Boletines/Daireaux
Decreto Nº 246/2021
Daireaux, 05/03/2021
REINTEGRO GASTOS SEPELIO A MARTINEZ
Visto
Lo actuado por Expediente Nro. 4022-11.312/21, y
Considerando
Que por las referidas actuaciones el Sr. MARTINEZ JUAN CARLOS.– DNI Nro. 13.191.363 - con domicilio en la Localidad de Salazar, solicita el reintegro de la suma de $ 10.800.- que abonara a CASA COLOMBO – Cuit Nro. 20-10922199-7 según factura Nro. 0004-00000499 que se acompaña a Fs. 3, en concepto de traslado de la Localidad de Daireaux hacia la localidad de Salazar de los restos de la Sra. Marisa Irene de los Santos;
Que la Ordenanza Nro.934/05 regula el servicio funerario en la Localidad de Salazar para todos los usuarios de energía eléctrica domiciliaria y su grupo conviviente a través de la creación de una Tasa por Servicio Funerario, hallándose el mismo a cargo de la Municipalidad de Daireaux, disponiéndose a su vez, a través de Ordenanza 1420/13 que cuando el deceso se produzca fuera de la Localidad y hasta una distancia de 550 kms. la Municipalidad se hará cargo de todos los gastos pertinentes;
Que de acuerdo surge a Fs. 4 de la Declaración Jurada pertinente, el extinto se encontraba registrado como integrante del grupo familiar usuarios del Servicio Eléctrico bajo el Nro. de registro 378;
Que a Fs. 09 la Dirección de Asesoría Legal dictamina a favor de efectuar el reintegro correspondiente;
Que atento a lo expuesto, debe reintegrarse el valor que surge de la Factura obrante a Fs. 3, ascendiendo al monto a reintegrar a la suma de $ 10.800;
Por ello
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE DAIREAUX, EN USO DE SUS ATRIBUCIONES
D E C R E T A
ARTICULO 1º. Dispónese el reintegro de la suma de Pesos Diez Mil Ochocientos ($ 10.800,00) al Sr. MARTINEZ JUAN CARLOS.– DNI Nro. 13.191.363- con domicilio en la Localidad de Salazar, conforme lo actuado por Expediente Nro. 4022-11.312/21.-
ARTICULO 2º. Por Contaduría Municipal procédase a dar cumplimiento a lo dispuesto por el Artículo 1º del presente.
ARTICULO 3º. COMUNIQUESE, TOMEN RAZON QUIENES CORRESPONDA, REGISTRESE Y ARCHIVESE.