Boletines/Tandil
Decreto Nº 1551/2021
Tandil, 14/05/2021
Visto
El contrato de concesión sobre el Complejo Polideportivo Municipal de Tandil, suscripto con el Sr. Roberto Yunis Páez Ruiz.
Considerando
Que el inciso 8) de la cláusula cuarta del contrato referido establece que estará a cargo del Municipio el consumo eléctrico que se genere en el gimnasio, vestuario y duchas hasta una cantidad de 200 kw mensuales.
Que la Usina Popular y Municipal de Tandil SEM ha remitido informes respecto de los consumos eléctricos.
Que en la cláusula segunda del Convenio de Prórroga de Concesión suscripto el 18 de enero de 2018 prevé la compensación de canones acordados por obras y mejoras que sean aprobadas por la Secretaria de Planeamiento y Obras Públicas y que redunden posteriormente en un beneficio para el Municipio.
Que al respecto se ha expedido la Dirección de Obras Públicas y la Subsecretaria de Economía y Administración.
Por todo ello, en uso de sus facultades
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE TANDIL
D E C R E T A
Artículo 1º: Autorizase a Contaduría General a extender orden de pago a favor del Sr. Roberto Yunis Páez Ruiz –DNI 93.761.970, por la suma de veintitrés mil cincuenta y nueve con cincuenta y seis centavos ($23.059,56) correspondiente a los montos de consumo de energía eléctrica desde el periodo 06/2020 al 04/2021, ambos periodos inclusive, según lo dispuesto en el inciso 8) de la cláusula cuarta del contrato de concesión sobre el Complejo Polideportivo Municipal de Tandil.
Artículo 2º: Autorizase a Contaduría General a compensar el valor de pesos ciento noventa y tres mil doscientos cinco con treinta y cuatro centavos $193.205,34 correspondiente a la obra de calefacción de los espacios del Gimnasio y Vestuarios del Complejo Polideportivo Municipal para alcanzar las condiciones de temperaturas necesarias para el bienestar de los pacientes, por el canon de la concesión, según lo dispuesto en la cláusula segunda del Convenio de Prórroga de Concesión del Complejo Polideportivo Municipal de Tandil.
Artículo 3º: La erogación a producirse se imputará a la partida correspondiente al presupuesto de gastos vigente.
Artículo 4º: El presente decreto será refrendado por el Secretario de Gobierno.
Artículo 5º: Regístrese, comuníquese, pase a la Secretaría de Economía y Administración, Contaduría General, Dirección de Rentas y Finanzas, Dirección General de Inspección y Habilitaciones, Área de Control de Concesiones, y oportunamente archívese.
Firma Digital: Miguel Ángel Lunghi (Secretario) - Miguel Ángel Lunghi (Intendente)
Secretaría de Gobierno - Intendencia