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Decreto Nº554/2021

Decreto Nº 554/2021

Quilmes, 08/03/2021

Visto

la Ley N° 27.541, Ley Organica de las Municipalidades (Decreto-Ley N°
6.769/58 con modificaciones vigentes), la Ordenanza N° 13.318, el Decreto
N°260/2020 del Poder Ejecutivo Nacional, el Decreto N° 132/2020 del Gobierno
Provincial, las Recomendaciones de la OrganizaciOn Mundial de la Salud y la
Resolucion Interna N° 4/2020; y

Considerando

Que en nuestro pals, el Poder Ejecutivo Nacional a traves del
Decreto N° 260/2020 ha ordenado ampliar Ia emergencia en materia sanitaria
establecida por Ley N° 27.541, por el plazo de un (1) alio;
Que por Decreto N° 132/2020, se declare) Ia emergencia
sanitaria en todo el territorio provincial por el termino de ciento ochenta (180)
dias;
Que en nuestro distrito se encuentra vigente desde el 30 de
diciembre del pasado ario la emergencia sanitaria, declarada por Ia Ordenanza
N°13.318;
Que debido a los alertas epiderniologicos reportados por Ia
Organizacion Mundial de Ia Salud, sumado a los emitidos por el Ministerio de
Salud de Ia Naci6n y el Ministerio de Salud de Ia Provincia de Buenos Aires, en
referencia al COVID-19, Dengue y Sarampion, de los que el Municipio de Quilmes
no es ajeno;
Que, atento el riesgo que supone lo mencionado para Ia salud
publica, es fundamental que durante esta etapa de contenciOn se adopten las
medidas de prevencion y atencion necesarias para evitar Ia propagacion del virus
COVID-19;
Que mediante Resolucion Interna N° 4/2020, el Secretario de
Salud suspende temporalmente a partir del 12 de marzo de 2020, todo tipo de
licencias y permisos para todo el personal de la Secretaria de Salud;
Que es deseo de Ia Intendenta Municipal reconocer la labor
desarrollada por el personal que cumple Ia funci6n de atencion medica abocado
al manejo de casos relacionados con Ia pandemia de COVID-19
Que el Departamento Ejecutivo considera necesario la
creacion de un "Bono Especial de Emergencia Sanitaria 2021";
Que el presente Decreto se dicta en use de las atribuciones
conferidas por el articulo 107 y concordantes de la Ley Organica de las
Municipalidades (Decreto-Ley N° 6.769/58 con modificaciones vigentes); y
Por todo lo expuesto;

LA INTENDENTA MUNICIPAL
DECRETA:

ARTICULO 1°: CREASE un "Bono Especial de Emergencia Sanitaria 2021" con
caracter no remunerativo y no bonificable, a liquidarse en el mes de febrero de
2021, para el personal mensualizado perteneciente a la planta transitoria que
cumple fund& de atencion medica, abocado al manejo de casos relacionados
con la pandemia de COVID-19 por la suma de pesos catorce mil ($14.000).-

ARTICULO 2°: DISPONESE que a los efectos de determinar las y los
trabajadores beneficiados, Ia Secretaria de Salud debera informar a Ia Secretaria
de Hacienda Ia nornina de profesionales medicos que encuadren en lo
establecido en el articulo precedente para su liquidacion, segun Ia planilla
proforma que como Anexo Unico forma parte del presente.-
ARTICULO 3°: AUTORIZASE a Ia Secretaria de Hacienda, conforme al articulo
14 de Ia Ordenanza N° 13398/20 a realizar las transferencias y creaciones de
credito necesarias para cumplimentar lo establecido en el presente Decreto.-
ARTICULO 4°: Los gastos que demande el cumplimiento del presente, se
atenderan con Ia Partida correspondiente 1-2-6-0 "Complementos" de Ia
Jurisdiccion 1 — Fuentes de Financiamiento 110, y 132 segun corresponda, del
Presupuesto de Gastos en vigor.-
ARTICULO 5°: El presente sera refrendado por el Sr. Jefe de Gabinete.-
ARTICULO 6°: COMUNIQUESE a quien corresponda, dese al Registro General
y ARCHIVESE.-

     LIC. ALEJANDRO E. GANDULFO                            MAYRA S. MENDOZA                                          

                  Jefe de Gabinete                                                    Intendenta

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