Boletines/Coronel Rosales
Resolución Nº 50/2021
Coronel Rosales, 22/03/2021
Visto
Las actuaciones obrantes en los Exptes. Nro. D-234/19 y S-170/20 referentes a la regularización y escrituración del inmueble en el que se asienta la Colonia de Vacaciones Municipal de la localidad de Pehuen-Co, Y
Considerando
Que a fin de gestionar la regularización dominal en favor de la Municipalidad de Coronel Rosales del inmueble en el que se asienta la Colonia de Vacaciones Municipal de la localidad de Pehuen-Co (Nomenclatura Catastral: Circ. VII, Secc. A, Mza. 137 – Ptda. de Contribuyentes Nro. 113-8324) se ha dado inicio a las presentes actuaciones con la recopilación de importantes antecedentes documentales que acreditan la posesión libre, pública, pacífica y contínua que ha ejercido la Comuna sobre el inmueble en cuestión.-
Que con motivo del oficio judicial librado en los autos caratulados: “Banco de Intercambio Regional S.A. -hoy en liquidación por el Banco central de la República Argentina – c/ Pehuen-Co SCA s/ Concurso Especial” (Expte. Nro. 119.731) de trámite por ante el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nro. 2 de Bahía Blanca se dio inicio a las actuaciones nomencladas bajo el número D-234/19 cuya acumulación a las presentes actuaciones corresponde disponer a efectos de unificar ambas tramitaciones.-
Que de las constancias obrantes en autos emerge que el Municipio de Coronel Rosales ha poseído, sin interrupción alguna y durante mas de VEINTE (20) años, el inmueble antes descripto conforme lo informado por las pertinentes áreas Municipales.-
Que la posesión que ejerce el Municipio sobre el mencionado inmueble data desde su adquisición por parte de la Comuna autorizada mediante Ordenanza Municipal Nro. 565/64 cuya copia fiel corre agregada en autos.-
Que del Plano de Mensura proyectado por el Área de Planeamiento de este Municipio que luce agregado en autos el bien de referencia se designa como Parcela 1a de la Manzana 137, lindando al N con remanente sin afecta de su misma manzana, al S con Calle 4 (tierra sin abrir), al O con Calle 29 (tierra sin abrir) y al E con Avda. Ameguino (tierra). Superficie total a afectar y prescribir VEINTICUATRO MIL TRESCIENTOS SETENTA Y TRES METROS SETENTA Y TRES DECIMETROS CUADRADOS (24.373,73 M2).-
Que es indispensable, a raíz de lo expuesto precedentemente, realizar las tramitaciones necesarias para perfeccionar el dominio del inmueble en cuestión ya que el mismo se encuentra adquirido por el modo establecido en los artículos 1897, 1899, 2565 y ccs. del Código Civil y Comercial de la Nación.-
Que a sus efectos corresponde requerir a la Secretaría de Obras Públicas y Planeamiento la confección de Plano de Mensura con aprobación por la Dirección de Geodesia Provincial en los términos de la Ley 10.707 y normas concordantes en aras de dar cumplimiento a los requisitos de procedencia previstos por la Ley 21.477.-
Asimismo procede, además, librar oficio a los autos caratulados: "Pehuenco S.C.A. s/ Quiebra (Pequeña)" (Expte. Nº 114404) y “Banco de Intercambio Regional S.A. -hoy en liquidación por el Banco central de la República Argentina – c/ Pehuen-Co SCA s/ Concurso Especial” (Expte. Nro. 119.731) ambos de trámite por ante el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nro. 2 de Bahía Blanca, a los fines de que la firma Pehuenco S.C.A. como el Síndico Interviniente y/o demás interesados tomen conocimiento del inicio del presente tramite y en su caso tomen la intervención que le estime corresponder en las presentes actuaciones en virtud de lo previsto por la Ley 21.477 modificada por Ley 24320.-
Por ello, EL INTENDENTE MUNICIPAL del Partido de Coronel de Marina Leonardo Rosales, en uso de sus facultades RESUELVE
ARTICULO 1º: Disponer la acumulación a las presentes actuaciones del Expte. Nro. D-234/19 tomándose nota de ello en Mesa de Entradas y en los diversos registros de expedientes de este Municipio.-
ARTICULO 2º: Requerir a la Secretaría de Obras Públicas y Planeamiento la confección, por intermedio del área técnica de su dependencia correspondiente, de Plano de Mensura con aprobación por la Dirección de Geodesia Provincial en los términos de la Ley 10.707 y normas concordantes en aras de dar cumplimiento a los requisitos de procedencia previstos por la Ley 21.477 modificada por Ley 24320.-
ARTICULO 3º: Librar oficio a los autos caratulados: "Pehuenco S.C.A. s/ Quiebra (Pequeña)" (Expte. Nº 114404) y “Banco de Intercambio Regional S.A. -hoy en liquidación por el Banco central de la República Argentina – c/ Pehuen-Co SCA s/ Concurso Especial” (Expte. Nro. 119.731) ambos de trámite por ante el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nro. 2 de Bahía Blanca, a los fines de que la firma Pehuenco S.C.A. como el Síndico Interviniente y/o demás interesados tomen conocimiento del inicio del presente tramite y en su caso tomen la intervención que le estime corresponder en las presentes actuaciones en virtud de lo previsto por la Ley 21.477 modificada por Ley 24320.-
ARTICULO 4º: La presente Resolución será refrendada por el Señor Secretario de Obras y Servicios Públicos.-
ARTICULO 5º: Regístrese. Gírense las presentes actuaciones a Mesa de Entradas, Asuntos Legales y a la Secretaría de Obras Públicas y Planeamiento para el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente. Cumplido, resérvese.-
RESOLUCIÓN Nº 50/2021