Boletines/Lincoln
Decreto Nº 937/16
Lincoln, 22/03/2016
DISPONIENDO LA DESADJUDICACIÓN DE UN LOTE DE TERRENO MUNCIPAL, UBICADO EN LA CIUDAD DE LINCOLN, AL SR. HECTOR OSMAR FERREYRA Y ADJUDICANDO EL MISMO A LA SRA. ALICIA NOEMI VILLEGAS
Visto
La presentación efectuada por la Sra. Alicia Noemí Villegas solicitando la adjudicación de un lote de terreno municipal, ubicado en la ciudad de Lincoln, y designado catastralmente como Circunscripción I, Sección D, Manzana 359; Parcela 2-c.-
Considerando
Que por Decreto nº 1228/86 se otorgó a los cónyuges Héctor Osmar Ferreyra, D.N.I. 12.830.087 y Alicia Noemí Villegas, D.N.I. 11.215.098, la tenencia y uso precario de un lote de terreno municipal, ubicado en la ciudad de Lincoln, y designado catastralmente como Circunscripción I, Sección D, Manzana 359; Parcela 2-c.-
Que conforme documentación obrante en el expediente interno nº 015/16 de la Dirección de Tierras, las partes suscribieron con fecha 12/09/2012 Convenio de Liquidación de la Sociedad Conyugal, en el que de común acuerdo han resuelto que se adjudique la totalidad del inmueble de referencia a la Sra. Alicia Noemí Villegas.-
Que según revela el informe socio ambiental realizado, a la Sra. Villegas Alicia Noemí, con fecha 11/02/2016, en la actualidad cumple con los requisitos para ser adjudicataria.-
Que existe dictamen de la Secretaría Legal y Técnica de fecha 17/02/2016, que considera viable el cambio de adjudicación solicitado.-
Que la Dirección de Tierras entiende que es necesario dictar la norma legal correspondiente, a los efectos de que la nueva adjudicataria disponga de documentación que le brinde seguridad jurídica y regularice la ocupación que detenta.-
Que en consecuencia y por ello, el INTENDENTE MUNICIPAL DE LINCOLN EN USO DE SUS ATRIBUCIONES:
D E C R E T A
ARTICULO 1º: Dése de baja la adjudicación otorgada a favor del Sr. Héctor Osmar Ferreyra, D.N.I. 12.830.087, de un lote de terreno municipal, ubicado en esta ciudad de Lincoln y designado catastralmente como: Circunscripción I, Sección D, Manzana 359; Parcela 2-c.
ARTICULO 2º: Adjudíquese la concesión en uso del citado inmueble a la Sra. Alicia Noemí Villegas, D.N.I. 11.215.098.
ARTICULO 3 º: La nueva adjudicataria deberá respetar todos los requisitos y obligaciones determinadas por las Ordenanzas que regulan este tipo de adjudicaciones, quedando expresamente prohibido disponer de la vivienda para su venta, alquiler, cesión ó permuta, aún a título gratuito, sin la previa conformidad de la Municipalidad. Esta adjudicación podrá ser revocada por el Departamento Ejecutivo si la adjudicataria no destinase el inmueble a vivienda familiar, única y de ocupación permanente.
ARTICULO 4º: El valor del terreno será determinado en el momento de su regularización dominial y de acuerdo a los normas vigentes.
ARTICULO 5º: Refrenda el Secretario de Gobierno.
ARTICULO 6º: Comuníquese a los interesados, Secretaría de Gobierno, Secretaría Legal y Técnica, Dirección de Tierras, Oficina de Vivienda, Oficina de Cómputos, Oficina de Catastro, y a quien más corresponda. Publíquese en el Boletín Informativo Municipal. Regístrese y Archívese.