Boletines/Daireaux
Decreto Nº 351/2021
Daireaux, 30/03/2021
SUBSIDIO ZOOLOGICO SIMBA
Visto
El Expediente Administrativo Nro. 4022-11.407/2021, mediante el cual la “COMISIÓN ZOOLOGICO SIMBA” solicita aportes económicos, en notas presentadas con fecha 22 de Enero de 2021 y 12 de Febrero de 2021 (fs. 1 y 4) y
Considerando
Que los aportes requeridos presentan su causal en la falta de recursos para poder cancelar deudas por impuestos de terrenos escriturados, seguro vehículo y gastos de pollo por escasez de alimentos para animales carnívoros;
Que el Registro de Entidades de Bien Público certifica a Fs. 08 que se trata de una Entidad de Bien Público que cumple en tiempo y forma con la presentación de la documentación que mantiene en vigencia su registro, tal lo establecido en el Articulo 4º y 5º de la Ordenanza Nº 326/91y se encuentra inscripta en el legajo 157/05;
Que la Contaduría Municipal notifica la imputación del gasto contando con fondos suficientes para la atención del gasto en Fs. 09;
Que es decisión del Ejecutivo dar solución parcial a lo solicitado por la institución entregando la suma de Pesos Diez Mil ($ 10.000);
Que el Artículo 131º del Reglamento de Contabilidad establece que “ Toda entidad ajena a la comuna que reciba de ésta, sumas de dinero en concepto de subvención o subsidio, queda obligada a rendir cuentas de las mismas. Las rendiciones se instrumentarán con documentos o, en su defecto, con balances donde conste el ingreso y la inversión o destino de los fondos recibidos”;
Que a su vez el Articulo 132º de la citada norma dispone “ La falta de rendición de cuentas constituye causa para privar a las entidad remisa del derecho a percibir nuevos beneficios. La Contaduría observará y no dará curso a disposiciones del D. E. que ordenen nuevas entregas mientras subsista la causal señalada. En caso de insistencia del D.E., éste será responsable”;
Por ello
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE DAIREAUX, EN USO DE SUS ATRIBUCIONES
D E C R E T A
ARTICULO 1º. Otorgase a favor de la COMISIÓN ZOOLOGICO SIMBA – Entidad de Bien Público Nro. 157/05 – en carácter de subsidio institucional no reintegrable, la suma de Pesos Diez Mil ($ 10.000,00.-) de acuerdo a los obrados en Expediente Administrativo Nro. 4022-11.407/21.
ARTICULO 2º. El gasto que demande le cumplimiento del presente Decreto será atendido con cargo a la partida presupuestaria del Presupuesto de Gastos 2021 informada por la Contaduría Municipal en Fs. 09 (Expte. 4022-11.407/2021):-
Jurisdicción: 1110102000 - Secretaria de Gobierno –
Partida: 5.1.7.0. – “Transferencias a municipalidades y otros entes comunales”
Categoría Programática: 01.00.00
Fuente de Financiación: 110 Tesoro Municipal.-
ARTICULO 3º. La percepción del subsidio otorgado por el Articulo 1º estará a cargo del Presidente de la Entidad, y/o persona autorizada debidamente.-
ARTICULO 4º. La entidad beneficiaria deberá confeccionar y elevar en un plazo no mayor de quince (15) días de recibido el beneficio a que se da lugar por el presente, la correspondiente rendición de cuentas de la inversión del subsidio recibido en cada caso, debiendo presentar documentación veraz y que cumpla con los requisitos legales, en el marco de lo establecido en el Articulo 131º del Reglamento de Contabilidad y Disposiciones de Administración para las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires, firmada por el Presidente y Tesorero de la Entidad, caso contrario constituye causa para privar a la institución de percibir nuevos beneficios-
ARTICULO 5º. COMUNIQUESE, TOMEN RAZON QUIENES CORRESPONDA, REGISTRESE Y ARCHIVESE.-