Boletines/Coronel Rosales
Decreto Nº 178/2021
Coronel Rosales, 20/04/2021
Visto
Las actuaciones obrantes en el Expte. DC-369/21 relativas a la adquisición de mercadería para destinarse a ayuda social a personas carenciadas, lo informado por el Sr. Jefe de Compras, lo señalado por el Sr. Secretario de Desarrollo Social y la certificación de la Sra. Contadora General, la solicitud de gastos, la Orden de Compra y Adjudicación RAFAM Nº 437, lo previsto por el Art. 156 inc. 10 de la LOM, Y
Considerando
Que mediante Solicitud de Pedido Nº 369 la Secretaría de Desarrollo Social de esta Comuna dio inicio al presente procedimiento de compra de 2.200 botellas de 900 ml de aceite comestible de girasol para ser destinado a ayuda social a personas carenciadas tal como periódica y regularmente se realiza por intermedio de dicha Secretaría.-
Que sin perjuicio de haber advertido el Departamento de Compras que el monto de la compra superaba los límites del procedimiento de compra directa establecidos por los Arts. 151 y cctes. de la LOM y la Res. 690/20 del Ministerio de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires se procedió a la adquisición de los productos mediante el referido mecanismo de compra en atención a la urgencia de su provisión a los destinatarios de la ayuda social estatal.-
Que mediante orden de Compra y Adjudicación RAFAM Nro. 437 se dispuso adquirir en forma directa al Proveedor Nro. 2195 “Distribuidora Urquiza S.R.L.” por la suma de PESOS TRESCIENTOS OCHENTA Y SEIS MIL CIEN ($ 386.100.-).-
Que sin perjuicio de haberse advertido encontrarse excedido el monto que limita el Art. 151 y cctes. de la LOM y Res. 691/20 del Ministerio de Gobierno de la Pcia. de Buenos Aires para las adquisiciones por compra directa y según informe el Sr. Jefe de Compras razones operativas y de urgencia en la disposición y entrega de los productos adquiridos tornaron absolutamente imprescindible optar por dicho mecanismo de contratación en lugar del llamado a concurso de precios.-
Que tal como se refiriera anteriormente la compra se fundamentó en la imperiosa necesidad de personas de bajos recursos de contar con la ayuda social estatal pertinente para paliar, en la medida de lo posible, sus necesidades mas elementales y urgentes.-
Que tanto el Secretario de Desarrollo Social como la Sra. Contadora Municipal certifican que la que la operación objeto del presente se encuadra en el nivel de precios y en las condiciones habituales del mercado resultando aplicable lo previsto por el Art. 156 inc. 10 de la LOM.-
Por ello, EL INTENDENTE MUNICIPAL del Partido de Coronel de Marina Leonardo Rosales, en uso de sus facultades DECRETA
ARTICULO 1º: Convalidar la Adjudicación Rafam Nº 437/21 de fecha 12/03/2021 autorizando el pago de la Orden de Compra Nro. 437/21 relativo a la adquisición de 2.200 botellas de 900 ml de aceite comestible de girasol para ser destinado a ayuda social a personas carenciadas (Art. 156 inc. 10 LOM).-
ARTICULO 2º: El presente Decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Desarrollo Social.-
ARTICULO 3º: Regístrese. Tome conocimiento la Secretaría de Economía, déjese constancia de ello en el expediente y por su intermedio notifíquese a las jerarquías inferiores que corresponda. Notifíquese a la adjudicataria. Gírese a Contaduría General, Departamento de Compras y Tesorería Municipal para su cumplimiento.- Hecho, resérvese.-
DECRETO Nº 178/2021