Boletines/Coronel Rosales

Resolución Nº193/21

Resolución Nº 193/21

Coronel Rosales, 04/06/2021

Visto

Las actuaciones obrantes en el Expte. Nº F-011/21, las solicitudes obrantes a fs. 01, 02, 36, 37 relacionada con la habilitación municipal y alta del local ubicado en calle Murature Nº 271 de la ciudad de Punta Alta para ser destinado al funcionamiento del comercio bajo los rubros: Fiambrería, pollería con elaboración, venta mayorista de fiambres, vinería, cámara frigorífica, (Códigos de Actividades: 62.100.07 – 62.100.14 – 62.100.13 – 72.000.02 – 61.900.08), lo previsto por las Ordenanzas Municipales Nro. 2660 y 3766, el Decreto Municipal Nº 110/21, Y

Considerando

Que de la documentación obrante en estas actuaciones y de los informes producidos a partir de la intervención del personal idóneo en materia de bromatología, obras y seguridad e higiene dependiente de la Dirección de Producción y Desarrollo surge que se encuentran cumplidos en debida forma todos los requisitos exigidos por las Ordenanzas Municipales Nº 2660 3766 para otorgar habilitación municipal provisoria por el plazo de       seis (6) meses en favor del solicitante y respecto del local ubicado en calle Murature Nº 271 de la ciudad de Punta Alta para ser destinado al funcionamiento del comercio bajo los rubros: Fiambrería, pollería con elaboración, venta mayorista de fiambres, vinería, cámara frigorífica, (Código de Actividad: 62.100.07 – 62.100.14 – 62.100.13 – 72.000.02 – 61.900.08).-

Por ello, el INTENDENTE MUNICIPAL del Partido de Coronel de Marina Leonardo Rosales, en uso de las facultades que les son propias; RESUELVE

ARTÍCULO  1º: Habilítese en forma PROVISORIA y por el término de SEIS (6) MESES a partir del día 04 de Junio de 2021 el local ubicado en la calle Murature Nº 271 de la ciudad de Punta Alta, identificado con la partida 2559, para el funcionamiento del comercio Nº 11810, destinado a los rubros: FIAMBRERÍA, POLLERÍA CON ELABORACIÓN, VENTA MAYORISTA DE FIAMBRES, VINERÍA, CÁMARA FRIGORÍFICA, Códigos: 62.100.07 – 62.100.14 – 62.100.13 – 72.000.02 – 61.900.08, siendo la superficie destinada a la actividad de 262,49 m², cuyo titular es FULQUET, Hernán Elvio, CUIT: 20-38948174-3.- 

 

ARTICULO 2º: La presente Resolución será refrendada por la Srta. Secretaria de Gobierno.-


ARTICULO 3º: Regístrese. Tome conocimiento la Secretaría de Economía, déjese constancia de ello en el expediente y por su intermedio notifíquese a las jerarquías inferiores que corresponda. Gírese a la Dirección de Producción y Desarrollo para su prosecusión. Notifíquese al interesado en la forma de estilo. Oportunamente remiítase al Departamento de Contralor Impositivo a sus efectos.  Hecho archívese.-