Boletines/Tandil
Decreto Nº 1553/2021
Tandil, 14/05/2021
Visto
La Licitación Privada Nº27-02-21 “Adquisición de Tablets – Programa Tandil Estudia”, y
Considerando
Que se ha invitado a proveedores del ramo, según consta en CE-2021-00028574-MUNITAN-DCS#SEA, obrante en Orden Nº 9 del expediente licitatorio.
Que en DOCFI-2021-00028578-MUNITAN-DCS#SEA, Orden Nº 10, consta el Acta de Apertura de ofertas en la que cotiza sólo uno de los proveedores invitados.
Que en NO-2021-00028957-MUNITAN-DJ#SDS ha tomado intervención la Dirección de Juventud sugiriendo adjudicar el tercer producto ofrecido para el Ítem I y el quinto producto ofrecido para el Ítem II.
Que al respecto se han expedido la Dirección de Compras y Suministros, la Contaduría General y la Dirección de Presupuesto.
Que en virtud de haberse presentado una única oferta para la Licitación en cuestión, se procedió a elevar las actuaciones al Honorable Concejo Deliberante a los efectos dispuestos en el Artículo Nº 155 de la Ley Orgánica delas Municipales.
Que el Honorable Concejo Deliberante aprobó la Ordenanza Nº 17.178, autorizando a la aceptación de única oferta.
Que dicha Ordenanza consigna un monto total erróneo, debido un error material involuntario en los informes de elevación por parte del Departamento Ejecutivo.
Que el monto total de la adjudicación asciende a $2.275,400.00, importe que surge indubitablemente de acuerdo a la única oferta presentada, y representa un importe superior en $99,950.00 respecto al consignado en la citada Ordenanza, siendo la diferencia resultante poco significativa ya que representa menos de un 5% de la suma total, lo que evidencia que no se encuentran afectados los presupuestos que determinaron el dictado de la Ordenanza nº 17.178.
Que en virtud de ello, y a efectos de sanear dicha cuestión sin que por ello se vea afectada la validez del proceso licitatorio, corresponde elevar las actuaciones nuevamente al Honorable Conejo Deliberante a efectos de modificar la Ordenanza nº 17.178 consignándose las sumas correctas por las cuales se adjudica la presente licitación.
Que de acuerdo a los nuevos parámetros epidemiológicos en el contexto de pandemia actual, el 12 de mayo pasado el partido de Tandil quedó comprendido en la “Fase 2” establecida por el gobierno provincial y nacional, lo que implica suspensión de clases presenciales en el distrito a partir del Lunes 17 de mayo de 2021.
Que dicha situación determina a los/as alumnos/as del distrito a asistir a clases de manera virtual.
Que los/as destinatarios/as de la adquisición que se realiza mediante el presente proceso licitatorio, carecen de las suficientes herramientas digitales para la correcta continuidad pedagógica.
Que en términos de trayecto educativo, la imposibilidad de asistir a clases virtuales hasta tanto se proceda a la modificación de la Ordenanza nº 17.178 en los términos antes expuestos podría representar un riesgo para dichas trayectorias en función de los tiempos que conlleva, y la imperiosa necesidad de dotar de las herramientas tecnológicas licitadas a sus destinatarios/as.
Que de acuerdo a lo antes expuesto, no resulta razonable, oportuno ni conveniente, interpretar que dicha Ordenanza no será seguidamente modificada, consignando el correcto valor adjudicado; por lo que resulta aconsejable dictar el pertinente acto administrativo de adjudicación, por el monto correcto ofrecido y aceptado por la administración municipal, ad referéndum del Honorable Concejo Deliberante.
Que dicho mecanismo permitiría avanzar en la urgente adquisición y otorgamiento de los dispositivos tecnológicos de manera expeditiva, propendiendo a reducir al máximo posible los riesgos para las trayectorias educativas antes expuestos.
Que en necesario el dictado de este acto administrativo.
Por todo ello, en uso de sus facultades
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE TANDIL
D E C R E T A
Artículo 1°: Adjudícase la Licitación Privada Nº27-02-21“Adquisición de Tablets – Programa Tandil Estudia” al oferente DGM – de Diego Martín SRL por el monto total de $2.275.400,00 (pesos dos millones doscientos setenta y cinco mil cuatrocientos), ad referéndum del Honorable Concejo Deliberante por los fundamentos expuestos en los Considerandos del presente, de acuerdo al siguiente detalle:
Ítem 1: proveedor: DGM – de Diego Martín SRL – producto: Tablet EXO Wave i101R - $1.137.700,- (pesos un millón ciento treinta y siete mil setecientos).
Ítem 2: proveedor: DGM – de Diego Martín SRL – producto: Tablet EXO Wave i101R - $1.137.700 (pesos un millón ciento treinta y siete mil setecientos).
Artículo 2°: La erogación respectiva será imputada a la partida correspondiente del presupuesto de gastos.
Artículo 3°: El presente Decreto será refrendado por la Secretaría de Desarrollo Humano y Hábitat.
Artículo 4°: Regístrese, comuníquese, pase a la Secretaría de Economía y Administración, Contaduría General y oportunamente archívese.
Firma Digital: Alejandra Elizabeth Marcieri (Secretaria) - Miguel Ángel Lunghi (Intendente)
Secretaría de Desarrollo Humano y Hábitat - Intendencia