Boletines/Coronel Suárez
Decreto Nº 868/2021
Coronel Suárez, 23/04/2021
Visto
la sanción de la Ordenanza nº 5.309/11, mediante la cual se crea en el Distrito de Coronel Suárez, un fondo de reserva para la atención médica de aquellos casos que por su complejidad y/u onerosidad requieran de la ayuda solidaria de la comunidad, y ordenanza Modificatoria nº 7.292/20, representada en este caso por el Municipio, y -
Considerando
Que de conformidad a lo previsto en los art. 5º y 8º de la Ordenanza, el Departamento Ejecutivo autorizará o no este beneficio;
Que el Sr. GOTTFRIDT, ANDRES JOAQUIN – DNI 36.698.163, solicita hacer uso del mismo para afrontar costo de miniplaca bloqueada;
Que al haber dado cumplimiento a lo dispuesto en el articulado de la Ordenanza de referencia, y luego de haberse analizado el caso tal cual lo expuesto en sus arts. 7 y 8, la Comisión Evaluadora del “Fondo de Salud Solidaria”, informa que corresponde otorgar el beneficio, por única vez, de $ 114.750 (pesos ciento catorce mil setecientos cincuenta) al requirente;
Por ello, el Intendente Municipal del Partido, en uso de sus atribuciones-
D E C R E T A
ART.1º: Otorgar al Sr. GOTTFRIDT, ANDRES JOAQUIN – DNI 36.698.163, la suma - - - - de $ 114.750 (pesos ciento catorce mil setecientos cincuenta) por única vez, para afrontar costo de miniplaca bloqueada, de acuerdo a lo expuesto en los considerandos del presente.-
ART. 2º: Establecer la devolución del beneficio acordado en el artículo - - - - - primero en 3 cuotas mensuales, iguales y consecutivas por un valor de $ 38.250, con un período de gracia de 3 meses, a partir de hacerse efectivo el préstamo, imputándose a la Subjurisdicción: 111.010.5000 “Secretaría de Salud”, Categoría Programática: 01.03.00 “Seguro Salud Solidaria” - Objeto del Gasto: 6.3.1.1 “Prést.Seg.Salud Solidaria”, Fte. Fto. 131 “Origen Municipal”.- Recurso: 12.9.03.00.-
ART.3° A través de Subsecretaria Legal y Técnica, se confeccionará con el - - - - beneficiario en forma previa a la entrega de dinero, el pertinente convenio de devolución del monto indicado en el artículo primero, considerando la capacidad socio-económica del peticionante.
ART.4º: De ser el beneficiario, agente de esta Comuna, deberá conferir la - - - - - pertinente autorización para el descuento de haberes de su recibo de sueldo, conforme Decretos Municipales vigentes, 599/99, 7/02, 1017/04.-
ART. 5º: Comuníquese, cúmplase y regístrese.-