Boletines/Coronel Suárez
Decreto Nº 993/2021
Coronel Suárez, 04/05/2021
Visto
la nota presentada por el Director de Gestión Cultural y Ceremonial, dando cuenta del lanzamiento del sitio web Mercado de Arte Bonaerense (M.A.B.) a concretarse en el mes de mayo del corriente año, y -
Considerando
Que el mismo tiene el fin de promover la venta de obras de artistas plásticos de la región, entre otras actividades artísticas que a partir de esta propuesta se generaran.
Que dicho pedido es solicitado por la JUNTA red bonaerense de arte que reúne a 70 espacios de arte contemporáneo de la región, siendo sede ISIDORO ESPACIO DE ARTE que tiene como responsable a Sonia Gabriela Gómez, de nuestra ciudad. Esta propuesta, fue creada en 2020 en el contexto del ASPO, (Aislamiento Social Preventivo y Obligatorio), al momento de su conformación cuentan con más de 50 espacios de arte del mercado primario que van desde galerías de todo tipo de formato, espacios de arte comunitarios, residencias en todas sus variantes, proyectos colectivos, proyectos de prácticas territoriales y los diversos formatos existentes donde se fomenta la producción artística contemporánea en territorio. La red funciona como una plataforma de acción colectiva por asamblea general y por trabajo en comisiones donde se discuten los lineamientos de cada temática y su traslado a los proyectos anuales.
Que además, desarrollan coordinaciones regionales (norte, sur, costa norte y sur, centro, y conurbano) quienes se abocan a seguir sumando espacios, trabajando por el reconocimiento del arte en modos de generar comunidad y de integrarse en los procesos de generación de economías regionales, como bonaerenses que son. Es así que emerge la necesidad de contar con fondos para financiar el sitio web del Mercado de Arte Bonaerense, como una plataforma virtual de venta de obra y también en sedes físicas
Por ello, el Intendente Municipal del Partido, en uso de sus atribuciones-
D E C R E T A
ART. 1º: Declárese de Interés Municipal el “lanzamiento del sitio web - - - - Mercado de Arte Bonaerense (M.A.B.)” a concretarse en el mes de mayo del corriente año, de acuerdo a lo expuesto en los considerandos del presente.-
ART. 2º: Cúmplase, comuníquese y oportunamente, archívese.-