiento;
Que a fs. 6 obra copia simple del testimonio realizado
por el Juzgado Civil y Comercial N° 9, de la Sra. Arbert Miriam Judith y del
Sr. Colaone Hugo Santiano, los cuales declaran que es cierto y les consta
lo manifestado por Ia recurrente en virtud de Ia convivencia que mantenia
con el causante al momento de su fallecimiento;
Que a fs. 7 obra Declaracion Jurada en virtud del cual
la solicitante declara que Caceres, Jeremlas es hijo menor de edad del
causante;
Que a fs. 8 adjunta copia certificada del Documento de
Identidad de Caceres, Jerernias (DNI N° 52.590.505);
Que a fs. 9 adjunta copia certificada del Acta de
Nacimiento de Caceres Jeremias;
Que a fs. 10 obra Decreto N° 66 de fecha 21 de Enero
del 2021, el cual dispone Ia baja por fallecimiento al Sr. Caceres, Luis
Andres;
Que a fs. 14 obra Situaci6n de Revista del causante,
Legajo N° 35.556, el cual prestaba servicios en la Secretaria de Derechos
Humanos;
Que a fs. 15 Ia Direccion General de Salud y Riesgo
Laboral informa que el ex-agente en cuestion no se encontraba con
Accidente de Trabajo, ni enfermedad al momento de su defuncion;
Que a fs.17/19, obra Dictamen de fecha 19 de febrero
de 2021, emitido por Ia Subsecretarla de Asesoria Letrada; donde
entiende;
Que en virtud de la referida legislacion, corresponde
aplicar el Decreto Nacional N° 1343/74, modificado por el Decreto N°
2712/91, Art. 6, en virtud del reenvio dispuesto por Ia Ley N° 14.656 y el
CCC, en efecto, corresponde proceder al pago del subsidio por
fallecimiento a Ia Requirente en su caracter de conviviente del causante;
Que asimismo, la Sra. Morinigo, Yesica Tamara, en su
calidad de madre, recibira en representacion del hijo menor de edad
(Caceres Morinigo, Jeremias Luis) el subsidio correspondiente;
Que en cuanto a los haberes devengados en el mes del
fallecimiento del Agente, esta Asesoria Letrada destaca que, de
conformidad con lo expuesto en el punto anterior, procederia el pago de los
mismos unicamente al hijo del Ex Agente, toda vez que la Sra. Morinigo no
posee vocacion hereditaria respecto del acervo hereditario del Ex Agente
dado su caracter de conviviente. No obstante, la Requirente recibira lo
correspondiente a su hijo menor de edad, debido a que ejerce Ia
representacion legal de la misma;
Que a fs.24/39, obra la correspondiente liquidacion;
Que en lo relativo al ejercicio vencido es de aplicacion
lo dispuesto en el Articulo 54 de las Disposiciones de Administraci6n de los
Recursos Financieros y Reales para los Municipios Pilotos,
correspondiendo por lo tanto disponer el dictado del presente acto
administrativo;
Que el dictado del presente se hace en use de las facultades
conferidas por el Articulo 108 de la Ley Organica de las Municipalidades; y
Por todo lo expuesto;
LA INTENDENTA MUNICIPAL
DECRETA:
ARTICULO 1°:CONVALIDASE el pago del Subsidio por Fallecimiento que
establece el Decreto Nacional N° 1343/74, modificado por Decreto N° 2712/91,
Articulo 6° en virtud del reenvio dispuesto por Ia Ley N° 14.656 y el CCC, del exagente
Caceres, Luis Andres (Leg. 35.556), a favor de Ia Sra. Morinigo, Yesica
Tamara y en su calidad de madre, recibira en representacion del hijo menor de
edad (Caceres, Morinigo Jeremias Luis) el subsidio correspondiente, de acuerdo
a lo expresado en los considerandos precedentes.-
ARTICULO 2°:CONVALIDASE el pago de los haberes devengados en el mes
del fallecimiento del Agente, a favor de la Sra. Morinigo, la requirente recibira lo
correspondiente a su hijo menor de edad, debido a que ejerce Ia representacion
legal de Ia misma, de acuerdo a lo expresado en los considerandos
precedentes.-
ARTICULO 3°: Por Ia Contaduria Municipal, adoptense los recaudos pertinentes
a efectos de dar aplicacion el Articulo 54 de las disposiciones de Administracion
de los Recursos Financieros y Reales para los Municipios Pilotos, que permita
abonarse el reconocimiento de deuda al cual alude el presente decreto.-
ARTICULO 4°: El presente sera refrendado por el Sr. Jefe de Gabinete.-
ARTICULO 5°:NOTIFIQUESE a Ia parte interesada en Ia Coordinacion General
de Administracion de Personal.-
ARTICULO 6°:COMUNIQUESEa quien corresponda, dese al Registro General y
ARCHIVESE.-
LIC. ALEJANDRO E. GANDULFO MAYRA S. MENDOZA
Jefe de Gabinete Intendenta
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DECRETO 646/2021