Boletines/Lincoln

Decreto Nº1019/16

Decreto Nº 1019/16

Lincoln, 31/03/2016

APROBANDO EL CONVENIO CELEBRADO ENTRE LA ASOCIACION CIVIL PRO COLEGIO UNIVERSITARIO LINCOLN Y LA MUNICIPALIDAD DE LINCOLN.

Visto

Que, esta Administración Municipal comparte la creencia de que la capacitación y la educación de los miembros de su comunidad constituyen un pilar fundamental para su crecimiento y desarrollo.
Que, es necesario crear un espacio destinado a la generación de nuevas y mejores oportunidades de inclusión social y laboral mediante tecnicaturas, cursos y otras formas de capacitación destinadas entre otros fines a formar mano de obra para nuevos emprendimientos.
 

Considerando

Que, el Polo Educativo de Capacitación y Trabajo de la Municipalidad de Lincoln se dispone a concertar la celebración de convenios con instituciones educativas  para la organización de las diferentes carreras, cursos y/o tecnicaturas a dictarse en su sede de calle Villegas 113 de Lincoln.
Que, en dicho marco se ha celebrado acuerdo con la Asociación Civil Pro Colegio Universitario a los fines de instrumentar en forma conjunta con el     Municipio de Lincoln el plan educativo descripto en el Anexo I del convenio.
Que, el Colegio se compromete tanto al dictado de los cursos y tecnicaturas como así también a la gestión y posterior entrega de certificaciones a quienes resulten egresados de las diferentes carreras.
Que, por su parte el Municipio se compromete a brindar las instalaciones edilicias y  se hace cargo de proveer la totalidad de los recursos financieros para el pago de los honorarios del personal docente.
 

Que, en consecuencia de lo expuesto, el señor  INTENDENTE MUNICIPAL DE LINCOLN EN USO DE SUS ATRIBUCIONES:

D E C R E T A

ARTÍCULO 1º: Apruébese el convenio celebrado entre la Municipalidad de Lincoln y la Asociación Civil Pro Colegio Universitario Lincoln para la instrumentación de la Propuesta Educativa y de Capacitación  Año 2016, en fecha 30 de Marzo de 2016,  el cual forma parte integrante del presente.

ARTICULO 2°: El presente decreto tiene efectos retroactivos al 1 de marzo de 2016.

ARTÍCULO 3°: Los gastos que irrogue el cumplimiento de lo establecido en el convenio de referencia se imputaran a la Fuente de Financiamiento 110 Tesoro Municipal, presupuesto de gastos vigente.

ARTICULO 4°: Refrenda el Sr. Secretario de Gobierno de la Municipalidad de Lincoln.

ARTICULO 5°: Comuníquese a la Dirección de Educación, a la Secretaria Legal y Técnica, Contaduría, Tesorería y a quien mas corresponda. Publíquese en el Boletín Informativo Municipal. Regístrese y Archívese.-