Boletines/Daireaux

Decreto Nº282/2021

Decreto Nº 282/2021

Publicado en versión extractada

Daireaux, 15/03/2021

Las actuaciones iniciadas por Expediente Administrativo Nro. 4022-11.350/21 ante la recepción por parte de la Secretaría de Desarrollo de la Comunidad, de solicitudes de otorgamiento de una “ayuda económica no reintegrable” a diversas personas domiciliadas en la Localidad de Arboledas, elevadas para su evaluación; y

CONSIDERANDO.

                                      Que los subsidios a indigentes se hallan reglamentados por el Artículo 130 del Reglamento de Contabilidad y Disposiciones de Administración para las Municipalidades y el Decreto 28/1995 del Departamento Ejecutivo;

                                      Que el Departamento Ejecutivo tiene la firme decisión de atender las diversas problemáticas con una ayuda material inmediata y seguimiento permanente;

 

                                  Que corresponde dictar el acto administrativo pertinente;

                                  Por ello;

 

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE DAIREAUX, EN USO DE SUS ATRIBUCIONES

                    D  E  C  R  E  T A

 

ARTICULO 1º. Otórguese un subsidio a las personas que se mencionan, domiciliadas en la Localidad de Arboledas, con destino a la cobertura de necesidades básicas insatisfechas, conforme surge de las actuaciones obrantes en Expediente Nro. 4022-11.350/2021:(...)

ARTICULO 2º:- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en los artículos precedentes, se imputará con cargo a la Partida Presupuestaria del Cálculo de Recursos y Presupuesto de Gastos 2021 informada por la Contaduría Municipal Expte. Nro. 4022-11.350/21: 

Jurisdicción 1110106000 Secretaria de Desarrollo de la Comunidad.-

Programa 20 Desarrollo Humano en Arboledas.-

Partida 5.1.4.0. “Ayudas   Sociales  a   Personas".-

Fuente de Financiamiento: 110.-

ARTICULO 3º:- El seguimiento de cada caso estará a cargo de la Secretaría de Desarrollo Social de esta Municipalidad.

ARTICULO 4º: COMUNIQUESE, TOMEN RAZON QUIENES CORRESPONDA, REGISTRESE Y ARCHIVESE.-