Boletines/Coronel Rosales
Ordenanza Nº 4015
Coronel Rosales, 22/04/2021
ORDENANZA
Corresp. Expte. O-41/2020
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL DE MARINA LEONARDO ROSALES HA SANCIONADO CON FUERZA DE
O R D E N A N Z A
Artículo 1º: Modifíquese el Artículo 1º de la Ordenanza Nº 3885, que quedará redactado de la siguiente manera:
“Artículo 1º: Créase la Mesa Consultiva para la Prevención del Suicidio para el análisis de las distintas políticas de salud y sociales tendientes a la disminución de casos de suicidios, con el fin de sugerir las mismas al área que corresponda”.
Artículo 2°: Modifíquese el Artículo 2º de la Ordenanza Nº 3885, que quedará redactado de la siguiente manera:
“Artículo 2º: La “Mesa Consultiva para la Prevención del suicidio” estará conforma por dos (2) representantes del poder ejecutivo municipal, un (1) representante por cada bloque político del Honorable Concejo Deliberante, (1) representante del Sistema Educativo dispuesto desde la Jefatura Distrital, y un (1) profesional médico especializado en la temática y debidamente acreditado. La mesa será convocada desde la Presidencia del Concejo Deliberante cada sesenta (60) días, desde el momento de promulgada la presente. Para poder efectuar sus reuniones deberá contar con la totalidad de sus miembros y podrá invitar a los referentes mencionados en el Artículo 3º inc. a, de a uno por vez”.
Artículo 3º: Modifíquese el Artículo 3º de la Ordenanza Nº 3885, que quedará redactado de la siguiente manera:
“Artículo 3º: Son funciones de la “Mesa Consultiva para la Prevención del suicidio”:
a) Llevar un registro de las instituciones, asociaciones, organizaciones no gubernamentales y profesionales del sector público y privado con orientación a la problemática existentes en el distrito. Dicho registro será actualizado mensualmente y puesto a disposición de quien lo requiera.
b) Interactuar con los referentes mencionados en el inciso a, para ser nexo en el intercambio de información y evaluar posibles campañas de Concientización y Prevención en base a las necesidades observadas en el distrito, y proponerlas al organismo que corresponda para ser ejecutadas, según lo disponga el receptor.
c) Proponer en los informes planteados en el Art. 4, al Departamento Ejecutivo políticas tendientes a la prevención de conductas de autoeliminación, de acuerdo a lo dispuesto en cada encuentro de la Mesa por sugerencia del profesional especializado; y la información provista por los organismos mencionados en el inciso a.
Artículo 4º: Modifíquese el Artículo 4º de la Ordenanza Nº 3.885, que quedará redactado de la siguiente manera:
“Artículo 4: La “Mesa Consultiva para la Prevención del suicidio” deberá informar cuatrimestralmente sobre las conclusiones del trabajo realizado al área del poder ejecutivo municipal que corresponda”.
Artículo 5º: Agréguese como Artículo 8º:
“Artículo 8º: Adhiérese la Municipalidad de Coronel Rosales a la Ley Provincial 14.991, mediante la cual se adhiere a la Ley Nacional 27.130 que declara de interés nacional la atención biopsicosocial, la investigación científica y epidemiológica, la capacitación profesional en la detección y atención de las personas en riesgo de suicidio y la asistencia a las familias de víctimas del suicidio.-
Artículo 6º: Regístrese, Comuníquese, Dese al Boletín Municipal, Hecho, Archívese.
SANCIONADA POR EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE CORONEL DE MARINA LEONARDO ROSALES EN LA CIUDAD CABECERA DE PUNTA ALTA A LOS VEINTIDOS DIAS DEL MES ABRIL DEL AÑO DOS MIL VEINTIUNO.
Firmado Nicolás Aramayo Presidente
Pablo Zaragoza Secretario Legislativo