Boletines/Daireaux
Decreto Nº 337/2021
Daireaux, 29/03/2021
PAGO TELEFONICA
Visto
El Expte 4022-11299/21 y la Ordenanza N° 2393/21, y
Considerando
Que el mismo inicia con los mails de la Dra. Tomic Antonella Nadia, de la Gerencia de Asuntos Públicos de la Dirección de Relaciones Institucionales de Movistar por el cual se reclama la devolución de un pago realizado por la empresa Telefónica Argentina S.A a nuestro Municipio ;
Que en Fs. 05 la Oficina de Rentas Municipal informa los pagos realizados por la empresa antes mencionada de manera indebida;
Que la dirección de Asuntos Legales agrega documentación que prueba los pagos de Fs. 07 a 23, emitiendo dictamen en Fs. 24, donde expresa que corresponde realizar el pago por los pagos realizados de forma errónea por la empresa a nuestro municipio;
Que se eleva proyecto de ordenanza, que consta en Fs. 27, para el reconocimiento y pago de la deuda, el mismo es aprobado con fecha 23 de marzo de 2021, dando lugar a la Ordenanza N° 2393/21, a través de la cual autoriza al ejecutivo a registrar la deuda y realizar el pago a la Empresa Telefónica Argentina S.A. por la suma de Pesos Ciento Sesenta y Siete Mil Setecientos Diecinueve con Treinta y Un centavos ($ 167.719,31), siendo dicha ordenanza promulgada por el Dto. del Poder Ejecutivo Municipal n° 334/21, obrante en Fs. 28 de las presentes actuaciones;
Por ello, corresponde dictar el correspondiente acto administrativo;
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE DAIREAUX, EN USO DE SUS ATRIBUCIONES
D E C R E T A
ARTICULO 1º. Dispónese el pago de la suma de Pesos Ciento Sesenta y Siete Mil Setecientos Diecinueve con Treinta y Un centavos ($ 167.719,31) en carácter de fondos remitidos erróneamente, a la empresa TELEFÓNICA DE ARGENTINA S.A.-
ARTICULO 2º. El gasto que ello demande se atenderá con cargo a la Partida Presupuestaria del Cálculo de Recursos y Presupuesto de Gastos 2021, informada por la Contaduría Municipal: -
Jurisdicción: 1110103000 Secretaria de Hacienda.-
Programa: 01 Administración Fiscal, tributaria, contable y financiera.-
Partida: 3.8.3.0. “Derechos y Tasas” .-
Fuente de Financiación: 110 Tesoro Municipal.--
ARTICULO 3º. COMUNIQUESE, TOMEN RAZON QUIENES CORRESPONDA, REGISTRESE Y ARCHIVESE.-