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Ordenanza Nº13437/2021

Ordenanza Nº 13437/2021

Quilmes, 25/03/2021

VISTO: que el Honorable Concejo Deliberante, en actuaciones tramitadas bajo el Expediente Nº HCD-O-2-28094-2021 ha sancionado la Ordenanza Nº 13.437/2021 en la Sesión Ordinaria del día 23 de marzo del 2021, cuyo texto expresa: 

 

VISTO:

         El Expediente Nº 2-28094-HCD-2021, presentado por las y los Concejales   EVA MIERI, EVA STOLTZING, SUSANA CANO, DIEGO MENDEZ, ARIEL BURTOLI, PATRICIA IRIBARNE, NAIR ABAD, FEDERICO D´ANGELO, MATIAS FESTUCCA, ARIEL GOMEZ, FABIO BAEZ. Ref.: La Ordenanza Nº 9902/04, y sus modificatorias, y la Ordenanza Nº 13351/2020 que Declara a Isabel Pallamay Ciudadana Ilustre Post Mortem del Partido de Quilmes Primera Mujer Cacique de Los Kilmes, y

 

CONSIDERANDO:

Que la Ordenanza Nº 9902/04 y sus modificatorias, establecen el Régimen de Honores otorgables por este Honorable Concejo Deliberante de Quilmes.

Que a más de una década de su sanción, corresponde incorporar distinciones que sean específicas a las mujeres, lesbianas, travestis y trans, y que permitan visibilizar sus labores cotidianas y sus aportes a la comunidad, pero por sobre todo, a la construcción de una sociedad más igualitaria.

Que las mujeres, lesbianas, travestis y trans, históricamente han sido perseguidas, denostadas y discriminadas, y aún hoy continúan siendo invisibilizadas.

Que las mujeres, lesbianas, travestis y trans, son las que construyen las redes de solidaridad que sostienen las comunidades.

Que aún en situaciones en las que mujeres, lesbianas, travestis y trans, acceden a trabajos profesionales, sufren discriminaciones que van desde la percepción de menores salarios hasta la desacreditación de sus proyectos e ideas.

Que Isabel Pallamay fue la Primera Cacique de la Comunidad  Kilme, y la primera mujer que alcanzó dicho rango en toda Latinoamérica. 

Que las memorias de nuestra historia dicen que Isabel Pallamay alcanzó su primer cacicazgo en 1708.

Que cada 14 de Septiembre en la Ciudad de Quilmes se le rinde homenaje y reconocimiento cuya ceremonia se efectúa en la Huaca Sagrada, ubicada en la Plaza San Martín; por haber seguido un largo pleito para que fuera reconocido su cacicazgo, en un mundo cuyas decisiones primordiales parecían reservadas a los hombres.

Que nada es más representativo que su lucha por acceder al cacicazgo, que le pertenecía por imperio de las leyes de su nación, de un pueblo casi destruido, haciendo que su lucha tenga más valor; una lucha ética, de derechos que no deben discutirse, desprovista de cualquier otro interés.

Que las gestas heroicas realizadas por Isabel Pallamay deben servir para visibilizar los trabajos y los actos solidarios y heroicos realizados por las mujeres, lesbianas, travestis y trans, que trabajan cotidianamente para que el Partido de Quilmes sea un lugar más justo e inclusivo.

Que en razón de lo mencionado anteriormente, creemos necesario crear una distinción que lleve el nombre de Isabel Pallamay para homenajear a mujeres, lesbianas, travestis y trans del Partido de Quilmes.

Que en el mes de Marzo se conmemora a las mujeres en su lucha por la igualdad de derechos, como así también la lucha por los derechos humanos, por lo que resulta oportuno realizar una distinción de estas características en dicho mes.

ORDENANZA

ORDENANZA Nº 13437/2021

  

ARTÍCULO 1°: MODIFÍCASE el Artículo 1° de la Ordenanza Nº 9902/04, el que  quedará redactado de la siguiente manera:

ARTÍCULO 1º: DENOMÍNASE a la presente Ordenanza de Régimen de  Honores, instituyéndose en el ámbito del Partido de Quilmes los siguientes Títulos Honoríficos:

  1. VISITANTE ILUSTRE DEL PARTIDO DE QUILMES

  2. HUÉSPED DE HONOR DEL PARTIDO DE QUILMES

  3. HUÉSPED OFICIAL DEL GOBIERNO DEL PARTIDO DE QUILMES

  4. HUÉSPED OFICIAL DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE QUILMES

  5. VECINA/O EJEMPLAR DEL PARTIDO DE QUILMES

  6. PERSONALIDAD DESTACADA DEL PARTIDO DE QUILMES

  7. CIUDADANA/O HONORARIA/O DEL PARTIDO DE QUILMES

  8. CIUDADANA/O ILUSTRE DEL PARTIDO DE QUILMES

  9. CIUDADANA/O ILUSTRE POST MORTEM

  10. DISTINCIÓN “ISABEL PALLAMAY”

ARTÍCULO 2°: INCORPÓRASE el Artículo 11º a la Ordenanza Nº 9902/04, el que  quedará redactado de la siguiente manera:

ARTÍCULO 11º: ISABEL PALLAMAY. La distinción “Isabel Pallamay”. podrá ser otorgada a mujeres, lesbianas, travestis y trans que residan en el Partido de Quilmes, y tendrá por objeto homenajear a aquellas vecinas que  realicen trabajos sociales, voluntarios o remunerados, y que se destaquen por su aporte a la construcción de una sociedad solidaria y más igualitaria.

Para su otorgamiento se establecen las siguientes condiciones:

1.- Serán designadas por el Honorable Concejo Deliberante a propuesta de cualquiera de sus miembros, del Departamento Ejecutivo o de cualquier particular o Institución.

2.- La distinción que se otorgará a las vecinas elegidas, será aprobada mediante Resolución del Honorable Concejo Deliberante.

3.- La distinción “Isabel Pallamay” será otorgada mediante un Acto institucional celebrado  en el mes de marzo de cada año, para tal fin, se invitará a la Señora Intendenta o al Señor Intendente Municipal.

4.- Quienes resulten honradas con la distinción “Isabel Pallamay” recibirán como acreditación un diploma y/o estatuilla.

5.- Los gastos y recursos requeridos para el otorgamiento de la distinción “Isabel Pallamay”, serán imputados a la Partida Presupuestaria, Jurisdicción 2, correspondiente al Honorable Concejo Deliberante. “

ARTICULO 3°: DISPONESE la renumeración de los Artículos 11º, 12º, 13º de la  Ordenanza Nº 9902/04, los que pasarán a numerarse como Artículos 12º, 13º y 14º respectivamente.

ARTICULO 4º: COMUNIQUESEa quienes corresponda, dése al Registro General y ARCHIVESE.-

                                                QUILMES,  23 de  Marzo de 2021.

         Fdo.: FABIO R. BAEZ, Presidente del H.C.D.

MIRIAM J. ARBERT, Secretaria Legislativa del H.C.D.

 

Que el presente decreto promulgatorio se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 108 inc. 2° de la Ley Orgánica de las Municipalidades (Decreto-Ley N° 6.769/58 y modificatorias vigentes);

Por todo lo expuesto;

 

LA INTENDENTA MUNICIPAL

D E C R E T A :

 

ARTÍCULO 1º: PROMÚLGASE la Ordenanza N° 13.437/2021 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante, en la Sesión Ordinaria del día 23 de marzo del 2021.-

ARTÍCULO 2º: DISPÓNESE que el presente Decreto será refrendado por el Sr. Jefe de Gabinete.-

ARTÍCULO 3º: DÉSE al Registro General, PUBLÍQUESE y ARCHÍVESE.-

LIC. ALEJANDRO E. GANDULFO                                 MAYRA S. MENDOZA

JEFE DE GABINETE                                                        INTENDENTA

MUNICIPALIDAD DE  QUILMES                             MUNICIPALIDAD DE QUILMES

                    Dr. CLAUDIO H. CARBONE

                      Secretario Legal y Técnico

               MUNICIPALIDAD DE QUILMES         

DECRETO 738/2021