Boletines/Coronel Rosales
Decreto Nº 34/2021
Coronel Rosales, 21/01/2021
Visto
Las actuaciones promovidas en el Expte. S-15/21, el Decreto Provincial Nº 644/20, la Resolución Conjunta dictada con fecha 13 de Diciembre del 2.020 por el Ministerio de Producción, Ciencia e Innovación Tecnológica y el Ministerio de Hacienda y Finanzas de la Provincia de Buenos Aires, la Resolución Nº 745/20 del Ministerio de Producción, Ciencia e Innovación Tecnológica, y
Considerando
Que mediante Decreto Nº 644/20 se creó el “Fondo Especial Municipal para la reactivación Cultural y Turística” a efectos de que la Provincia de Buenos Aires asista económica y financieramente a los Municipios en apoyo a las actividades culturales y turísticas afectadas por el COVID-19.-
Que dicho Fondo Especial fue creado en el marco de la emergencia declarada por la Ley Nacional Nº 27.451 y la Ley Provincial Nº 15.165.-
Que mediante Resolución Conjunta dictada con fecha 13 de Diciembre de 2.020 por el Ministerio de Producción, Ciencia e Innovación Tecnológica y del Ministerio de Hacienda y Finanzas de la Provincia de Buenos Aires se aprobó la reglamentación de la Segunda Edición del “Fondo Especial Municipal para la reactivación Cultural y Turística”, creado por el Decreto Provincial Nº 644/20 y cursada, que fuera la solicitud establecida por el Art. 2º de dicha Resolución para la adhesión del Municipio de Coronel Rosales a dicho fondo, el Ministerio de Producción Provincial mediante Resolución Nº 745/20 dispuso la asignación al Municipio de Coronel Rosales de PESOS DIEZ MILLONES DOSCIENTOS SETENTA MIL SETECIENTOS QUINCE ($ 10.270.715,00.-) en razón de contar con 147 establecimientos validados inscriptos en el “Catalogo de Establecimientos Turísticos y Culturales de la Provincia de Buenos Aires.-
Que los fondos recibidos en el marco del presente programa de reactivación ahora corresponde determinar su distribución con adecuación a los destinos porcentuales, etc. autorizados al efecto.-
Que en el marco de las diversas reuniones celebradas con intervención de la Secretaria de Gobierno, la Dirección de Turismo, la Dirección de Cultura Municipal se acordaron la forma y extensión de la distribución de fondos así como los criterios utilizados a tal fin todo de lo que da cuenta el Acta Reunión de fecha 14 de Enero de 2.021.-
Por ello, EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE CORONEL DE MARINA LEONARDO ROSALES en uso de sus facultades;DECRETA
ARTICULO 1º: Disponer que el monto recibido por el Municipio de Coronel de Marina Leonardo Rosales en el marco del “Segundo Fondo Especial Municipal para la Reactivación Cultural y Turística” creado por el Decreto Provincial N° 644/20 y que ascendiera a PESOS DIEZ MILLONES DOSCIENTOS SETENTA MILLONES SETECIENTOS QUINCE ($10.270.715,00) se distribuirá a razón de: a) La suma de PESOS SEIS MILLONES CIENTO VEINTISIETE MIL QUINIENTOS ($6.127.500,00) para ser destinado a espacios turísticos y culturales particulares inscriptos y b) La suma de PESOS CUATRO MILLONES CIENTO CUARENTA Y TRES MIL, DOSCIENTOS QUINCE ($4.143.215,00) para ser destinado a espacios turísticos y culturales públicos.-
ARTÍCULO 2º: Disponer con relación al monto a distribuir para ser destinado a espacios turísticos y culturales particulares inscriptos: a) La suma de PESOS DOS MILLONES VEINTISIETE MIL QUINIENTOS ($2.027.500,00) destinados al sector turístico y comercial y b) La suma de PESOS CUATRO MILLONES CIEN MIL ($ 4.100.000,00.-) que afectará al sector cultural y clubes de barrio.-
ARTÍCULO 3º: La suma de PESOS DOS MILLONES VEINTISIETE MIL QUINIENTOS ($2.027.500,00) a distribuir entre 44 actividades y emprendimientos del sector turístico que se hará conforme a los siguientes criterios:
(12) Alojamientos habilitados: Total a asignar PESOS CUATROCIENTOS CUARENTA MIL ($440.000,00) Distribuido a razón de $80.000 a cada uno de los siguientes beneficiarios inscriptos por primera vez en esta segunda convocatoria: Hotel La Posada, Pinares y Buena Caza Estación de Descanso. Mientras que se asignará $40.000 al Camping STM Coronel Rosales y $20.000 a los alojamientos habilitados inscriptos beneficiados en la primera convocatoria: Residencial La Toscana, Oasis Apart Hotel, Departamentos Ruca Antu, Terrazas Apart Hotel, Hotel Valencia, Hotel Center, Lo de Tere en Pehuen y Cabañas Alameda.
(1) Alojamiento no habilitado: Total a asignar PESOS DIEZ MIL ($10.000) al único beneficiario inscripto por primera vez en esta segunda convocatoria: Claudio Dissone Casa de Alquiler.
(14) Gastronomía Categoría A: Total a asignar PESOS OCHOCIENTOS QUINCE MIL ($815.000,00) Distribuido a razón de $65.000 a cada uno de los siguientes beneficiarios inscriptos por primera vez en esta segunda convocatoria: Pappo Resto Bar, Street Market, Up Beer&Food, Darwin Resto & Marisquería, Monte Verde Marisquería, Pasta del Quartiere, Zona Verde, Dino Restaurant, Parador Arias Hnos. $70.000 a la Cantina La Marqueza de Arroyo Pareja y Cantina Villa del Mar.Mientras que se asignará $30.000 a los inscriptos beneficiados en la primera convocatoria: Dulce Any, Parador Occasus y Parador Punto Oeste.
(1) Gastronomía Categoría B: Total a asignar PESOS SIETE MIL QUINIENTOS ($7.500) al único inscripto beneficiado en la primera convocatoria: Tu Casa de Hierbas.
(6) Excursiones y Recreación: Total a asignar PESOS CUATROCIENTOS MIL ($400.000,00). Distribuido a razón de ($40.000) a cada uno de los siguientes beneficiarios inscriptos por primera vez en esta segunda convocatoria: Embarcaciones Islas Noel y Eckardt S.A, y $80.000 a los Clubes: Club Náutico Punta Alta, Aeroclub Punta Alta, Club Náutico Puerto Rosales y Club de Pesca los 40.
(2) Ferias: Total a asignar PESOS CINCUENTA MIL ($50.000,00) Distribuido en $30.000 a La Feria del Pueblo, inscripta en la segunda convocatoria. Y $20.000 a la Feria de Artesanos Pehuen Co, inscripta en la primera convocatoria.
(4) Turismo Rural: Total a asignar PESOS CIENTO CUARENTA Y CINCO MIL ($145.000,00). Distribuido en $55.000 al único beneficiario inscripto por primera vez en esta segunda convocatoria: Estancia Namuncurá. Mientras que se asignará $30.000 a los inscriptos beneficiados en la primera convocatoria: Cabaña Don Tomás, Huerta Lilen y Finca Clementina.
(4) ONG´S y Cooperadoras: Total a asignar PESOS CIENTO SESENTA MIL ($160.000,00). Distribuido a razón de $30.000 a los inscriptos beneficiados en la primera convocatoria: Fundación FRAAM, HAPIC y Coopehuen Cel. Mientras que se asignará $70.000 al único beneficiario inscripto por primera vez en esta segunda convocatoria: Cooperadora escuela secundaria agraria N°1 de Bajo Hondo.-
ARTÍCULO 4º: La suma de PESOS CUATRO MILLONES CIEN MIL ($ 4.100.000,00.-) a distribuir entre 87 actividades y emprendimientos del sector cultural y 16 clubes de barrio que se realizará conforme a los siguientes criterios:
(16) Clubes de Barrio: Total a asignar PESOS NOVECIENTOS CUARENTA MIL ($ 940.000,00) divididos en dos categorías, de acuerdo a su tamaño e infraestructura.
(6) Clubes de Barrio A: Se asignará $80.000,00 a cada uno de los siguientes beneficiarios inscriptos por primera vez en esta segunda convocatoria: Club Atlético Sporting, Club Rosario Puerto Belgrano, Club Comandante Espora, Club Altense, Club Atlético Carlos Pellegrini, Club Ateneo Y Club Atlético Los Andes.
(10) Clubes de Barrio B: Se asignará $40.000,00 a cada uno de los siguientes beneficiarios: Club Deportivo y Social Punta Alta, Club Social Deportivo Argentino, Club Atlético Luz y Fuerza, River Play Fútbol Club, Club Social y Deportivo Atepam, Club Cazadores Diana, Club Juventud Unida, Juniors Club, Club social y deportivo Villa Arias y $20.000 al Club Central Pehuen Co beneficiado en la primera convocatoria.
(7) Emprendedores culturales vinculados a las artes dinámicas. Se asigna la suma total de PESOS CUANTROCIENTOS NOVENTA MIL ($490.000,00). Distribuidos en $70.000,00 a cada inscripto: Por amor al arte, La compañía, Asociación Punta Alta, Ballet folclórico Coronel Rosales, Varieté, El tablado y Folclore sin frontera.
(1) Proyectos culturales de impacto en espacios verdes. Otorgándose a su único beneficiario: La aldea de los artesanos, la suma de PESOS CIENTO VEINTE MIL ($120.000,00)
(3) Emprendimientos textiles. Asignándose una suma total de PESOS CIENTO VEINTE MIL ($120.000,00), distribuidos en $40.000,00 a cada uno de los beneficiarios: Creaciones MABY, Chiruzas y Moraleja.
(9) Centro de residentes y sociedades de fomento. Distribuyendo un monto total de PESOS QUINIETOS CUARENTA MIL ($540.000,00). Dividiéndose en partes iguales de $60.000,00 a cada uno de ellos: Centro de residentes Jujeños, Salteños, Sanjuaninos y Catamarqueños. Sociedad de fomento Los rosales, Villa Arias, “ATEPAM y Luiggi”, Asociación de Fomento Villa del Mar y Asociación Coronel Rosales.
(10) Productores musicales, televisivos y audiovisuales. Estipulando una suma total de PESOS QUINIENTOS MIL ($500.000,00). Dividido en partes iguales de $50.000,00 para cada uno de los inscriptos: Julio Romero, El acorde, Decibles, Estudio 206, Brio producciones, Ramiro Producciones, Trazos Productora, Infocus producciones, Diseños Rapetti y Productora audiovisual.
(3) Programas de televisión y programas musicales. Conviniendo la suma total de PESOS SESENTA MIL ($60.000,00). Repartido en partes iguales de $20.000,00 a cada uno: Hola Pehuen!, Reflexiones Culturales y Vera Mendez.
(3) Bibliotecas y salas de exposiciones. Se determina la suma total de PESOS SETENTA Y CINCO MIL ($75.000,00). Divididos en $25.000 para cada inscripto: Biblioteca Betún, Biblioteca Ingeniero Luiggi, Sala de exposiciones de Soc. de fomento de Pehuen Co.
(3) Espacios de formación independientes particulares. Asignando la suma total de PESOS SETENTA Y CINCO MIL ($75.000,00). Distribuido en $25.000 a cada uno de los beneficiarios: Academia X, Piruetas y Qerub Rock.
(10) Espacios de formación independientes públicas. Distribuyendo un monto total de PESOS DOSCIENTOS SETENTA MIL ($270.000,00). Otorgando $30.000,00 a los siguientes inscriptos: La Candelaria, Cielo argentino, Estrella sureña, Lemu Cuyen, Fuerza norteña, Luz sagrada, Sangre andina y Coro de lengua de señas. Mientras que, a Grupo coreográfico y Tacita de plata se le asignarán $15.000,00 a cada uno. Debido a que las instituciones aún están en están en etapa de proyección y concreción de sus proyectos.
(35) Beneficiarios de la primera etapa del fondo de reactivación turístico cultural. Se determina el monto total de PESOS SETECIENTOS MIL (700.000,00). Distribuido en partes iguales, donde percibirán $20.000 cada uno de los siguientes beneficiados: Museo Crucero Belgrano, Museo Naval, Museo Veterano de Guerra de Malvinas, Sección Documental Histórica BNPB, Biblioteca Mercedes de San Martin, Biblioteca Fermin Ancalado, Cinema Colon, La Resistencia audiovisual, Theathron multiespacio, Giroscopio teatro independiente, Punto Mega, Una pálida idea, Creamos, peña Sachachoj, peña La rosaleña del sur, peña 2 de Abril, peña el Nuevo amanecer, Wilca Tusuy, peña Los amigos, peña Piedra y camino, La murga de la abuela, Comparsa Dai’mara, coral Punta alta, Cantarte, Batucada Kadiz, Dante Alighieri, Orquesta estudiantil, Magee danza estudio, escuela Marisa Orsi, Consuelo Muñoz, árabe Samira, escuela de música y arte La Tona, espacio cultural Tu casa, Toque urbano y danzas árabes.
(3) Instituciones culturales con más de una sala para actividades estáticas o dinámicas. Las mismas también fueron beneficiadas en la primera etapa del fondo. Debido a su envergadura, se les asigna a la Sociedad Italiana, Sociedad Española y Biblioteca Alberdi el monto de $70.000,00 a cada una alcanzando un total de PESOS DOSCIENTOS DIEZ MIL ($210.000,00)
ARTICULO 5º: La suma de PESOS CUATRO MILLONES CIENTO CUARENTA Y TRES MIL DOSCIENTOS QUINCE ($4.143.215,00) a destinarse a espacios turísticos y culturales públicos afectándose al reacondicionamiento de los edificios inscriptos, cartelería informativa en espacios públicos relativa a protocolos sanitarios para concientización sobre prevención de COVID-19 en distintos lugares de la ciudad y compra de equipamiento necesario para uso del personal ante las nuevas funciones a cumplir, será distribuida entre los siguientes espacios públicos municipales inscriptos: Casa Municipal del Folklore, Sala de Interpretación Paleontológica F. Ameghino, Museo Histórico P. Giachino, Museo de Ciencias Darwin, Auditórium Solier, Biblioteca del Anden, Playón deportivo y cultural Pehuén Co, Playón deportivo y cultural del Barrio Laura, Archivo Histórico Municipal, Casa del Carnaval, Casa Municipal del Tango, Escuela de Cerámica y vía pública.-
ARTICULO 6º: Todas las rendiciones de gastos que, en cumplimiento de la normativa aplicable, realicen los beneficiarios abarcados por la distribución de fondos deberán ser presentadas con anterioridad al 26 de Febrero de 2.021 reflejar con exclusividad gastos realizados en comercios habilitados en el Partido de Coronel Rosales y con destino al acondicionamiento de los locales y/o espacios a los requisitos establecidos en los protocolos sanitarios aprobados correspondientes a las actividades Turísticas y Culturales y gastos asociados a la reapertura de las mismas (compra de insumos, materiales, equipamientos y mantenimientos de locales).-
ARTICULO 7º: El presente Decreto será refrendado por la Señorita Secretaria de Gobierno.-
ARTICULO 8º: Regístrese. Tomen conocimiento la Secretaria de Economía, la Dirección de Turismo y la Dirección de Cultura, déjese constancia de ello en el expediente y por su intermedio notifíquese a las jerarquías inferiores que corresponda. Notifíquese a los interesados en la forma de estilo. Gírese al Dpto. de Contaduría y a tesorería para su cumplimiento. Hecho, resérvese.-
DECRETO Nº 34/2021