Boletines/Coronel Suárez

Decreto Nº1035/2021

Decreto Nº 1035/2021

Coronel Suárez, 13/05/2021

Visto

la nota presentada por el Director de Gestión Cultural y Ceremonial, dando cuenta del Evento “Concurso de Cortometrajes” y 1° Festival de Cine de Coronel Suárez Sauce Corto (S), y -

Considerando

Que la convocatoria al “Concurso de Cortometrajes”, estará abierta desde el 11 de mayo al 1° de agosto de 2021, inclusive, el cual tiene como objetivos:

  • Fomentar el desarrollo del arte cinematográfico bajo todas sus formas.
  • Crear y mantener un espíritu de colaboración y conocimiento entre todos los participantes productores de cortos en la región.
  • Revalorizar y destacar los jóvenes talentos
  • Acercar nuevamente el cine al pueblo y el pueblo al cine.

Que la participación en el concurso comprende las siguientes categorías: Ficción, Animación, Documental, Experimental y Vídeos Musicales, pudiendo  participar del concurso, tanto amateurs como profesionales, que hayan cumplido 16 años y que residan en  los siguientes distritos de la Provincia de Buenos Aires: Adolfo Alsina, Coronel Pringles, Coronel Suarez, General La Madrid, Guamini, Puán, Saavedra - Pigüé, y Tornquist, cuyo Reglamento, Bases y Condiciones forman parte del presente como Anexo;

Que el festival consiste en proyectar los trabajos seleccionados del concurso de cortometrajes, para lo cual se convocará a exponentes del arte cinematográfico en un encuentro que se realizará en el Cine Teatro Italia de nuestra ciudad los días 2 y 3 de octubre 2021, cuya premiación se encuentra detallada en el Anexo que forma parte del presente.

Por ello, el Intendente Municipal del Partido, en uso de sus atribuciones-

 

D E C R E T A

ART. 1º: Declárese de Interés Municipal el Evento “CONCURSO DE                              - - - - - CORTOMETRAJES” a convocarse desde el 11 de mayo al 1° de agosto de 2021 y el 1° FESTIVAL DE CINE DE CORONEL SUÁREZ SAUCE CORTO (S), que se realizará en el Cine Teatro Italia de nuestra ciudad los días 2 y 3 del mes de octubre de 2021, cuyo Reglamento, Bases y Condiciones forman parte del presente como Anexo, de acuerdo a lo expuesto en los considerandos del presente.-

ART. 2º: Por contaduría se liquidarán los gastos que se conceden por el artículo            - - - - - anterior, previa imputación a la Subjurisdicción: 111.011.1000 “Gestión Cultural y Ceremonial” - Categoría Programática: 16.02.00 “Políticas de Coordinación, Promoción, Cooperación y Desarrollo Cultural Educativo” –  Fuente de Financiamiento: 132 – Recurso: 17.5.01.37 - Objeto del Gasto: 5.1.3.6 - 2.9.9 - 3.9.9  

ART.3°: Cúmplase, comuníquese y oportunamente, archívese.-