Boletines/Daireaux
Ordenanza Nº 2396/2021
Daireaux, 23/03/2021
El aniversario N°45 del Golpe de estado del año 1976, que el próximo 24 de Marzo se recordará, sin olvidar las nefastas consecuencias que dejó para nuestro país, y por ello la necesidad de reafirmar en nuestro Municipio, políticas de Memoria, Verdad y Justicia. Y
CONSIDERANDO:
Que para lograr el proyecto de país que nos impusieron las Fuerzas Armadas, implementaron el terror, a través de la desaparición forzada, la tortura ,el asesinato, la apropiación de niños, el encarcelamiento sin juicio, sin defensa y sin condena y el exilio de miles de personas.
Que 30.000 ciudadanos detenidos-desaparecidos, formaron parte de una generación comprometida que luchaba por transformar su realidad, pensando en un país donde fuera posible el pan, el trabajo , la salud, la educación la vivienda, una niñez y una vejez protegidas, una juventud con futuro, justicia y plena vigencia de los Derechos Humanos.
Que a la fecha, aún no se ha esclarecido la situación y el destino de todos los desaparecidos.
Que muchos de los militares y responsables civiles involucrados en el último gobierno de facto, no tienen juicio, ni castigo.
Que quedan alrededor de 300 niños apropiados por los militares, hoy adultos, sin conocer su verdadera identidad.
Que el camino que se ha elegido de Memoria , Verdad y Justicia, tiene mucho por recorrer, luchando contra la impunidad, por el juicio y castigo a los genocidas, por la restitución de la identidad a los hijos apropiados y también por la memoria de nuestros desaparecidos.
Que resulta un acto de estricta validez histórica, establecer un espacio físico permanente en un sitio de nuestra ciudad, que se constituya en el lugar de reconocimiento a dichos militantes defensores de la Democracia y los DDHH, y que a su vez sea un ámbito para implementar manifestaciones artísticas, educativas, sociales, etc.
Que desde la diversidad, se reafirme el espíritu democrático, el NO a la intolerancia, el SI a la Memoria, Verdad y Justicia y el pleno afianzamiento de la comprensión de los DDHH consagrados por la Legislación Universal
Que lograr ese espacio para la Memoria, Verdad y Justicia permitiría generar un nexo entre un pasado represivo y un presente en construcción continua, para la transformación de nuestro futuro colectivo.
Que con dicho espacio, se busca preservar la memoria y promover y defender los DDHH.
Que un lugar apropiado para establecer el “Espacio de la Memoria, Verdad y Justicia” es el sector del Parque Ingeniero Martín, contiguo a la estructura simbólica, que representa “La Noche de los Lápices”, ubicado en calle Rivadavia entre French y Beruti y Rondeau.
Por ello;
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE DAIREAUX EN USO DE SUS ATRIBUCIONES SANCIONA CON FUERZA DE
O R D E N A N Z A
ORDENANZA
ARTÍCULO 1°: Establézcase el “Espacio de la Memoria, Verdad y Justicia”, en el sector del Parque Ingeniero Martín, contiguo a la estructura simbólica que representa “La Noche de los Lápices”, ubicado en la calle Rivadavia, entre French y Beruti y Rondeau, de nuestra ciudad.
ARTÍCULO 2°: Nomínese con el nombre “Espacio de la Memoria, Verdad y Justicia, al sector mencionado en el Art. 1°, con el emplazamiento de una piedra fundamental, con texto a determinar, a colocarse el próximo 24 de Marzo.
ARTÍCULO 3°: Realícese la convocatoria a un concurso abierto para seleccionar él/los monumentos, símbolos u otras expresiones artísticas que reflejen aquella etapa de nuestra historia, y que formarán parte del Espacio de la Memoria, Verdad y Justicia.-
ARTÍCULO 4°: Convóquese a artistas Deroenses, a estudiantes de 6° año de Secundaria de todos los Establecimientos Educativos del Distrito, como así también a los participantes de los Programas Socio -Educativos municipales, a participar en el concurso mencionado en el Art. 3°.
ARTÍCULO 5°: La autoridad de aplicación de la presente ordenanza será la Dirección de Derechos Humanos, Mujer, Género y Diversidad, del Municipio.-
ARTÍCULO 6°: Autorízase al departamento Ejecutivo Municipal a destinar las par tidas presupuestarias que considere conveniente, para la concreción de la presente ordenanza.-
ARTICULO 7º: CUMPLASE, COMUNIQUESE, REGISTRESE Y ARCHIVESE