Boletines/Lincoln

Decreto Nº764/16

Decreto Nº 764/16

Lincoln, 08/03/2016

DISPONIENDO LA DESIGNACION COMO PERSONAL MENSUALIZADO DE LA PLANTA TEMPORARIA AL PERSONAL QUE CUMPLIRA TAREAS EN LA SECRETARIA DE PRODUCCIÓN Y MEDIO AMBIENTE DE LA MUNICIPALIDAD DE LINCOLN.

Visto

La necesidad de designar personal en forma temporaria para cumplir tareas en la Secretaría de Producción y Medio Ambiente de la Municipalidad de Lincoln:

Considerando

Que en  consecuencia y por ello

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LINCOLN EN USO DE SUS ATRIBUCIONES:

D E C R E T A

ARTICULO 1º: Designase Personal Temporario Mensualizado de acuerdo a los art. 12º-Inc.a), 92º y 98º de la Ley 11.757, a partir del 01/03/2016 y hasta el 30/06/2016, inclusive, al personal que se desempeñará en el área de Espacios Verdes de la Municipalidad de Lincoln, teniendo el beneficio jubilatorio é Ioma, según el siguiente detalle:

           Apellido y Nombre

D.NI

Categoría

Lugar

Función

CHEVEZ, Braian Emanuel

40.769.063

16

Sec. Producción

Corte de cesped

OSTOICH SERRO,Esteban C.

32.195.692

16

Sec. Producción

Corte de cesped

OSTOICH, Esteban Eudoro

17.637.061

16

Sec. Producción

Corte de cesped

 

ARTICULO 2º: Designáse Personal Temporario Mensualizado de acuerdo a los art. 12º-Inc.a), 92º y 98º de la Ley 11.757, con retroactividad al 24/02/2016 y hasta el 30/06/2016, inclusive, al señor MARCOS EZEQUIEL LESCANO- DNI Nº 31.377.825 quién se desempeñará en el área de Espacios Verdes ( corte de césped) de la Municipalidad de Lincoln, percibiendo un básico mensual equivalente a la categoría 16 de la escala de sueldos, teniendo el beneficio jubilatorio é Ioma.

ARTICULO 3º: La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente se imputará a la siguiente partida que corresponda.

ARTICULO 4º: La Municipalidad con o sin causa y unilateralmente, podrá rescindir la presente designación temporaria en cualquier instancia, sin que ello genere derecho a reclamo por parte del personal designado.

ARTICULO 5º: El personal desginado en el artículo 1º y 2º está destinado al corte de césped con máquinaria propia. En caso de rotura el Municipio no se responsabiliza por el Aceptarcargo de la misma.

ARTICULO 6º: Refrenda el presente decreto el señor Secretario de Gobierno. 

ARTICULO 7º: Comuníquese a los interesados, Dirección General de Personal, Departamento Liquidación de Sueldos, Tesorería, Contaduría .Regístrese y Archívese.