Boletines/Daireaux
Decreto Nº 304/2021
Daireaux, 18/03/2021
ASISTENCIA A AGENTES MUNICIPALES
Visto
El requerimiento de asistencia social presentado ante la Dirección de Personal por los agentes: HUERTAS JUAN CARLOS - LEGAJO 2235 – DNI: 16.604.915, ALVAREZ MARIA CELIA – LEGAJO 1761 – DNI: 20.037.126, ACUÑA RAUL AMADEO – LEGAJO 1651 – DNI: 23.806.857 Y
Considerando
Que la petición formulada se fundamenta en la necesidad de contar con recursos para el traslado de la madre fallecida de la Plata a Daireaux;
Por ello
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE DAIREAUX EN USO DE SUS ATRIBUCIONES
D E C R E T A
ARTICULO 1°: Otorgase al agente HUERTAS JUAN CARLOS - LEGAJO 2235 – DNI: 16.604.915 - una asistencia social del monto de Pesos DOS MIL QUINIENTOS ($2.500.00) con destino a cubrir la demanda que se menciona en los considerandos debiendo imputarse el gasto que ello demande con cargo a la Partida Presupuestaria:
Jurisdicción 1110102000 - Secretaría de Gobierno.-
Programa 17- Deportes, Turismo y Recreación.-
Partida: 1.5.0.0. “Asistencia Social al Personal”.-
Fuente de Financiamiento: 110 Tesoro Municipal
ARTICULO 2°: Otorgase a la agente ALVAREZ MARIA CELIA - LEGAJO 1761 – DNI: 20.037.126 - una asistencia social del monto de Pesos TRES MIL QUINIENTOS ($3.500.00) con destino a cubrir la demanda que se menciona en los considerandos debiendo imputarse el gasto que ello demande con cargo a la Partida Presupuestaria: -
Jurisdicción 1110102000 - Secretaría de Gobierno.-
Programa 18- Bromatología e Inspección General.-
Partida: 1.5.0.0. “Asistencia Social al Personal”.-
Fuente de Financiamiento: 110 Tesoro Municipal.
ARTICULO 3°: Otorgase al agente ACUÑA RAUL AMADEO - LEGAJO 1651– DNI: 23.806.857 - una asistencia social del monto de Pesos TRES MIL QUINIENTOS ($3.500.00) con destino a cubrir la demanda que se menciona en los considerandos debiendo imputarse el gasto que ello demande con cargo a la Partida Presupuestaria: -
Jurisdicción 1110105000 - Secretaría de Salud Publica.-
Programa 16- Hospital Dr. Pedro M. Romanazzi.-
Partida: 1.5.0.0. “Asistencia Social al Personal”.-
Fuente de Financiamiento: 110 Tesoro Municipal.
ARTÍCULO 4°: COMUNIQUESE, TOMEN RAZON QUIENES CORRESPONDA, REGISTRESE Y ARCHIVESE.-