Boletines/Coronel Suárez
Decreto Nº 886/2021
Coronel Suárez, 23/04/2021
Visto
el EXPTE. Nº 859/2018 “FONDO MICROCREDITO FORANI DAMIAN”, y-
Considerando
Que en el marco de la Ordenanza Nº 6674/2017 que establece la creación del FONDO ROTATORIO MUNICIPAL DE MICROCREDITOS, se le otorgara mediante Decreto Nº 1474 del 11 de Julio de 2018 al beneficiario Sr. FORANI, DAMIAN (D.N.I. 21.107.692) la suma de 100.000 (CIEN MIL) con destino a la reconversión productiva en su actividad de CONSTRUCCION/DECORACION - REVESTIMIENTOS.-
Que de la nota presentada por la Secretaría de Producción con fecha 09.04.2021 y del informe elaborado por la Dirección de Recaudaciones se desprende que el beneficiario no ha dado cumplimiento al pago de las cuotas que se comprometiera en la firma del Convenio que se suscribiera con fecha 13.07.2018 cuya cláusula TERCERA establece: “… Los vencimientos de los plazos son automáticos, quedando en mora el deudor por su solo vencimiento de conformidad con el art. 1529 del Código Civil. El no pago de dos cuotas, consecutivas o alternadas, será causal de rescisión del presente convenio, quedando autorizada la Municipalidad para ejecutar al presente convenio, y/o su pagare de garantía, por el monto total del microcrédito otorgado, con más sus gastos, intereses, costas y costos pactándose expresamente la vía ejecutiva, conforme art. 518 y 521 del C.P.C.C., …”.-
Por ello, el Intendente Municipal del Distrito, en uso de sus atribuciones;
D E C R E T A
ART. 1: Déjese sin efecto el Decreto 1474 del 11 de Julio de 2018.-
ART. 2º: Rescíndase el Contrato de Préstamo otorgado en el marco de la - - - - - Ordenanza Nº 6674/2017 suscripto por el beneficiario FORANI, DAMIAN (D.N.I. 21.107.692) con fecha 13.07.2018.-
ART.3º: Procédase a la EJECUCION del documento pagare firmado en - - - - - garantía de las obligaciones contractuales contraídas por la suma de $ 100.000 PESOS CIEN MIL.
ART. 4: Instrúyase a Subsecretaría Legal y Técnica a iniciar el pertinente - - - - - juicio de cobro ejecutivo por ante el Juzgado de Paz Letrado de ésta Ciudad.-
ART. 5: Comuníquese, cúmplase y regístrese.-