Boletines/Daireaux
Decreto Nº 236/2021
Daireaux, 04/03/2021
AUTORIZANDO PARTIDO DE FUTBOL BULL DOG
Visto
La nota presentada por el Presidente del Club Atlético BullDog, de fecha 04 de Marzo de 2021, y
Considerando
Que a través de la misma se cursa el pedido de habilitación, para disputar un partido de fútbol el día: 14/03/2021;
Que la Secretaría de Obras Públicas Municipal, ha procedido a verificar las instalaciones de la Institución solicitante, constatando la existencia de alambrado perimetral en el campo de juego, de vestuarios y baños en buenas condiciones y demás circunstancias necesarias para el desarrollo de la actividad solicitada, informe que se adjunta a la solicitud;
Que la Institución solicitante debe arbitrar las medidas de seguridad tendientes a prevenir accidentes y otorgar una adecuada cobertura al público asistente; asumiendo toda responsabilidad que pueda surgir de cada evento, desligando a la Municipalidad de Daireaux de cualquier circunstancia y/o reclamo que pudiere surgir, debiendo contar con la asistencia del poder de policía, como así también a todo aquel servicio que resulta pertinente para otorgar la cobertura necesaria al público asistente, dando cumplimiento a lo establecido en la Ley 11.825 y concordantes, referente a la prohibición de venta de bebidas alcohólicas (“Articulo 5º. Dispónese la prohibición de venta, expendio y/o suministro a cualquier título, de bebidas alcohólicas en los lugares donde se efectúen eventos de convocatoria masiva ….”), en caso de no contar con la Licencia Provincial para la Comercialización de Bebidas Alcohólicas y encontrarse inscriptos en el Registro Provincial para la Comercialización de Bebidas Alcohólicas creado por Ley 13178 (Artículos 1º, 2º y 3º );
Que para cumplimentar el trámite, el Municipio debe expedirse al respecto autorizando la realización del evento, en la fecha up-supra mencionada;
Por ello
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE DAIREAUX, EN USO DE SUS ATRIBUCIONES
D E C R E T A
ARTICULO 1°. Autorizase al Club A. Bull Dog de Daireaux, a la realización del Partido de Fútbol que se detalla, a disputarse en el predio de su propiedad ubicado en calle Bolívar e/San Martín y 9 de Julio (N° 50) de Daireaux: -
ARTICULO 2°. La Institución organizadora asume bajo su total responsabilidad todo riesgo que el evento pudiera ocasionar debiendo al efecto suscribir una Póliza de Seguro de Responsabilidad Civil suficiente para cubrir los posibles daños, como así también requerir la presencia de Personal de Policía y todo servicio que se requiera a fin de prevenir accidentes y/o disturbios.
ARTICULO 3° Establecese como obligatorio el cumplimiento del Protocolo propuesto por la Liga de Bolívar, a través de nota enviada por su presidente Alberto Tomassini, a la Dirección de Deportes de la Municipalidad de Daireaux, que forma parte del presente decreto como Anexo 1.-
ARTICULO 4°. COMUNIQUESE, TOMEN RAZON QUIENES CORRESPONDA, REGISTRESE Y ARCHIVESE.