Boletines/Bahia Blanca
Ordenanza Nº 20283
Bahia Blanca, 30/04/2021
VISTO:
El proyecto de ordenanza obante a fojas 36, mediante el cual el señor Nicolás Fernández Roger solicita la renovación de la factibilidad otorgada por ordenanza 18.618 para el uso “Depósito y distribución de estanterías metálicas” en el inmueble sito en calle Indio nº 793, designado catastralmente como: Circunscripción II -Sección A -Manzana 98e -Parcela 1b -Partida 3.254. el cual pertenece a la zona Residencial de Transición (R2) del Código de Planeamiento Urbano.
Y CONSIDERANDO:
Que de acuerdo al informe del Departamento Planeamiento Urbano, a fojas 16 del presente expediente, al inmueble en cuestión le corresponde según el Código de Planeamiento Urbano (CPU), la Zona Residencial de Transición (R2), la cual se califica como zona que “Constituye la transición entre el tejido urbano y el suburbano”.
Que la actividad desarrollada, “Depósito y distribución de estanterías metálicas” se encuadra en el uso “Depósito de artículos de hierro y acero”, clasificado como grado de molestia III, según el Cuadro de Usos nº 4 “Clasificación de los depósitos según molestias”, permitido en zona R2 con las siguientes restricciones:
Superficie cubierta: hasta 300 m2
Máximo desarrollo sobre LM: 10 metros.
Que el Departamento Planeamiento Urbano ha indicado que si bien el uso se encuentra permitido en zona R2, las instalaciones existentes superan las restricciones para su instalación en el inmueble en cuestión y ha agregado que surge de los informes realizados que se ha dado cumplimiento a los condicionantes establecidos en el artículo 2º de la ordenanza 18.618.
Que por lo expuesto, dicho Departamento ha manifestado que no encuentra objeciones en dar curso a la renovación de la excepción otorgada por ordenanza 18.618, en los términos planteados por el recurrente (sin plazos).
Que a fojas 13, el Departamento Saneamiento Ambiental informó que no se han registrado en el sistema de denuncias “911 Emergencias” ningún tipo de reclamos por molestias.
Que a fojas 19 vlta. la Comisión Asesora Permanente de Planeamiento ha expresado viable dar curso a la renovación de la excepción otorgada en ordenanza 18618 para el desarrollo del uso “Depósito y distribución de estanterías metálicas”, condicionada a:
No ampliar la superficie destinada para la actividad más allá de lo declarado en la presente solicitud.
Cesar toda actividad ante cualquier denuncia fundada, so pena de clausura automática.
Por todo lo expuesto, el Honorable Concejo Deliberante en uso de sus facultades, sanciona con fuerza de
ORDENANZA
Artículo 1º – Autorízase con carácter de excepción, el desarrollo del uso “Depósito y distribución de estanterías metálicas” en el inmueble sito en calle Indio nº 793, designado catastralmente como: Circunscripción II -Sección A -Manzana 98e -Parcela 1b -Partida 3.254.
Artículo 2º – La factibilidad autorizada en el artículo 1º se extiende condicionada a:
No ampliar la superficie destinada para la actividad más allá de lo declarado en la presente solicitud.
Cesar toda actividad ante cualquier denuncia fundada, so pena de clausura automática.
Artículo 3º – Comuníquese al Departamento Ejecutivo para su cumplimiento.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA, A LOS VEINTIDOS DIAS DEL MES DE ABRIL DE DOS MIL VEINTIUNO.