Boletines/Coronel Suárez

Ordenanza Nº7485/2021

Ordenanza Nº 7485/2021

Coronel Suárez, 22/04/2021

ORDENANZA

ARTÍCULO 1°.- Créase el REGISTRO DE HORTICULTORES - - - - - - - - - - - - COMERCIALES DEL DISTRITO DE CORONEL SUÁREZ en el ámbito de la Secretaría de Producción, Empleo y Medio Ambiente.-

 

ARTÍCULO 2°.- En el mismo y siguiendo los lineamientos de - - - - - - - - la resolución antes mencionada, los productores deberán cumplir con la inscripción con carácter obligatorio en el Registro Nacional Sanitario de Productores Agropecuarios (Renspa) para poder comercializar sus productos.-

 

ARTÍCULO 3°.- Al momento de inscribirse deberán presentar: - - - - - - -Nombre del Titular, Tipo de posesión del suelo, Forma de Producción, Ubicación del lote.

 

ARTÍCULO 4°.- La Secretaría entregará un certificado - - - - - - - - - - oficial como constancia de la inscripción.

 

ARTÍCULO 5°.- A los efectos de poder realizar los controles - - - - - - -necesarios en cuanto al uso de aroquímicos la Municipalidad solicitará la implementación de un cuaderno de campo actualizado provisto por la Secretaría, donde deberán asentarse como mínimo los siguientes datos:

 

  •  Cultivo: Fecha de Siembra
  •  Fecha de  Aplicación de agroquímicos
  •  Fecha de inicio de la cosecha
  •  Número de Receta de Aplicación

 

ARTÍCULO 6°.- La Secretaría está autorizada a retirar - - - - - - - - - muestras de los cultivos a fin de poder verificar el cumplimiento de los períodos de carencia.-

 

ARTÍCULO 7°.- A los efectos de los señalado en el artículo - - - - - --anterior el organismo municipal enviará las muestras recolectadas a un laboratorio oficial a fin de determinar la presencia de residuos de agroquímicos.-

 

ARTÍCULO 8°.- En caso de verificarse la misma, respetando - - - - - - -- -los valores máximos de las normativas

 

 

vigentes, el productor será sancionado con multas por los inspectores de la Patrulla Ambiental, cuyo monto será determinado entre el mínimo y el máximo de “Unidades Fijas” que se prevean para cada contravención. En la Provincia de Buenos Aires, el valor de la Unidad Fija equivale a un litro de nafta de mayor octanaje.

 

Falta a la inscripción al Renspa:

1ra Inspección: Notificación

2da Inspección: Prohibición de Comercialización

 

Incumplimiento en la actuación del Cuaderno de Aplicación:

1ra verificación: Notificación

2da verificación: 250 Unidades Fijas

3ra verificación: 500 Unidades Fijas

4ta verificación: 1000 Unidades Fijas 

 

Presencia del Producto:

1ra verificación: 600 Unidades Fijas

2da verificación: 1200 Unidades Fijas

3ra verificación: 2000 Unidades Fijas

4ta verificación: Clausura 

 

Presencia de Agroquímicos:

Eliminación del cultivo si no estuviera totalmente cosechado”.-

 

ARTÍCULO 9°.- Los horticultores registrados deberán - - - - - - - - - - - realizar anualmente cursos de capacitación organizados por la Secretaría junto con otro organismos oficiales para realizar aplicación de  agroquímicos, calibración de equipo y conocimiento de tiempo de carencia de los productos.-

 

ARTÍCULO 10°.- Regístrese, comuníquese a quienes - - - -- - - - - - - - - -corresponda, cúmplase y oportunamente archívese.-

 

 

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL SUAREZ A LOS VEINTIDOS DIAS DEL MES DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL VEINTIUNO.-