Boletines/Coronel Suárez

Decreto Nº921/2021

Decreto Nº 921/2021

Coronel Suárez, 27/04/2021

Visto

el Expediente 4028-405/2008 recaratulado EXP -MCS 2/2020, y el Decreto 711/2013 por medio del cual se realiza la prescripción adquisitiva del lote designado Catastralmente como Circ. XV, Secc. B, Manz. 111h Parcela 24 en el que se encuentra emplazada en el ejido de nuestra Ciudad la plaza “El Trébol”, y-

Considerando

Que del informe elaborado por la Sub Directora de la Oficina de Registro Patrimonial del Municipio y del Informe de Dominio solicitado por ante el Registro de la Propiedad Inmueble, se desprende que se tramito la Escritura  por Prescripción a favor de la Comuna, pero que al momento de su inscripción por ante Escribanía General de Gobierno, se informó la imposibilidad de realizarlo, atento la existencia de un embargo judicial en autos caratulados “CIMA SA C/ BLESSING CARLOS S/ COBRO EJECUTIVO” EXPTE. Nº 685 de trámite por ante el Juzgado de Paz letrado de la Ciudad de Coronel Suárez.-

                                      Que el monto a cancelar en dicho proceso, conforme aprobación judicial de la liquidación practicada oportunamente, asciende a la suma de Pesos ciento treinta y ocho mil quinientos ochenta y uno con cero cinco centavos ($ 138.581,05) en concepto de capital y Pesos tres mil doscientos ($3.200.-) más aportes de ley  Ley 8.455 ($320.-), lo que hace un total de PESOS CIENTO CUARENTA Y DOS MIL CIENTO UNO CON CERO CINCO CENTAVOS ( $ 142.101,05), que deberán ser depositados en la cuenta judicial abierta a tales fines y efectos en el Banco de la Provincia de Bs.As. a nombre del juzgado y como perteneciente a dichos autos, Nº de Cta. 6847-027-0501564/6. CBU Nº 0140352527684750156469.-

                                      Que de la Tasación oficial elaborada por el Banco Provincia, Departamento de Tasaciones, con fecha 09.04.2021  se establece que el valor referencial de venta de dicho inmueble asciende a la suma de PESOS SEIS MILLONES DOSCIENTOS MIL ($6.200.000.-), con lo cual no quedan dudas de lo beneficioso que resulta para el interés Municipio poder incorporar al dominio público del estado municipal dicho inmueble, por ser sumamente más elevada su tasación que el monto que la comuna debe abonar para destrabar la medida cautelar que pesa sobre el mismo y lograr definitivamente la inscripción del dominio a favor de la Comuna.-

                                      Que de la consulta realizada al Honorable Tribunal de Cuentas, se expidiera manifestando que:…“Así las cosas, las autoridades municipales serán las encargadas de evaluar la conveniencia de la operación debiendo acreditar oportunamente que la misma ha resultado beneficiosa a los intereses de la comuna”.

                                      Que del dictamen elaborado por la Asesora Legal y Técnica  del Municipio se desprende que el inmueble en cuestión es una Plaza de Uso Público, que la disfruta la población en general y los vecinos del barrio  en particular; que la misma lleva el nombre con el que se identifica a esa barriada como “Plaza El Trébol”;  que los vecinos del lugar no cuentan con otro espacio verde para el esparcimiento y disfrute de los más pequeños; que habiéndose demostrando que del análisis costo beneficio para el Municipio es a todas luces conveniente desde el punto de vista social y económico, la Subsecretaría Legal y Técnica entiende viable  abonar las sumas debidas en los autos “ut supra” mencionados para proceder al levantamiento de la medida cautelar y posteriormente a la inscripción definitiva a favor del Municipio.-

Por ello, el Intendente Municipal del Partido en uso de sus atribuciones –

 

D E C R E T A

 

ART.1º: Declárese  tanto del punto de vista social como económico,                      - - - - - conveniente y beneficioso, incorporar al patrimonio municipal el bien designado catastralmente como Circ. XV, Secc. B, Manz. 111h Parcela 24 sobre el que se encuentra emplazada la plaza “El Trébol.-

ART. 2º: Procédase a transferir a la cuenta judicial del Banco Provincia                   - - - - - Nº 6847-027-0501564/6. CBU Nº 0140352527684750156469  la suma de PESOS CIENTO CUARENTA Y DOS MIL CIENTO UNO CON CERO CINCO CENTAVOS ($ 142.101,05), con el objeto de levantar la medida cautelar que pesa sobre dicho inmueble.-

ART. 3º:Instrúyase a la Oficina de Patrimonio Municipal para que inscriba              - - - - por medio de Escribanía General de Gobierno, en forma definitiva la Prescripción Adquisitiva a favor de la Municipalidad de Coronel Suárez.-

ART. 4º:Cúmplase, comuníquese y regístrese.-