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Decreto Nº644/2021

Decreto Nº 644/2021

Quilmes, 15/03/2021

Visto

la Ley N° 14.656 de la Provincia de Buenos Aires, la Ley Organica de las
Municipalidades (Decreto-Ley N° 6.769/58 con modificaciones vigentes), el
Convenio Colectivo de Trabajo N° 138/2016 de Trabajadores Municipales de
Quilmesy el EX-2021-28415-QUI-CGADPER#JDG; y

Considerando

Que en Orden 2, obra telegrama CD091743535 enviado en
fecha 19 de febrero de 2021, mediante el cual la ex agente Uruelia Leyton, Melina
Liz (Legajo N° 37.582) solicita se aclare su situaciOn laboral ante la negativa
injustificada de tareas y despido verbal en fecha 12/2/2021;
Que en Orden 3, luce informe de la Direcci6n General de
Administracion de Personal y Situacion de Revista (adjunta como archivo de
trabajo) donde se informa que la mencionada presto servicios como
Mensualizada Nivel 19 (Planta Temporaria) hasta el 31/01/2021, fecha en la que
finalizo su prorroga de servicios;
Que en orden 6, glosa Dictamen Juridico de fecha 08 de
Marzo de 2021, emitido por la Subsecretaria de Asesoria Letrada donde expone
que: "...Efectuada la compulsa de los presentes actuados, corresponde selialar
que el plexo normativo aplicable a la presente consulta resulta ser el Convenio
Colectivo Laboral de los Trabajadores Municipales de Quilmes (CCLTMQ) en lo
concerniente al instituto legal de "Personal de Planta Temporaria" (arts. 22°, 51°
y ccdtes.), entendiendo por tal a aquel que no goza de estabilidad en su cargo,
lo cual implica que el Departamento Ejecutivo se encuentra facultado mientras
dura dicha relacion contractual a disponer su baja laboral por razones de servicio
(conf. art. 55°)...;
Que del analisis del propio art. 55 inc. 10) del Convenio
Colectivo de Trabajo Municipal se puede evidenciar que este articulo otorga un
cierto margen de discrecionalidad en su aplicacion, toda vez que solo se limita a
establecer la baja del agente cuando necesidades propias del servicio lo
requieran sin determinar taxativamente cuales sedan "esas necesidades de
servicio", otorgandosele de esta manera a la Administracion Municipal la potestad
de determinar cuando se produciria esa necesidad de servicio que establezca el
cese de un agente, en efecto, es alli donde la Administracion Municipal actua
dentro de sus facultades discrecionales, es decir, cuando esta determine la
conveniencia o no para su organizacion interna el cesamiento de un agente (...);
Que es necesario precisar que la medida adoptada (Baja de
la Agente) se ajusto a derecho, razon por lo cual el planteo efectuado por la ex
agente Uruefia Leyton, Melina Liz (legajo nro.: 37.582) no podra prosperar dado
que la medida adoptada se Ilevo a cabo dentro del marco legal vigente dentro de
las amplias facultades que posee el Municipio para Ilevar adelante la
organizacion administrativa y la baja de su personal";
Que, en virtud de lo dictaminado por la Subsecretaria de
Asesoria Letrada corresponde dictar el acto administrativo correspondiente;

Que el presente Decreto se dicta en use de las atribuciones
conferidas por el articulo 107 y concordantes de la Ley Organica de las
Municipalidades (Decreto-Ley N° 6/69/58 con modificaciones vigentes); y
Por todo lo expuesto;

LA INTENDENTA MUNICIPAL
DECRETA:

ARTICULO 1°: DESESTIMASE el reclamo formulado por la ex agente Uruefia
Leyton, Melina Liz (Legajo N° 37.582 — C.U.I.L. N° 27-38930915-5), tramitado por
Expediente N° EX-2021-28415-QUI-CGADPER#JDG, por los motivos invocados
en los considerando precedentes.-
ARTICULO 2°: El presente sera refrendado por el Sr. Jefe de Gabinete.-
ARTICULO 3°: Por la Direccion General de Administracion de Personal,
NOTIFIQUESE a la recurrente de lo dispuesto en el Articulo 10.-
ARTICULO 4°: COMUNIQUESE a quienes corresponda, dese al Registro
General y ARCHIVESE.-

 

     LIC. ALEJANDRO E. GANDULFO                            MAYRA S. MENDOZA                                          

                  Jefe de Gabinete                                                    Intendenta

       MUNICIPALIDAD DE QUILMES                         MUNICIPALIDAD DE QUILMES   

 

DECRETO 644/2021