Boletines/Coronel Suárez
Ordenanza Nº 7485/2021
Coronel Suárez, 22/04/2021
ORDENANZA
ARTÍCULO 1°.- Créase el REGISTRO DE HORTICULTORES - - - - - - - - - - - - COMERCIALES DEL DISTRITO DE CORONEL SUÁREZ en el ámbito de la Secretaría de Producción, Empleo y Medio Ambiente.-
ARTÍCULO 2°.- En el mismo y siguiendo los lineamientos de - - - - - - - - la resolución antes mencionada, los productores deberán cumplir con la inscripción con carácter obligatorio en el Registro Nacional Sanitario de Productores Agropecuarios (Renspa) para poder comercializar sus productos.-
ARTÍCULO 3°.- Al momento de inscribirse deberán presentar: - - - - - - -Nombre del Titular, Tipo de posesión del suelo, Forma de Producción, Ubicación del lote.
ARTÍCULO 4°.- La Secretaría entregará un certificado - - - - - - - - - - oficial como constancia de la inscripción.
ARTÍCULO 5°.- A los efectos de poder realizar los controles - - - - - - -necesarios en cuanto al uso de aroquímicos la Municipalidad solicitará la implementación de un cuaderno de campo actualizado provisto por la Secretaría, donde deberán asentarse como mínimo los siguientes datos:
ARTÍCULO 6°.- La Secretaría está autorizada a retirar - - - - - - - - - muestras de los cultivos a fin de poder verificar el cumplimiento de los períodos de carencia.-
ARTÍCULO 7°.- A los efectos de los señalado en el artículo - - - - - --anterior el organismo municipal enviará las muestras recolectadas a un laboratorio oficial a fin de determinar la presencia de residuos de agroquímicos.-
ARTÍCULO 8°.- En caso de verificarse la misma, respetando - - - - - - -- -los valores máximos de las normativas
vigentes, el productor será sancionado con multas por los inspectores de la Patrulla Ambiental, cuyo monto será determinado entre el mínimo y el máximo de “Unidades Fijas” que se prevean para cada contravención. En la Provincia de Buenos Aires, el valor de la Unidad Fija equivale a un litro de nafta de mayor octanaje.
Falta a la inscripción al Renspa:
1ra Inspección: Notificación
2da Inspección: Prohibición de Comercialización
Incumplimiento en la actuación del Cuaderno de Aplicación:
1ra verificación: Notificación
2da verificación: 250 Unidades Fijas
3ra verificación: 500 Unidades Fijas
4ta verificación: 1000 Unidades Fijas
Presencia del Producto:
1ra verificación: 600 Unidades Fijas
2da verificación: 1200 Unidades Fijas
3ra verificación: 2000 Unidades Fijas
4ta verificación: Clausura
Presencia de Agroquímicos:
Eliminación del cultivo si no estuviera totalmente cosechado”.-
ARTÍCULO 9°.- Los horticultores registrados deberán - - - - - - - - - - - realizar anualmente cursos de capacitación organizados por la Secretaría junto con otro organismos oficiales para realizar aplicación de agroquímicos, calibración de equipo y conocimiento de tiempo de carencia de los productos.-
ARTÍCULO 10°.- Regístrese, comuníquese a quienes - - - -- - - - - - - - - -corresponda, cúmplase y oportunamente archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL SUAREZ A LOS VEINTIDOS DIAS DEL MES DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL VEINTIUNO.-