Boletines/Coronel Rosales

Resolución Nº185/21

Resolución Nº 185/21

Coronel Rosales, 31/05/2021

Visto

Las actuaciones promovidas en el Expte. J-58/21, lo establecido por los Arts. 118, 119 y cctes. del C.C.T., el Decreto Municipal Nº 261/21, Y

Considerando

Que de conformidad con lo establecido por los Arts. 118 y 119 del C.C.T. convocadas que fueron las entidades sindicales con personería gremial representativas de los trabajadores de la Municipalidad de Coronel Rosales -luego de arduas y prolongadas negociaciones entre las partes- se arribó a acuerdo compositivo respecto del cronograma de implementación del nuevo esquema de bonificaciones, compensaciones y retribuciones de conformidad con lo previsto por el Art. 119 del C.C.T.-

Así en el marco del acuerdo alcanzado con fecha 21 de Abril de 2.021 se procedió al dictado del Decreto Municipal Nº 261/21 para la formalización del cronograma de implementación de bonificaciones acordado motorizando así, en forma definitiva, la liquidación de las bonificaciones previstas por el C.C.T. en la forma que el dicho cuerpo normativo lo indica.-

Que lo actuado se encuadra en las disposiciones de la Ley Orgánica de las Municipalidades -Decreto Ley Nº 6769/58-, RAFAM Decreto Provincial Nº 2980/00 y Ordenanza Municipal Nº 3561 y corresponde, en consecuencia, dictar el acto administrativo pertinente.-

Por ello, el Sr. INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE CORONEL ROSALES, en uso de sus facultades; RESUELVE

ARTICULO 1º: Disponer la adecuación a las previsiones de bonificaciones, compensaciones y retribuciones de acuerdo a función, categoría y agrupamiento del C.C.T. y de conformidad con el cronograma de implementación fijado por el Decreto Municipal Nº 261/21 de las liquidaciones de haberes de todos los Agentes Municipales que integran el listado que, como Anexo I, forma parte del presente Decreto.-

 

ARTICULO 2º: Facúltase a la Contaduría Municipal, Departamento de Presupuesto y Departamento de Liquidación de Haberes a impulsar y formalizar las adecuaciones técnicas que permitan efectivizar el pago de lo dispuesto en el presente Decreto en el marco de la Ley Orgánica de las Municipalidades -Decreto Ley Nº 6769/58- y RAFAM Decreto Provincial Nº 2980/00.-

 

ARTICULO 3º: El presente Decreto será refrendado por la Secretaria de Gobierno.-

 

ARTICULO 4º: Regístrese. Tomen conocimiento la totalidad de las Secretarias y el Dpto de Derechos Humanos, déjese constancia de ello en el expediente y por su intermedio notifíquese a las jerarquías inferiores que corresponda.- Por el Departamento de Personal notifíquese a los agentes designados y regístrese en sus legajos, gírese al Departamento de Liquidación de Haberes para su pago.- Hecho, archívese.-

 

Anexos

ANEXO I

RES. Nº185 EXPTE J-58/21

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